Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100728-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Padrones gestión residuos urbanos

Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días, para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:

— Tasa de gestión de residuos urbanos, ejercicio 2010.

— Impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2010.

Durante el plazo indicado de exposición al público, y a tenor de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, número 1, planta baja, del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público (lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce y treinta y de dieciséis a diecinueve horas, y los sábados, de diez a trece horas).

Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal-delegado de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los presentes padrones.

Alcobendas, a 1 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/7.857/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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