Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
22-07-2010

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100722-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE LA JARA

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Padrones y listas cobratorias de los tributos locales

Aprobados definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 1 de junio de 2010, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales: padrón del impuesto sobre bienes inmuebles, naturaleza urbana, padrón de bienes inmuebles de características especiales, padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y padrón de aprovechamientos de pastos, referidos todos ellos al ejercicio de 2010, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos al trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del trámite de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los citados tributos correspondientes al año 2010 en:

Localidad: Robledillo de la Jara (Madrid).

Recaudación municipal: plaza Televisión Española, número 1. Teléfono: 918 687 180.

Horario: de nueve a quince.

Plazo de ingreso: del 1 de julio al 31 de agosto.

Modalidad de cobro: recibo (los no domiciliados pagaderos en “Caja de Madrid”).

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos en período ejecutivo, los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Robledillo de la Jara, a 22 de junio de 2010.—El alcalde (firmado).

(02/6.949/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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