Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100706-293

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7

EDICTO

293
Ejecución 6 de 2010

Doña María José Marijuán Gallo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en los autos de pieza de ejecución número 6 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Egoitz Ruiz de Azúa Ormaza, contra Fondo de Garantía Salarial, “Zorrosa Induskeyak eta Garraioak, Sociedad Limitada”, “Nuelbra, Sociedad Limitada”, “Construcciones Maribilla 3000, Sociedad Limitada”, “Construcciones Nuelgra, Sociedad Limitada”, “Gestnornova, Sociedad Limitada”, “Construcciones Graisu, Sociedad Limitada” (en concurso), “Promociones Inmobiliarias Sierra Chavela, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Inzubi, Sociedad Limitada”, “Isugra, Sociedad Limitada”, “Promociones Nielka, Sociedad Limitada”, “Promocam-I, Sociedad Limitada”, y “Geco 3000, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones (auto número 318 de 2009, ejecución número 6 de 2010), y para el pago de 4.847,46 euros de principal, 484,74 euros de intereses y 484,74 euros calculados para costas, se declara insolventes por hora a las deudoras “Gestnornova, Sociedad Limitada”, “Geco 3000, Sociedad Limitada”, “Construcciones Miribilla 3000, Sociedad Limitada”, “Promociones Inmobiliarias Sierra Chavela, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Inzubi, Sociedad Limitada”, “Isugra, Sociedad Limitada”, “Nuelbra, Sociedad Limitada”, “Promocam-I, Sociedad Limitada”, “Construcciones Nuelgra, Sociedad Limitada”, y “Promociones Nielka, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitirán hacer efectiva la deuda aun pendiente de pago.

Publíquese en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes y a dicho organismo.

Una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante la secretaria judicial, a presentar en la oficina judicial dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 184.1 y 185.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 184.3 de la Ley de Procedimiento Laboral)

Lo decreto y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Gestnornova, Sociedad Limitada”, y “Promociones Inmobiliarias Sierra Chavela, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizcaia), a 8 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.261/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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