Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
12-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100712-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Ejecución 134 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 134 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Margarita Santana de los Santos, contra don Juan Antonio Escolar Hernández, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 7 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2009 por importe de 9.778,09 euros en concepto de principal, más otros 1.400 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación, a favor de la parte ejecutante doña Ana Margarita Santana de los Santos, frente don Juan Antonio Escolar Hernández, parte ejecutada.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Antonio Escolar Hernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.325/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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