Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100706-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 2

EDICTO

134
Juicio de faltas 457 de 2009

Doña Cristina Pousa Blasco, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 457 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por doña María Nieves Bayo Recuero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón y su partido, los presentes autos de juicio de faltas bajo el número 457 de 2009, seguidos por una presunta falta de hurto, en el que han sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados: el representante legal de “Hipercor”, como perjudicado, asistido por la letrada doña María Teresa Roa del Campo, y don David Daniel López de Egea Peinado y don Iván Fernández Vergara, como denunciados.

Que debo condenar a don David Daniel López de Egea Peinado y don Iván Fernández Vergara, como autores penalmente responsables de una falta de hurto prevista en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros para cada uno de los condenados, con la responsabilidad personal subsidiaria que estable el artículo 53 del Código Penal en el supuesto de impago, y al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don David Daniel López de Egea Peinado y don Iván Fernández Vergara, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 13 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

Adjunto remito el presente procedimiento abreviado número 1.898 de 2009 compuesto por 314 folios y anexo normalizado compuesto por 3 folios, según Instrucción de Servicio número 1/09 del secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para su enjuiciamiento por el Juzgado de lo penal que corresponda, conforme a lo previsto en el artículo 791.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quedando a disposición de dicho órgano, si los hubiere, los objetos intervenidos y las cantidades consignadas y/o ocupadas.

En Pozuelo de Alarcón, a 13 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/24.375/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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