Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
30-07-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100730-75

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

75
Edificación de las nuevas instalaciones de la universidad popular

El Pleno Municipal, en su sesión celebrada el 29 de junio de 2010, ha adoptado el siguiente acuerdo:

El Pleno Municipal, en su sesión celebrada el 24 de febrero de 2009, acordó encomendar a la sociedad municipal EMVIALSA la gestión de la edificación de las nuevas instalaciones de la universidad popular de Alcobendas en las parcelas UP-51 y UP-35 del Sector “Fuente Lucha”, destinadas a uso dotacional. En aplicación de lo previsto en el apartado 3 del artículo 15 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo plenario recogía las condiciones a la que se somete el desarrollo de las actividades encomendadas y, entre las mismas, se señalaba textualmente que “el edificio se construirá sobre la parcela UP-35 y sobre una superficie máxima de 1.500 metros cuadrados de la parcela UP-51, situada al Norte de la misma y colindante con la citada UP-35. La ubicación del edificio se realizará respetando, en todo caso, los retranqueos aplicables en la zona.

La citada parcela UP-51 cuenta con un total de 4.500 metros cuadrados de suelo, de los cuales se destinan a la construcción del edificio de la universidad popular los 1.500 metros cuadrados situados al Norte y a la construcción de la Junta de Distrito Norte en el marco del Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) para el período 2008-2011, los 1.150 metros cuadrados situados al Sur. Como señala el informe técnico que obra en el expediente, entre ambas edificaciones queda una superficie vacante de 1.850 metros cuadrados.

El proyecto de ejecución del edificio de la universidad popular presentado ante el Ayuntamiento para su aprobación se caracteriza por ser abierto hacia todas las direcciones y prever una parte inferior del edificio porticada para crear un espacio público a modo de plaza de confluencia, por lo que se considera conveniente aumentar la superficie máxima a ocupar en la parcela UP-51, pasando de los 1.500 metros actuales a 1.600 metros cuadrados, con el fin de mejorar este espacio libre de encuentro, sin que este incremento de la superficie a ocupar implique modificación alguna del presupuesto máximo de ejecución y de los gastos de gestión previstos en el acuerdo plenario de 24 de febrero de 2009.

En consecuencia, vistos los informes evacuados por los Servicios del Área de Urbanismo, en el marco de lo acordado por este órgano plenario en sus sesiones de 29 de marzo de 2005 y de 24 de febrero de 2009, el Pleno Municipal acuerda:

1. Modificar el acuerdo plenario de 24 de febrero de 2009 en el que se encomienda la gestión de la edificación de las nuevas instalaciones de la universidad popular de Alcobendas en las parcelas UP-51 y UP-35 del Sector “Fuente Lucha” a la sociedad municipal EMVIALSA, incrementando la superficie máxima a ocupar en la parcela UP-51, que pasa de los 1.500 metros cuadrados actuales a 1.600 metros cuadrados, con el objeto de mejorar el espacio público de encuentro creado por el edificio porticado que se ha proyectado y sin que este incremento implique modificación alguna de presupuesto máximo de ejecución y de los gastos de gestión previstos en el citado acuerdo o afecte a su contenido en cualquier otro extremo.

De esta forma, la letra b) del apartado 2 del citado acuerdo plenario queda redactada en los siguientes términos:

“b) El edificio se construirá sobre la parcela UP-35 y sobre una superficie máxima de 1.600 metros cuadrados de la parcela UP-51, situada al Norte de la misma y colindante con la citada UP-35. La ubicación del edificio se realizará respetando, en todo caso, los retranqueos aplicables en la zona.”

2. Publicar el presente acuerdo plenario en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a la sociedad municipal Emvialsa.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 9 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/7.577/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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