Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
08-07-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100708-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Subdirección General Planificación General y Periferia Urbana

Departamento de Renovación Urbana

70
Plan Especial de mejora de la ordenación urbana calle Monzón

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 20 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Especial de mejora de la ordenación urbana en la calle Monzón, de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Programado 1.01, “Ensanche de Barajas”, Distrito de Barajas.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión.

Tercero.—Notificar individualmente a todos los propietarios afectados según lo dispuesto en el artículo 59.4, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el presente Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.»

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, que comenzá a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, y en la Junta Municipal del Distrito de Barajas, plaza de Mercurio, número 1, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen convenientes a su derecho, que podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo, conforme al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 14 de junio de 2010.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.

(02/6.546/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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