Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-468

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 1

EDICTO

468
Despido 793 de 2010

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general 793 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Manuel Paucar Ordóñez, contra la empresa “Implanta Alternativa de Protección, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Persona a la que se cita: “Implanta Alternativa de Protección, Sociedad Limitada”, como parte demandada.

Asistir en esa condición al acto de conciliación, y en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y el Juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquélla pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la sede de esta Oficina Judicial, avenida Ronda Sur, esquina Senda Estrecha, sin número.

Día y hora en la que debe comparecer: 16 de septiembre de 2010, a las nueve y veinte horas, para el acto de juicio y la conciliación a las nueve y veinte horas.

Prevenciones legales

Primera.—La incomparecencia de la demandada, debidamente citada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía, (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Segunda.—Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio procurador o graduado social para su representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

Tercera.—Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse, (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba que requiriera la práctica de alguna diligencia por esta Oficina Judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto de juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Cuarta.—Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas: su interrogatorio como demandado.

A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Quinta.—Debe comunicar a esta Oficina Judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4, párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sexta.—También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca, (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Implanta Alternativa de Protección, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.635/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-468