Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100802-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

81
Divorcio contencioso 368 de 2009-L

Don José María Prieto y Fernández Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y bajo el número 368 de 2009-L, se tramitan autos de divorcio contencioso en los que ha recaído la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente copiados dicen:

Sentencia

En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.—El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 368 de 2009 seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Paula Gómez Gascón, con procuradora doña Raquel Gómez Sánchez, y de otra, como demandado, don Israel Moral Fernández, declarado en rebeldía; y...

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Raquel Gómez Sánchez, en nombre y representación de doña Paula Gómez Gascón, contra don Israel Moral Fernández, en los autos número 368 de 2009, debo declarar y declaro la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio contraído por los citados cónyuges don Israel Moral Fernández y doña Paula Gómez Gascón, produciéndose sus efectos a partir de la firmeza de esta sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe, sino a partir de su inscripción en el Registro Civil.

No se hace expresa imposición de costas en esta instancia.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado don Israel Moral Fernández, que se encuentra en ignorado paradero, se expide la presente en Madrid, a 24 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/4.528/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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