Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
16-07-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100716-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

OTROS ANUNCIOS

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Convocatoria juez de paz

Mediante decreto de la Alcaldía número 432 se han aprobado las bases que han de regir la convocatoria pública para cubrir la vacante de juez de paz titular de este municipio:

Los vecinos/as de este municipio que estén interesados/as en el cargo que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (en todo caso tendrán compatibilidad para el ejercicio de las siguientes actividades: a) La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica; b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales), presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento solicitud por escrito en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Certificado negativo de antecedentes penales.

c) Relación de méritos que pudieran ser tenidos en cuenta, mediante copia compulsada de los mismos.

d) Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:

— Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

— Que es español, mayor de edad, que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Cercedilla, a 13 de julio de 2010.—El alcalde, Eugenio Romero Arribas.

(03/28.724/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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