Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
01-07-2010

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100701-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

82
Procedimiento ordinario 1.207 de 2006

En el procedimiento ordinario número 1.207 de 2006 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 210 de 2007

En Fuenlabrada, a 6 de julio de 2006.—Vistos por mí, doña María Alicia Risueño Arcas, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio ordinario número 1.207 de 2006, tramitados en este Juzgado a instancias de “Caja de Ahorros Municipal de Burgos”, representada por el procurador de los tribunales don Francisco Arcos Sánchez y asistida por el letrado don Fernando Dancausa, contra doña María del Carmen Ortega Romero, representada por la procuradora de los tribunales doña Florencia Aráez Martínez y asistida por el letrado don Ángel Sánchez García Porrero, y contra los herederos desconocidos y herencia yacente de don José María González-Zarauz Alameda, declarados en rebeldía, sobre declaración de propiedad y rectificación registral.

Fallo

Estimando parcialmente la demanda formulada por “Caja de Ahorros Municipal de Burgos”, representada por el procurador de los tribunales don Francisco Arcos Sánchez, contra doña María del Carmen Ortega Romero, representada por la procuradora de los tribunales doña Florencia Aráez Martínez, y contra los herederos desconocidos y herencia yacente de don José María González-Zarauz Alameda, declarados en rebeldía, debo declarar y declaro que la vivienda sita en Fuenlabrada, paseo de Estoril, número 10, tercero C, finca registral número 2.357 del Registro de la Propiedad número 3 de Fuenlabrada, pertenece en un 97,08 por 100 a doña María del Carmen Ortega Romero y en un 2,92 por 100 a don José María González-Zarauz Alameda, que no son matrimonio.

No se hace expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer y formalizar recurso de apelación dentro del quinto día para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los herederos desconocidos y de la herencia yacente de don José María González-Zarauz Alameda se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Fuenlabrada, a 25 de mayo de 2010.—El secretario (firmado).

(02/6.396/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100701-82