Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
10-08-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100810-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

OTROS ANUNCIOS

97
Ejecución subsidiaria

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de “Promoción de Viviendas Posadas, Sociedad Limitada”, sin que se hubiesen podido practicar, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en el punto sexto del orden del día de la sesión de 22 de junio de 2010, entre otros aspectos, acordó proceder a la ejecución subsidiaria a costa de la obligada “Promoción de Viviendas Posadas, Sociedad Limitada”, para la ejecución de las obras de cerramiento de solar definido por la calle San Marcos números 20, 20-B, 20-C, 20-E, 20-F, 20-G, 20-H, 26, 28, 30 y 32, con vuelta a la calle La Fuente, números 2, 4, 6, 6-D y 8, con una cerca de material resistente, incombustible, de 2 metros de altura como mínimo, revocada, pintada o tratada, de forma que su acabado sea decoroso, y con las advertencias establecidas en la ordenación especial regulada de la limpieza y vallado de solares y suelo apto para urbanizar.

El presente acuerdo agota la vía administrativa por no es firme, por lo que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.

Transcurrido un es desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

En San Martín de la Vega, a 14 de julio de 2010.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.

(02/7.569/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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