Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
21-07-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100721-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1

EDICTO

207
Juicio de faltas 168 de 2009

Doña Áurea María Fernández Notario, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 168 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Coslada, habiendo visto y oído el presente juicio de faltas número 168 de 2009, seguido a virtud de denuncia presentada por don Juan José López Gómez, contra doña María del Mar Romero Anchuelo, por faltas de injurias y daños.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña María del Mar Romero Anchuelo, como autora criminalmente responsable de una falta de daños, a la pena de veinte días de multa, con cuota diaria de 3 euros, y como autora criminalmente responsable de una falta de injurias, a la pena de veinte días de multa, con cuota diaria de 3 euros, con la prevención de que si no las satisficiere quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales. Condeno igualmente a doña María del Mar a indemnizar a don Juan José en la cantidad de 381,48 euros.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la presente cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María del Mar Romero Anchuelo, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 21 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/26.986/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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