Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100616-105

Páginas: 23


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

105
Edicto notificación unidades recaudación ejecutiva

URE 28/01.

EDICTO DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Gloria Soto González, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con sede en la calle de Juan Bravo, 49 dpdo, 28006 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR EN PARADERODESCONOCIDO: De las actuaciones del expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra los deudores relacionados a continuación resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos del deudor GUSTAVO DANIEL MANILOW AIZENBERG, expte 28 01 07 111541,cuyo último domicilio conocido es en Madrid, cl Serrano Nº 6, 1º, 28006de Madrid debidamente notificado, se practicó embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad nº 1 de Madrid, garantizando la suma total de6.683,94 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, que causó la anotación letra D al Tomo 3135, Libro 191, Folio 130 sobre la finca nº: 7.602.- Embargo 50% del pleno dominio .- Domicilio del inmueble: colonia Bellavista de los Peñascales, parcela nº 25C, en término de Torrelodones de Madrid.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores a los ya anotados en el Registro indicado por períodos: entre 09/2008 a 07/2009, ascendentes a la cantidad de 17.190,24 euros, comprensiva de principal, recargo de apremio y costas presupuestadas. Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 17.190,24 euros.

No siendo posible la notificación al deudor, don GUSTAVO DANIEL MANILOW AIZENBERG y a la cotitular del inmueble doña LILIANA ELBA BORTOLOTTI LOPEZ a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, procédase a requerirlos para que en el plazo de OCHO DÍAS a partir del siguiente a la publicación de este edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/19999, de 13 de enero, comparezcan ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer y, asimismo se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias hasta la finalización del procedimiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, cónyuge, cotitulares, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 103 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicados las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

En Madrid, a 31 de Mayo de 2010.-La recaudadora ejecutiva, Gloria Soto Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Gloria Soto González, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con domicilio en la C/ Juan Bravo, 49 dpdo., 28006 Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR EN PARADERO DESCONOCIDO.

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contralos deudores relacionados a continuación y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

NOMBRE: CREDITO CONSULTING SL con domicilio en cl General Díez Porlier nº 38-2º iz, 28001 Madrid.- DATOS FINCA Nº 1: local en cl Jose Iturbi nº 89,D.P. 12530 de Burriana, Castellón..- DATOS REGISTRALES: tomo 1389, libro 550, folio 180, finca 41.921.- Local nº1 en cl Jose Iturbi en Burriana, Castellon. Superficie 145,86 m2. Titularidad del 100%. DATOS FINCA Nº2: local comercial en cl Echegaray nº 32, bj, D.P. 02025 en Albacete.- tomo 1175, libro 364, folio 174, finca: 17.353.- Local comercial de 74,35 m2 de superficie.- Titularidad del 100%. DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 69.996,60 euros por períodos comprendidos entre 10/2003 y 10/2007.

De los citados embargos se efectuará anotación preventiva de embargo en los Registros de la Propiedad correspondientes a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose los deudores en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal del Municipio correspondiente al último domicilio conocido del deudor, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto /2004, de 11 de Junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 del Real Decreto 1415 /2004, recurso ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la publicación de este Edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el artículo 43.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, 31 de mayo de 2010. La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña GLORIA SOTO GONZALEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/01 de las de Madrid, con domicilio en la Cl Juan Bravo nº 49, 28006de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificarla VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DÍAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

NOMBRE: GERPISOS SL.- DOMICILIO: ct al Casar de Talamanca nº 14, 28130 Valdeolmos, Madrid.- DATOS FINCA: tomo 3514, libro 95, folio 133, finca: 2874.- Vivienda en Valdeolmos, Termino de Alalpardo en Madrid.- superficie construida de 70,88 m2. IMPORTE DE LA TASACIÓN A EFECTOS DE SUBASTA: 139.157,00 Euros.

Madrid a 15 de junio de 2010. La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Gloria Soto González, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con domicilio en la C/ Juan Bravo, 49 dpdo., 28006 Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en los expedientes que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE LOS DEUDORES O LOS COTITULARES DEL INMUEBLEEN PARADERO DESCONOCIDO.

