Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
16-07-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100716-248

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

248
Ejecución 29 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 29 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Benjamín Cruz Velasco y don Said El Isati, contra “Tomimancha Construcciones 2000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 15 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Said El Isati, contra “Tomimancha Construcciones 2000, Sociedad Limitada”, por un importe de 3.149,59 euros de principal, más 472,48 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tomimancha Construcciones 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín oficial de Ciudad Real”.

En Madrid, a 15 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.233/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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