Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
08-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100708-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Demanda 251 de 2010

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 251 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Segundo Collaguazo Collaguazo, contra la empresa “Tecnologías Urbanísticas y Desarrollo de Espacios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 364 de 2010

En Madrid, a 9 de junio de 2010.—Doña María del Carmen López Hernández, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, tras haber visto los autos reseñados, sobre despido, seguidos a instancias de don Pedro Segundo Collaguazo Collaguazo, como parte actora, y de otra, como demandada “Tecnologías Urbanísticas y Desarrollo de Espacios, Sociedad Limitada”, que no comparece constando citada, en nombre del Rey ha dictado la presente sentencia;

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Pedro Segundo Collaguazo Collaguazo, y de otra, como demandada “Tecnologías Urbanísticas y Desarrollo de Espacios, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido y condeno a la empresa citada a satisfacer a la parte actora la cantidad total de 180,90 euros como indemnización, o a readmitirla, debiendo optar la empresa entre readmisión o indemnización en el plazo de cinco días siguientes a la notificación sin esperar a su firmeza, entendiéndose en caso contrario que opta por la readmisión, así como los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la presentes resolución. Además de los salarios adeudados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, procede recurso de suplicación que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación, mediante comparecencia ante el Juzgado o por escrito presentado en el Registro General de los Juzgados de lo social de Madrid, presentados por las partes, su abogado o representante, y designando, al propio tiempo, letrado que proceda a la interposición del mismo; pudiendo anunciarlo, igualmente, por la mera manifestación de aquellos al ser notificados de la presente sentencia.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19 de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta la suma de 150,25 euros en concepto de depósito, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnologías Urbanísticas y Desarrollo de Espacios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.416/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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