Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
11-08-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100811-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

157
Juicio verbal 310 de 2008

En el procedimiento de juicio verbal número 310 de 2008 se ha dictado auto de fecha 8 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se completa la sentencia, en los términos siguientes:

Se declara resuelto el contrato de suministro de gas existente entre la entidad actora y la demandada doña Prosperidad Mampa Mateja, suscrito mediante póliza número 2.646.090, condenando a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración y a facilitar la entrada en el domicilio sito en Parla, calle Leganés, número 25, cuarto C, donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, apercibiéndole que en caso contrario, y si se opusiera, se librará mandamiento de entrada para que, en el día y hora que al efecto se señale se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de la parte actora, a fin de que por personal técnico de la compañía se proceda a la privación de suministro, desmontando el contador.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución original que ya fue indicado al notificarse aquella. Pero el plazo para interponerlo comenzará a computarse desde el día siguiente al de la notificación del presente auto (artículo 215.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Prosperidad Mampa Mateja, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Parla, a 17 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/7.896/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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