Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100728-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

113
Ejecución 191 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 191 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Ubaldo Peña Lizarbe, contra la empresa “Borliza & Di Roma, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto y decreto de ejecución de fecha 24 de junio de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 24 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo despachar ejecución de la sentencia firme 142 de 2010, frente a la parte ejecutada, “Borliza & Di Roma, Sociedad Limitada”, a abonar la suma de 1.920 euros de principal (1.800 euros de indemnización más 120 euros de intereses de mora) más 192 euros de intereses y 192 euros de costas.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, de conformidad con lo previsto en los artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sin perjuicio de su ejecutividad.—La magistrada-juez.

Decreto

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial.—En Madrid, a 24 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo librar los despachos pertinentes, a fin de que remita a este órgano relación de bienes y derecho de la parte ejecutada, “Borliza & Di Roma, Sociedad Limitada”; despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y, encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos, a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada de que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 2518/0000/30/0496/09 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso, seguida del código 31 social-revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso, seguida del código 31 social-revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependiente de ellos.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Borliza & Di Roma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.683/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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