Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-297

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

297
Demanda 222 de 2010

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 222 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Oliva Escamilla, contra la empresa “A-Cero Millénium, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Miguel Oliva Escamilla, frente a “A-Cero Millénium, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el actor con fecha 5 de enero de 2010, y dado el cese de actividad de la demandada, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes desde esta fecha, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al demandante en concepto de indemnización la cantidad de 12.774,72 euros, y por los salarios de tramitación del período del 5 de enero de 2010 al 9 de abril de 2010 (sesenta y cuatro días por 70,97 euros/día), la cantidad de 4.542,08 euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “A-Cero Millénium, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.165/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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