Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
08-07-2010

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100708-6

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Resolución de 29 de junio de 2010, por la que se hace pública la Orden 1374/2010, de 29 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de mejora de la estación depuradora de aguas residuales de Cabanillas de la Sierra”, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 306.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente:

Orden 1374/2010, de 29 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de mejora de la estación depuradora de aguas residuales de Cabanillas de la Sierra”, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 306

El proyecto tiene por objeto la modificación del proceso de depuración actualmente existente por otro que garantice la correcta depuración de las aguas residuales que se van a generar de acuerdo con las previsiones poblacionales que contempla el planeamiento urbanístico aprobado. Para ello, se ha previsto la sustitución de la depuradora existente, con tratamiento mediante lechos de turba, por otra nueva con proceso de fangos activos de baja carga, con una mayor capacidad de depuración, así como la prolongación del colector existente hasta la nueva depuradora proyectada y las conexiones exteriores de los servicios necesarios.

El proyecto cuenta con la Declaración de Impacto Ambiental favorable, hecha pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 16 de junio de 2008.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 24 de septiembre de 2009, se aprobó definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de mejora de la estación depuradora de aguas residuales de Cabanillas de la Sierra” y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 258, de 30 de octubre de 2009.

La Orden 766/2010, de 23 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. La mencionada Orden ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 117, de 18 de mayo de 2010; en el diario “Marca” de 3 de mayo de 2010, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública, se ha presentado una alegación relativa a la titularidad y valoración de los bienes y derechos afectados. Se ha procedido a contestar a la interesada en el sentido de realizar la rectificación sobre la titularidad de los derechos afectados, constando en el expediente la contestación individualizada. En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 19 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha, y en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de dotar al municipio de Cabanillas de la Sierra de una infraestructura adecuada de depuración que tenga suficiente capacidad para poder realizar el adecuado tratamiento de los caudales y cargas contaminantes de las aguas residuales de este municipio, estimadas según las previsiones de crecimiento contempladas por el planeamiento urbanístico aprobado. En la actualidad, la capacidad de la depuradora existente resulta insuficiente para garantizar una depuración adecuada de los mismos.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto de mejora de la estación depuradora de aguas residuales de Cabanillas de la Sierra”, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito, ante la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

ANEXO

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL “PROYECTO DE MEJORA DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE CABANILLAS DE LA SIERRA”, A LA VISTA DE LAS COMPARECENCIAS HABIDAS EN EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA, SIN PERJUICIO DE LOS ERRORES QUE PUDIERAN EXISTIR Y QUE PODRÁN SUBSANARSE HASTA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN (ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA), CON EXPRESIÓN DE LA FECHA DE LA CONVOCATORIA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN

TÉRMINO MUNICIPAL: CABANILLAS DE LA SIERRA. EXPEDIENTE: 306

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Abreviaturas utilizadas: EXP, Expropiación (m2); SERV, Servidumbre (m2); O.T., Ocupación temporal (m2).

(*) En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en el fichero “Peticiones de Servicio. Gestión de Servicios (P. E. Asesoría Jurídica, Expropiaciones, Planos)”, y podrán ser cedidos a los órganos jurisdiccionales, además de otras cesiones previstas en la ley, todo ello de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Subdirección de Asesoría Jurídica del Canal de Isabel II.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 29 de junio de 2010.—El Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes.

(01/3.050/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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