Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
22-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100722-267

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 1

EDICTO

267
Ejecución 247 de 2010

Que en virtud de lo acordado en los autos de ejecución de títulos judiciales número 247 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Consultoría Técnica Control, Sociedad Anónima”, a fin de que sirva de notificación en legal forma, el auto y el decreto de fecha 23 de junio de 2010, bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial. Insértese un extracto de la resolución/cédula en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio de Castro Cid.—En Salamanca, a 23 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante doña Teresa Martín Tejedor, frente a “Consultoría Técnica Control, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 8.900,35 euros en concepto de principal, más otros 1.600 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don Florencio E. Sánchez García.—En Salamanca, a 23 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese a las partes, librando dos cédulas y edicto a la ejecutada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de número 3703/0000/64/0247/10 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

En Salamanca.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.318/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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