Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
12-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100812-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 194 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 194 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Macho Cardenal, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 269 de 2010

En Madrid, a 9 de junio de 2010.

Fallo

Proceder estimar, en parte, la demanda interpeusta por don José Antonio Macho Cardenal, contra las empresas “Sercal, Sociedad Anónima”, y “Sercal Global Proyects, Sociedad Anónima”, personas físicas don Jon Loidi Erquicia, don José Luis Díaz Río Martínez, don Tomás Domínguez Rodrigo, don Fathi Abudlaid Abdulhafi Hangari don Víctor Domínguez Alegría y el Fondo de Garantía Salarial en reclamación acumulada por extinción de contrato y despido; declarar extinguida la relación laboral que mediaba entre las partes en la fecha de esta resolución, y condenar a la empresa demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, a que abone al actor la cantidad de 124.147,78 euros en concepto de indemnización, más el abono de los salarios de tramitación devengados desde el despido 16 de febrero de 2010, hasta la fecha de esta sentencia teniendo en cuenta un salario al día de 104,76 euros. Con absolución de la empresa demandada “Sercal Global Proyects, Sociedad Anónima”, personas físicas codemandadas y el Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de las responsabilidades legales subsidiarias de este último.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Fathi Abudlaid Abdulhafid Hangari, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.269/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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