Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100728-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

72
Procedimiento ordinario 838 de 2001

En el procedimiento ordinario número 838 de 2001, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre declaración de donación en fraude de acreedores y responsabilidad del donatario por deudas del donante, tramitados con el número 838 de 2001 y seguido a instancias de “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (“Caja Madrid”), contra don Antonio Saorín Díaz y don Atila Antonio Saorín Ferencz.

Fallo

Estimo en parte la demanda formulada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (“Caja Madrid”), contra don Antonio Saorín Díaz y don Atila Antonio Saorín Ferencz, determino haber lugar parcialmente a la misma y, en su virtud, declaro que la donación de la vivienda sita en la planta cuarta letra A de la casa número 3 de la calle del General Dávila, de Madrid (finca registral número 1.623 duplicado del Registro de la Propiedad número 26 de Madrid), llevada a cabo entre don Antonio Saorín Díaz, como donante, y don Atila Antonio Saorín Ferencz, como donatario, mediante escritura otorgada el 14 de febrero de 1994 ante el notario de Madrid, don Ángel Hijas Mirón, se hizo en fraude de acreedores y, por ello, el donatario don Atila Antonio Saorín Ferencz viene obligado a responder, hasta el límite del valor de la finca donada de la deuda contraída por el donante don Antonio Saorín Díaz con “Caja Madrid”, en virtud de la póliza de crédito número 1.572.879/58, y subsistente en esa fecha, condenando al demandado don Atila Antonio Saorín Ferencz a estar y pasar por esta declaración y a pagar a la actora la cantidad de 54.198,60 euros (9.017.888 pesetas), con más sus intereses legales desde la interpelación judicial y los de demora procesal.

Ello sin hacer expresa imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Antonio Saorín Díaz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 2 de julio de 2010.—El secretario (firmado).

(02/7.335/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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