Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100624-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 BIS

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

174
Demanda 293 de 2010

Doña Beatriz Sanz-Rozas García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 bis de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 293 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Barrio Ferrero, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimando la demanda formulada por don Juan Antonio Barrio Ferrero, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, y debo declarar y declaro improcedente el despido de fecha 14 de enero de 2010, así como que se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y, en consecuencia, a que indemnice en la cantidad de 57.775,91 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado, computados desde el 5 de julio de 1999 hasta la fecha de la presente sentencia, 21 de mayo de 2010, debiéndole abonar en cualquier caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de notificación de esta sentencia a razón de 117,61 euros por día.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que en su caso incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.125/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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