Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

2
ORDEN 1332/2010, de 23 de junio, por la que se resuelve la Orden 2228/2009, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el año 2010 becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Mediante Orden 2228/2009, de 21 de diciembre, se convocan para el año 2010 becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Con fecha 29 de abril de 2010 se procede a la convocatoria de la Comisión de Valoración, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la citada Orden.

A tenor de lo anterior, y de acuerdo con las bases reguladoras,

DISPONGO

Primero

Conceder a doña María Reyes Fernández, don Jesús García Pérez y doña Cecilia Comas Molina las tres becas convocadas por Orden 2228/2009, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se convocan para el año 2010 becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado (Anexo I).

Segundo

Establecer la lista priorizada con los candidatos que han superado las pruebas de conocimientos y primer idioma para el caso de que alguno de los beneficiarios renunciase a la beca, causase baja o por causa sobrevenida no pudiese ser beneficiario de la misma (Anexo II).

Se adjunta el listado completo de puntuaciones de todos los candidatos (Anexo III).

Tercero

El desarrollo del período de prácticas se realizará en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado y consistirá en la investigación y el perfeccionamiento de sus conocimientos en el ámbito de la Unión Europea.

La beca estará dotada con la cantidad de 780 euros mensuales que el beneficiario percibirá por mensualidades vencidas. La cantidad mensual incluirá la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes.

En caso de que la beca fuese prorrogada, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 4.3 de la Orden 2228/2009, de 21 de diciembre, las cantidades mensuales serán actualizadas con el IPC previsto para el año correspondiente, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

Cuarto

La aceptación del disfrute de la beca por parte del beneficiario se realizará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su notificación.

Quinto

La presente Orden, pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz de Gobierno, ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente en defensa de sus derechos.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 23 de junio de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno (PD 1472/2009, de 24 de septiembre), el Director General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, Antonio González Terol.

Ver en documento PDF

(03/27.944/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100713-2