Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100809-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Ejecución 222 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 222 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Navarrete Caler, don Jaime Rodríguez Muñoz y don Félix Sánchez Cezar, contra la empresa “Derodima Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado el auto y la propuesta de providencia siguientes:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Segismundo Crespo Varela.—En Madrid, a 30 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Miguel Ángel Navarrete Caler, don Jaime Rodríguez Muñoz y don Félix Sánchez Cezar, frente a “Derodima Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 30 de junio de 2010.

Únase el anterior escrito a los autos de su razón, y como se pide, cítese a las partes a comparecencia, para lo cual se señala el día 6 de septiembre de 2010, a las nueve y veinticinco horas, en que las partes podrán hacer las alegaciones pertinentes sobre la no readmisión o la readmisión irregular, y concurrir con aquellas pruebas que, ceñidas a los hechos indicados, sean practicables en el acto (artículos 276 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase a las partes que la presente resolución no es firme y que contra la misma podrán interponer en el plazo de cinco días hábiles recurso de reposición ante este Juzgado de lo social.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Derodima Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en eL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.544/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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