Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

111
Demanda 1.587 de 2009

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.587 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Fernando Martínez Yela, contra la empresa “Proyectos Industriales y Carrocerías, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada.

Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 16 de noviembre de 2010, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala C), de esta ciudad. Hágase entrega a la demandada de copia de la demanda presentada y resto de los documentos.

A los otrosíes: en cuanto a la documental solicitada relativa al recibo de salarios del actor y los contratos de trabajo, no ha lugar al ser documental que obra en poder del solicitante; con respecto a los certificados de alta y baja en la Seguridad Social, no ha lugar al ser documental a la que la parte solicitante tiene acceso; en cuanto a los boletines de cotización del actor (TC1 y TC2), sí ha lugar y requiérase a la demandada para que lo aporte al acto de juicio conforme se solicita.

Al otrosí: ha lugar y cítese al representante legal de la demandada “Proyectos Industriales y Carrocerías, Sociedad Limitada Unipersonal”, para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley 1/200, de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Industriales y Carrocerías, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.595/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-111