Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

EDICTO

101
Procedimiento ordinario 1.629 de 2008

Doña María Victoria Fidalgo Iglesias, secretaria del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid.

Hago saber: En virtud de resolución de 26 de febrero de 2010, en los autos de juicio ordinario número 1.629 de 2008, a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra don Julio Palomo Feher y “New Orthomedical, Sociedad Anónima”, se ha acordado que sea notificada a los demandados, en situación de rebeldía procesal, la sentencia dictada en fecha 25 de febrero de 2010, que además de fijarse en el tablón de anuncios del Juzgado se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 25 de febrero de 2010.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario con el número 1.629 de 2008, seguidos por la procuradora de los tribunales señora Espinosa Troyano, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, asistida del letrado señor Avilés García, contra “New Orthomedical, Sociedad Anónima”, y don Julio Palomo Feher, en situación de rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Espinosa Troyano, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, condeno a “New Orthomedical, Sociedad Anónima”, y don Julio Palomo Feher, en situación procesal de rebeldía, al pago de la cantidad de 37.597,19 euros, junto a los intereses legales en los términos reclamados y las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Publicación

Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó en el mismo día de su fecha constituida en audiencia pública en la Sala de audiencias de este Juzgado, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados don Julio Palomo Feher y “New Orthomedical, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma.

En Madrid, a 26 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/5.568/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-101