Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
16-07-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100716-232

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

232
Ejecución 7 de 2010

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 7 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Fernández López y don Juan Antonio Lapeña Díez, contra las empresas “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 17 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Ángela Pardo Crespo.—En Madrid, a 17 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes que se describen:

En el Registro de la Propiedad número 1 de Madrid, finca registral número 81.715. Urbana número 20, piso quinto, letra D, de la calle Columela, número 6.

En el Registro de la Propiedad número 2 de Madrid, finca urbana número 7, primero derecha de la calle Quevedo, número 6, con el número 82.197, obrante a folio 35 del tomo 2.000-1915 del archivo, descrita en la inscripción primera.

En los Registros de la Propiedad números 35, 54 y 55 de Madrid los siguientes bienes: finca registral número 58.189, Sección 55, al folio 126 del tomo 2.530, libro 1.039, IDUFIR 28116002809964, con el número 41, piso cuarto, letra B del bloque 1, calle Adriano Utrecht, número 7; finca registral número 58.201, Sección 55, al folio 186 del tomo 2.530, libro 1.039, IDUFIR 28116002810045, número 53, piso quinto A, del bloque 2 de la calle Adriano Utrecht, número 5; finca registral número 58.234, Sección 55, al folio 66 del tomo 2.531, libro 1.040, IDUFIR 28116002810267, número 86, plaza de garaje número 21 de la calle Adriano Utrecht, números 3, 5 y 7; finca registral número 58.261, Sección 55, al folio 120 del tomo 2.531, libro 1.040, IDUFIR 28116003294813, número 113, plaza de garaje número 46, sita en la calle Adriano Utrecht, números 3, 5 y 7.

En el Registro de la Propiedad número 28 de Madrid, la finca número 6.006, Sección Tercera, al folio 96 del tomo 2.571, urbana, piso segundo centro de la calle Santa Teresa, número 6.

En el Registro de la Propiedad número 22 de Madrid: trastero tipo-9 en la planta sótano de la calle Alcalá, número 209, inscrita en el tomo 2.753, libro 2.753, folio 181, alta 3, y local situado en la planta segunda, letra D, en la calle Alcalá, número 209, con el número 9.315, inscripción décima, folio 178 del libro 2.754.

Como propiedad de “Herlema, Sociedad Limitada” (B-79073847), para responder de la cantidad de 233.488,82 euros de principal, más 9.339,53 euros y 23.348,88 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña María José Fernández López y don Juan Antonio Lapeña Díez, contra “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dichos embargos, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Gerardo Leal Elizarán y doña María Victoria Márquez Patiño, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.473/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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