Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100729-46

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Resolución por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 1713/2010, de 17 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se inadmite, por extemporáneo, el recurso de reposición número RR 1218.4/09, interpuesto por don Héctor Abel Vázquez Montoro contra la Orden de 24 de septiembre de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 1713/2010, de 17 de mayo, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se inadmite, por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto por don Héctor Abel Vázquez Montoro contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el expediente relativo al recurso de reposición interpuesto por don Héctor Abel Vázquez Montoro contra la Orden de 24 de septiembre de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dictada en el expediente AV 05040.3/2009, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Don Héctor Abel Vázquez Montoro solicitó subvención por el alquiler de vivienda sita en la avenida Talgo, número 155, piso 1, letra A, de Madrid. Instruido el oportuno expediente, la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio dictó Orden de 24 de septiembre de 2009, PDF, el Director General de Vivienda y Rehabilitación (Orden 908/2009, de 14 de abril), denegando la subvención solicitada.

Dicha Orden fue notificada en fecha 13 de octubre de 2009, según consta en el sello de correos que forma parte del expediente.

Segundo

Contra la citada Orden, don Héctor Abel Vázquez Montoro ha interpuesto recurso de reposición, que tuvo entrada el día 18 de noviembre de 2009, en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, alegando, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.

Tercero

Consta en el expediente, informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación en el que se propone inadmitir por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de reposición interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En relación con las cuestiones meramente formales que se desprenden del recurso, es preciso analizar si el mismo ha sido interpuesto dentro del plazo legalmente previsto. A este respecto, hay que decir que el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que “El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes si el acto fuera expreso (...). Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia de recurso extraordinario de revisión”.

En este caso, la Orden impugnada fue notificada el 13 de octubre de 2009, mediante acuse de recibo que se encuentra unido al expediente, mientras que el recurso de reposición ha sido interpuesto el 18 de noviembre de 2009, por lo que se presenta fuera ya del plazo de un mes establecido para la interposición del mismo, de conformidad con las reglas que para el cómputo de plazos establece el artículo 48, apartados 2 y 3, de la mencionada Ley. En consecuencia, procede inadmitir el recurso de reposición, por extemporáneo, sin necesidad de entrar a conocer sobre el fondo del asunto.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por el que se propone inadmitir por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto,

DISPONGO

Declarar la inadmisibilidad, por extemporáneo, del recurso de reposición interpuesto por don Héctor Abel Vázquez Montoro, contra la Orden de 24 de septiembre de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dictada en el expediente AV 5040.3/2009.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de Madrid, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 7 de julio de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/29.236/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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