Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

167
Ejecución 168 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 168 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Asunción Turrión Samaniego, contra la empresa “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto y decreto de 7 de junio de 2010, que se adjuntan al presente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Asunción Turrión Samaniego, frente a “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.—El magistrado juez.—Doy fe, la secretaria judicial.

Diligencia de ordenación.—La secretaria judicial, María Ángeles Charriel Ardebol.

En Madrid, a 7 de junio de 2010.—Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de 8 de abril de 2010, a la empresa “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Asunción Turrión Samaniego, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, el día 13 de julio de 2010, a las nueve horas, que sólo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.389/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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