Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100623-300

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 3

EDICTO

300
Despidos 286 de 2010

Doña María Gador Agüero Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 286 de 2010, a instancias de la parte actora, doña Cristina González Martín, contra “Actúa Servicios, Sociedad Cooperativa Andaluza de Interés Social”, “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, “Barceló Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, y “Hotel Hítaca Jerez”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 3 de mayo de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

En Jerez de la Frontera, a 3 de mayo de 2010.—Dada cuenta, y...

Parte dispositiva:

Su señoría dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y, en su caso, conciliación, que tendrá lugar ante este Juzgado de lo social, y que se celebrarán en la Sala de audiencias del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera, se señala el día 13 de octubre de 2010, a las diez y veinte horas, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a las demandadas de copia simple de la demanda, advirtiéndoles que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquellas, y de no comparecer la demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistida de su demanda, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se tiene por hecha por la demandante la manifestación de que asistirá al acto de juicio oral asistida de letrado.

Se admiten las pruebas interesadas.

Cítese a los representantes legales de “Actúa Servicios, Sociedad Cooperativa Andaluza de Interés Social”, “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, “Barceló Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, y “Hotel Hítaca Jerez”, a fin de que comparezcan personalmente al acto de juicio para prestar interrogatorio de parte, apercibiéndoles que de no hacerlo podrán ser tenidos por confesos en los hechos de la demanda.

De la misma forma, se requiere por la presente a las demandandas para que aporten los documentos que solicita la actora en la demanda de la que se acompaña fotocopia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 4427/0000/30/0286/10, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso, seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número ... (indique número de Juzgado) de ... (indique ciudad), y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Soledad Ortega Ugena, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, a 28 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.983/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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