Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-314

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

314
Autos 542 de 2009

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Murcia.

Hago saber: Que en este Juzgado de lo social, se tramita proceso número 542 de 2009, seguido a instancias de don Ismael Moreno Madrid, y don Manuel Moreno Madrid, contra “Anzabal Instalaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, habiendo recaído la siguiente resolución:

Sentencia

En Murcia, a 12 de mayo de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Ismael Moreno Madrid, y don Manuel Moreno Madrid, declaro que la demandada “Anzabal Instalaciones, Sociedad Limitada”, adeuda a la parte actora la cantidad que después se dirá y subsidiariamente al Fondo de Garantía Salarial en sus límites, incrementada con el 10 por 100 de interés desde el día 23 de diciembre de 2008.

A don Ismael Moreno Madrid, 3.044,25 euros.

A don Manuel Moreno Madrid, 2.941,50 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de los social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, anunciándolo ante este Juzgado y obliga al ente gestor a presentar certificación acreditativa de que comienza el pago de la prestación y de que lo proseguirá durante la tramitación del recurso. En cuanto a la empresa condenada, que para hacer uso de este derecho deberá ingresar la cantidad a que el fallo se contrae en la cuenta establecida por este Juzgado en “Banesto”, sito en avenida de la Libertad, sin número, edificio Clara, de esta ciudad, número de cuenta 3092/0000/65/542/09, asimismo, deberá constituir un depósito de 150,25 euros (25.000 pesetas) en la mencionada entidad bancaria y número 3092/0000/67/542/09, acreditándolo mediante el oportuno resguardo, sin cuyo requisito no le será admitido el recurso y designar un domicilio en la sede de la referida Sala del citado Tribunal a efectos de notificación, para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 195 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la parte “Anzabal Instalaciones, Sociedad Limitada”, que últimamente tuvo su domicilio en ésta localidad, y en la actualidad se encuentra en ignorado paradero, expido el presente para su inserción y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole saber que las próximas notificaciones se verificarán en estrados de este Juzgado.

En Murcia, a 12 de mayo de 2010.—La secretaria judicial, Isabel María de Zarandieta Soler.

(03/22.311/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-314