Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
02-07-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100702-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

223
Demanda 615 de 2009

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 615 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Ochoa de Alda González, contra la empresa “Excavaciones, Derribos y Áridos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 335 de 2010.

En Madrid, a 31 de mayo de 2010.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto el presente auto número 615 de 2009, seguidos entre partes: como demandante, don Andrés Ochoa de Alda González, mayor de edad, con documento nacional de identidad que consta en autos, asistido de la letrada doña Geraldina Jacinta González Gil, y como demandados, “Excavaciones, Derribos y Áridos, Sociedad Limitada Unipersonal”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, versando los autos sobre derecho y cantidad, dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda deducida por don Andrés Ochoa de Alda González, contra “Excavaciones, Derribos y Áridos, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 812,28 euros, más el 10 por 100 de interés moratorio, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda alcanzar al Fondo de Garantía Salarial para caso de insolvencia empresarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales pro su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones, Derribos y Áridos, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.624/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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