Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100720-308

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

308
Autos 200 de 2010

Doña María José Marijuán Gallo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 200 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Miguel Ángel Zabala Aróstegui, contra la empresa “Externia Group, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimar demanda de don Miguel Ángel Zabala Aróstegui, reconocer al mismo el derecho a la prestación de incapacidad temporal con arreglo a una base reguladora diaria de 39,45 euros, condenando a la empresa “Externia Group, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social a que anticipen el abono de las sumas adeudadas al actor en la forma referida.

Líbrese, y previo testimonio en autos, inclúyase en el libro de su clase, y notifíquese a las partes, a quienes se hará saber que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, debiendo anunciarse tal propósito mediante comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación, y siendo la recurrente la entidad gestora, al anunciar el recurso deberá presentar en el Juzgado certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación y que lo proseguirá puntualmente durante la tramitación del recurso, lo que si no cumple efectivamente pondrá fin al trámite del recurso.

Así por esta mis sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externia Group, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 22 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.736/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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