Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
15-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100715-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

EDICTO

138
Procedimiento ordinario 688 de 2007

En el juicio de procedimiento ordinario número 688 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 23 de marzo de 2010.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de los de esta villa, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 688 de 2007 se ha sustanciado en esta sede, y en los que han sido partes: de un lado, y como demandante, “Banque PSA Finance”, sucursal en España, representada por el procurador de los tribunales señor Guerrero Tramoyeres y asistida por el letrado señor Lázaro Gozálvez, y de otro lado, y como demandados, don Wéllington Polibio Martínez Alán, doña Dalizaniath Arana Terranova y doña Aracelly del Pilar Flores de Patiño Martínez, declarados en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor Guerrero Tramoyeres, en nombre y representación de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, contra don Wéllington Polibio Martínez Alán, doña Dalizaniath Arana Terranova y doña Aracelly del Pilar Flores de Patiño Martínez, debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen solidariamente a la entidad actora la cantidad de 11.779,60 euros, que devengará el interés pactado del 2 por 100 mensual desde la fecha de interposición de la demanda.

Se imponen las costas procesales a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse en el término de cinco días ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros en la cuenta de este Juzgado en “Banesto” y a favor de estos autos; en caso de defecto y omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para subsanación. De no efectuarlo, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15, depósito para recurrir).

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 24 de marzo de 2010 a don Wéllington Polibio Martínez Alán, doña Dalizaniath Arana Terranova y doña Aracelly del Pilar Flores de Patiño Martínez, a fin de que se publique, bajo apercibimiento de pararles el perjuicio que hubiere lugar en derecho.

En Madrid, a 24 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(02/6.881/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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