Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-27

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

27
Orden 1745/2010, de 27 de mayo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Gases de efecto invernadero” y se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “COVS”.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, incluidos en el ámbito de aplicación de la misma, se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda.

El artículo 5 del citado texto legal prevé que la iniciativa en la tramitación del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal corresponderá al órgano titular de la función específica en que se concrete la competencia sobre la materia a cuyo ejercicio sirva instrumentalmente el fichero.

El procedimiento anterior ha sido objeto de desarrollo mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 9, 10 y 11 del referido Decreto 99/2002, de 13 de junio, se elaboró el Proyecto de Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Gases de Efecto Invernadero” y se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “COVS” que, junto con la memoria explicativa y económica del mismo, así como el informe de impacto de género, se sometió al trámite de alegaciones y ha sido objeto de los informes preceptivos, tanto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid como de los Servicios Jurídicos en la Consejería.

Con el fin de gestionar adecuadamente la información relativa a las instalaciones ubicadas en la Comunidad de Madrid afectadas por la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, es preciso crear el fichero de datos de carácter personal denominado “Gases de Efecto Invernadero”. Por otra parte, la necesidad de dotar de un nombre más descriptivo al fichero y de un mayor nivel de seguridad a los datos relativos a infracciones administrativas, así como los cambios producidos en la estructura orgánica de la Comunidad de Madrid, obligan a que se actualice en concordancia el fichero de datos de carácter personal “Covs”, que pasa a denominarse “Reg. Compuestos Orgánicos Volátiles”.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 26/2009, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, así como en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en el artículo 5 de la misma,

DISPONGO

Artículo 1

Creación del fichero de datos de carácter personal “Gases de Efecto Invernadero”

Se crea el fichero “Gases de Efecto Invernadero”, que contiene datos de carácter personal, dependiente de la Dirección General del Medio Ambiente, cuyas características se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2

Modificación del fichero de datos de carácter personal “Covs”

Se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Covs”, que pasa a denominarse “Reg. Compuestos Orgánicos Volátiles”, cuyas características se relacionan en el Anexo II de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Medidas de seguridad de los datos

En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean y se modifican se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en los Anexos de esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 4

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos

Las personas afectadas por estos ficheros podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante el órgano responsable del fichero.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de mayo de 2010.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: GASES DE EFECTO INVERNADERO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.

Nombre y descripción del fichero: GASES DE EFECTO INVERNADERO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel medio.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos relativos a infracciones: Infracciones administrativas.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: Datos de detalles de empleo, datos de información comercial.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES AFECTADAS POR LA LEY 1/2005, POR LA QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DEL COMERCIO DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES. PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS. REPRESENTANTES LEGALES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otros órganos de la Comunidad Autónoma, otros órganos de la Administración del Estado.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2070810001 COVS.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.

Nombre y descripción del fichero: REG. COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel medio.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos relativos a infracciones: Infracciones administrativas.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

— Otros tipos de datos: Datos de detalles de empleo, datos de información comercial.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: DAR CUMPLIMIENTO AL REAL DECRETO 117/2003 EN ASPECTOS DE NOTIFICACIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE ACTIVIDADES DEL ANEXO I DE ESTE REAL DECRETO, Y QUE NO ESTÉN EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY 16/2002, DE 1 DE JULIO, DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS. REPRESENTANTES LEGALES. SOLICITANTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otros órganos de la Comunidad Autónoma, interesados legítimos.

(03/28.135/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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