Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
02-07-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100702-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

126
Juicio de faltas 607 de 2009

Doña Amalia Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 607 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 420 de 2009

Procedimiento: juicio de faltas número 607 de 2009.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2009.—Vistos por mí, doña Josefa Cervantes Nafría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 607 de 2009, en los que han sido partes: como denunciante, don Danut Budeanu, y como denunciados, don Florín Tudor, don Constantín Tudor y don Ionut Bogdameanu, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que al no existir acusación en el presente juicio, debo absolver y absuelvo a don Florín Tudor, a don Constantín Tudor y a don Ionut Bogdameanu de la falta que se les imputaba, y sin imposición de costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ionut Bogdameanu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 7 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/23.985/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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