Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
21-07-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100721-261

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

261
Ejecución 288 de 2009

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 288 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor José Corral Díaz y don Sebastián Ponce León Ruiz, contra las empresas “Covecar Grupo de Automoción, Sociedad Limitada”, y “Secuma Servicios e Instalaciones, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Eugenia López-Jacoiste Rico.—En Madrid, a 30 de junio de 2010.

Visto lo acordado en la anterior acta de incidente, que se notificará junto con la presente a todos los efectos derivados de la misma, se acuerda citar a “Secuma Motor, Sociedad Limitada”, a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos, a la comparecencia señalada para el día 9 de septiembre de 2010, a las trece horas, en la que podrá alegar y probar cuanto a su derecho convenga con relación a la solicitud de ampliación de ejecución que ha sido formulada.

Hágase saber al funcionario del Servicio Común de Notificaciones y Embargos que sea encargado de la práctica de la diligencia acordada que “Secuma Motor, Sociedad Limitada”, y “Secuma Servicios e Instalaciones, Sociedad Limitada”, tienen la misma cédula de identificación fiscal número B-845991742.

Y, en cualquier caso, remítase edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que queden citadas “Covecar Grupo de Automoción, Sociedad Limitada”, “Secuma Servicios e Instalaciones, Sociedad Limitada”, y “Secuma Motor, Sociedad Limitada”, para la comparecencia de la fecha indicada, relativa a la ampliación de ejecución, donde podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 451 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número de cuenta 2521 seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Así lo ordeno y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Covecar Grupo de Automoción, Sociedad Limitada”, “Secuma Servicios e Instalaciones, Sociedad Limitada”, y “Secuma Motor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.049/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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