Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
02-07-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100702-254

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

254
Demanda 1.461 de 2009

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.461 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petrisor Marine Draganescu, contra la empresa “Ega System, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 14 de mayo de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don Petrisor Marine Draganescu y don Juan Manuel Moñino García, frente a la empresa “Ega System, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido de los dos trabajadores, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a que indemnice:

1.o A don Petrisor Marien Draganescu: en la cantidad de 7.073 euros y al abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 10.273 euros.

2.o A don Juan Manuel Moñino García: en la cantidad de 47.400 euros y al abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 19.987 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ega System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 7 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.585/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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