Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100624-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Ejecución 215 de 2009

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Rubén Castaño González, contra la empresa “Acondicionamientos y Protección Integrales, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña María José Farelo Gómez.—En Madrid, a 26 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dejar en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones, por hallarse declarada en situación de concurso de la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a dar a los créditos declarados en la sentencia recaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el juez del concurso (Juzgado de lo Mercantil número 10).

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de: la demanda, la sentencia recaída en este procedimiento con expresión de su firmeza y las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.

Archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2505 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Acondicionamientos y Protección Integrales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.126/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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