Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100720-262

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

262
Demanda 762 de 2009

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 762 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Asepeyo Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra doña Diana García Fernández, “Juve Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto de fecha 22 de septiembre de 2009 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 24 de junio de 2010.

Por recibido en fecha 21 de junio de 2010 oficio junto con documentación del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Únase a los autos de su razón a los efectos oportunos.

Asimismo, se recibe sobre devuelto con acuse de recibo por el Servicio de Correos que tenía por objeto la notificación del auto de fecha 22 de septiembre de 2009 a la empresa “Juve Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, y con la anotación de “desconocido”, extráigase el contenido del mismo y dado que se desconoce el domicilio de la empresa ejecutada, notifíquese la presente resolución a través de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, adviértase que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Diligencia.—En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra doña Diana García Fernández, “Juve Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en materia de Seguridad Social. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 14 de septiembre de 2010, a las nueve y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, quinto, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al primer y segundo otrosí: se tienen por hechas tales manifestaciones.

Al tercer otrosí: con respecto a la documental, conforme se solicita, ofíciese a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerde (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juve Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.901/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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