Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
30-07-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100730-18

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

18
Resolución 52/2010, de 8 de julio, de la Directora General de Deportes, por la que se convoca el curso de Gestión de Bases de Datos Deportivos con “Access”.

El artículo 19 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, establece que la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid determinará reglamentariamente la formación no reglada en materia deportiva.

Asimismo, el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 26.n) la competencia para “ordenar, promover y fomentar la formación para el sector de la actividad física y el deporte, en especial la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas y, en su caso, los municipios”.

Sobre esta base, la Dirección General de Deportes, consciente de la importancia que tiene el conocimiento informático en la optimización de la gestión, trabaja para ofrecer a los ciudadanos los conocimientos necesarios para un uso eficaz del mismo.

Aprovechando las utilidades avanzadas que la informática proporciona, se consigue mejorar la calidad de las actividades y servicios de las organizaciones del ámbito deportivo, tanto en su labor administrativa y de gestión, como en el aprovechamiento de los recursos deportivos que se dispongan.

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General,

RESUELVO

Primero

Objeto

El objeto del curso Gestión de Bases de Datos Deportivos con “Access” es la formación de los profesionales del ámbito deportivo y de la actividad física, con el fin de proporcionar los conocimientos y posibilidades que ofrece “Access” para la aplicación directa en el ámbito deportivo, y permitir crear aplicaciones que gestionen bases de datos de utilidad tanto en el entorno de la gestión de centros deportivos, como en el del entrenamiento y gestión de competiciones.

Segundo

Destinatarios

El curso se dirige a personas relacionadas directa o indirectamente con las entidades físico-deportivas, tanto del sector público como privado, que desarrollen labores de planificación, gestión, y análisis de resultados económicos y deportivos.

Los interesados en el curso deberán tener conocimientos básicos del sistema operativo “Windows” y de la aplicación “Office”.

Tercero

Asignación de plazas

Para la asignación de las plazas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

— Prestación de los servicios profesionales especificados en el artículo segundo de esta Resolución en entidades o instalaciones deportivas de titularidad pública, preferentemente de la Comunidad de Madrid.

— Prestación de los servicios profesionales especificados en el artículo segundo de esta Resolución en entidades o instalaciones deportivas de titularidad privada.

— Orden de presentación de la solicitud.

La presente convocatoria dispone de veinte plazas.

Cuarto

Solicitudes, documentación y plazos

Los interesados en el curso deberán presentar la siguiente documentación: Solicitud, que se encuentra a su disposición en la sede de la Viceconsejería de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, sexta planta), los documentos acreditativos de la prestación de las funciones en la entidad o instalación deportiva de que se trate, conforme a los requisitos previstos en el artículo tercero de esta Resolución, y currículum vítae explicativo de las funciones desempeñadas en la vida laboral del interesado.

Las solicitudes, así como la documentación adjunta, también podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y que podrán obtenerse a través de www.madrid.org, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y normativa autonómica aplicable.

La documentación se podrá presentar desde el día de la publicación de la presente Resolución en el Registro de la Viceconsejería de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, cuarta planta), así como en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado y demás Comunidades Autónomas, en los Registros de los Ayuntamientos que han firmado el correspondiente convenio (esta información puede obtenerse a través del número de teléfono 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 16 del Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid.

Si tras el examen de la solicitud presentada esta resultase incompleta o defectuosa, la Dirección General de Deportes requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados y, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes y la documentación adjunta se podrá presentar desde el día de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo de admisión de solicitudes se cerrará diez días antes del inicio de la acción formativa.

Quinto

Asistencia y certificados

Los participantes en el curso deberán acreditar una asistencia mínima del 80 por 100 de las clases presenciales para poder acceder al certificado acreditativo de aprovechamiento del curso correspondiente expedido por la Directora General de Deportes.

El certificado se podrá recoger personalmente o por persona expresamente autorizada, a los veinte días de finalizar la actuación formativa y durante el plazo de un mes, en el Área de Formación de la Dirección General de Deportes (plaza de la Independencia número 6, sexta planta).

Sexto

Programa del curso

El curso Gestión de Bases de Datos Deportivos con “Access” constará de ocho bloques temáticos, con una duración total de veinte horas:

— Bloque 1: Revisión de Access.

— Bloque 2: Relación entre tablas.

— Bloque 3: Consultas avanzadas.

— Bloque 4: Formularios avanzados.

— Bloque 5: Informes personalizados.

— Bloque 6: Macros.

— Bloque 7: Paneles de control.

— Bloque 8: Otros procesos de interés.

Séptimo

Gratuidad del curso

El curso objeto de la presente Resolución tendrá carácter gratuito.

Octavo

Duración, horario y lugar de realización

El curso Gestión de Bases de Datos Deportivos con “Access” se iniciará el 7 de septiembre y concluirá el 21 del mismo mes, en un horario de dieciséis y treinta a veinte y treinta (martes y jueves).

El lugar designado para su realización será JIDMA Formación (calle Laurel, número 18, Madrid).

Noveno

Resolución del procedimiento

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Madrid, a 8 de julio de 2010.—La Directora General de Deportes, Carlota Castrejana Fernández.

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(03/30.460/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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