Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

189
Ejecución 88 de 2010

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 88 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín García Huete, contra la empresa “Industrias y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha de 21 de mayo de 2010 y decreto de fecha 21 de mayo de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

La magistrada-juez de lo social, María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 21 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Joaquín García Huete, frente a “Industrias y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistado-juez de lo social (firmado).

Decreto

La secretaria judicial, doña María Isabel Oteo Muñoz.—En Madrid, a 21 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Citar a ambas partes de comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, 59, segundo, 28020 de Madrid, el día 6 de julio de 2010, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del representante, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Advirtiéndose a las partes de que conformidad al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.253/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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