Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2010

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100802-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

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Baja en el padrón de habitantes

Asunto: Declaración de baja en el padrón de habitantes de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, por no haber renovado su inscripción padronal.

Por decreto de la Alcaldía número 740 de 2010, de 29 de junio, se ha dictado la resolución que, en su parte dispositiva, dice:

Primero.—Declarar la caducidad y acordar la baja de las inscripciones patronales que a continuación se relacionan al haber transcurrido dos años desde la fecha de alta (o desde la fecha de su última renovación expresa) y no haberse renovado:

Nombre y apellidos. — NIA. — Observaciones

Amine Dahak. — 9501. — Exp. BO 88/10.

Yuliana Franco Díaz. — 9473. — Exp. BO 89/10.

Luis Fremio Rosario Rosario. — 9479. — Exp. BO 90/10.

Segundo.—Notificar individualizadamente el presente decreto a las personas interesadas y ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para aquellas de quienes se ignora el lugar de su actual domicilio, sirviendo esta de notificación reglamentaria conforme a los términos establecidos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y siendo la fecha de baja en el padrón municipal de habitantes la correspondiente a la notificación de la presente resolución o, y si esta no pudiera practicarse, la fecha de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno del presente decreto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Fuente el Saz de Jarama, a 2 de julio de 2010.—La alcaldesa, Mónica García Carabias (firmado).

(02/7.230/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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