Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
12-08-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100812-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Orden 1358/2010, de 28 de junio, por la que se deniegan subvenciones solicitadas al amparo de la convocatoria de ayudas a galerías de arte de la Comunidad de Madrid para la participación en ferias de arte en el exterior del ejercicio 2010.

Mediante Orden 568/2009, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 2009), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas a galerías de arte de la Comunidad de Madrid para la participación en ferias de arte en el exterior.

Por otra parte, por Orden 234/2010, de 18 de febrero, del mismo órgano (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de marzo), se modificaron parcialmente dichas bases reguladoras y se procedió a efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2010.

Las presentes ayudas se conceden mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, por lo que resultan beneficiarios de subvención todos los solicitantes que reúnen los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria. Por ello, previo informe de los Servicios Técnicos de la Subdirección General de Museos, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Por lo anteriormente expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Denegar la solicitud presentada por “Galería Fúcares, Sociedad Limitada”, por solicitar subvención para la asistencia a las ferias que más adelante se indican, que no son subvencionables de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Orden de convocatoria:

— FIAC (París): 21 al 24 de octubre de 2010.

— Art Basel Miami (Miami): 2 al 5 de diciembre de 2010.

Segundo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma los interesados en el procedimiento podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de junio de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PDF (Orden 494/2010, de 25 de marzo), la Viceconsejera de Cultura, Concepción Guerra Martínez.

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(03/31.652/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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