Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

223
Ejecución 96 de 2010

En autos de demanda número 1.500 de 2009, ejecución número 96 de 2010, en materia de despido, siendo demandante don Óscar Peñalver García, y demandada “BRB Carroceros, Sociedad Limitada”.

Diligencia.—En Madrid, a 22 de junio de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado con fecha 15 de junio de 2010, el precedente escrito de la parte actora por el que amplia la demanda de ejecución presentada en su día.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Laura Garzón Vicente.—En Madrid, a 22 de junio de 2010.

Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia de fecha 26 de noviembre de 2009, y se tiene por ampliada la demanda de ejecución, contra don Juan Ramón Moya Rodamilans, en calidad de administrador concursal de la empresa “BRB Carroceros, Sociedad Limitada”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, y se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, segunda planta, el día 26 de julio de 2010, a las ocho cincuenta y cinco horas, la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente presentado).

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así lo mando y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “BRB Carroceros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.586/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-223