Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

237
Ejecución 26 de 2010-M

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 26 de 2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Diego Minaya Aguado, contra la empresa “Wordem Internacional, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de conciliación extrajudicial, se ha dictado auto de ejecución en fecha 8 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Diego Minaya Aguado, contra “Wordem Internacional, Sociedad Anónima”, por un importe de 11.159 euros de principal, más 1.115,90 euros y 1.115,90 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas.

A tal fin, obténgase de la aplicación informática correspondiente la consulta de datos de averiguación patrimonial relativos a la empresa ejecutada.

c) Para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2519/0000/64/0056/10, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer oposición, ante este Juzgado, en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Wordem Internacional, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.070/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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