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra los deudores relacionados a continuación y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

NOMBRE: MARIA DESAMPARADOS REAL VIUDES.-DATOS REGISTRALES: TOMO 2910, FOLIO 116, LIBRO 2910, FINCA 51064.- DATOS FINCA: CL CASTELLO Nº 124, 3º C 28001 MADRID. SUPERFICIE DE 72,60 M2.

NOTIFIQUESE A LOS COTITULARES DEL INMUEBLE MARIA LUISA GARCIA REAL VIUDES, ROSARIO GARCIA REAL VIUDES, BEGOÑA ESTEDES ELORRIETA CUYO DOMICILIO CONOCIDO DE LAS CITADAS COTITULARES ES EN CL CASTELLO Nº 124,3ºC 28001 MADRID.

De los citados embargos se efectuará anotación preventiva de embargo en los Registros de la Propiedad correspondientes a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, cónyuge o cotitulares del inmueble en paradero ignorado notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal del Municipio correspondiente al último domicilio conocido del correspondiente titular, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto /2004, de 11 de Junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 del Real Decreto 1415 /2004, recurso ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la publicación de este Edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el artículo 43.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, 9 de junio de 2010. La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

URE 28/04.

EDICTO DE NOTIFICACION DEPROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

Don José Antonio Ramos Rico, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, sita en la calle de la Cruz, núm. 7, 28012 de Madrid.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio 28 04 06 00379224por deudas a la Seguridad Social contra JUAN IGNACIO VAQUERO ALVAREZ con CCC 28158518000 y NIF/CIF:007233891T, con domicilio en la calle Argensola, nº 24 - 28004 de Madrid, se ha procedido con fecha04 de Mayo de 2010 a dictar la siguiente providencia con numero de documento28 04 602 10 030477665.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 04 de Mayo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día08 de JULIO de 2010, a las 10: 00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge Dña. MARTA FUERTES BLITZ- 07496446X- CL MARIANO JOSE DE LARRA, Nº 2 28230 LAS ROZAS DE MADRID, al cotitular Dña. ANA GOMEZ ESTEBAN – 50117521S- CL TEMBLEQUE, 112-2º - A – 28024 DE MADRID, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.”.

Madrid, a 4 de Mayo de 2010. El Director Provincial.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN.

DEUDOR: VAQUERO ALVAREZ JUAN IGNACIO.

LOTENUMERO: 01.

FINCA NUMERO: 01.

DATOSFINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 50%PLENO DOMINIO EN CALLE PINTOR VELAZQUEZ, 54, PISO ATIC.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: PINTOR VELAZQUEZ Nº VÍA: 54.

BIS-Nº VÍA: ESCALERA: PISO: ATPUERTA: ATCOD-POST: 03110 COD-MUNI: 03014.

DATOS RESGISTRO:

Nº REG: 3 Nº TOMO: 1438Nº LIBRO: 1438 Nº FOLIO:46 Nº FINCA: 7000.

IMPORTE DE TASACION: 30.499,17.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES:

JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 ALICANTE CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 110.535,42.

TIPO DE SUBASTA……: 30.449,17.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA EN ALICANTE SITO EN LA CALLE DEL PINTOR VELAZQUEZ, 54, PLANTA ATICO. SUPERFICIE CONSTRUIDA TREINTA Y OCHO METROS, TREINTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS. FINCA Nº 7000. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALICANTE Nº 3. EMBARGO REALIZADO SOBRE UNA MITAD INDIVISA PROPIEDAD DEL DEUDOR.

Madrid, a 4 de mayo de 2010. El Director Provincial, Rodrigo Maares Ramírez.

EDICTO DE NOTIFICACION DEPROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

Don José Antonio Ramos Rico, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, sita en la calle de la Cruz, núm. 7, 28012 de Madrid.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio 28 04 08 00227819por deudas a la Seguridad Social contra NO COMMENT IN SPAIN, S.L. con CCC 28165594956 y NIF/CIF: B84041136, con domicilio en la calle Isla de Cuba, nº 1 – 28224de Pozuelo de Alarcón (Madrid), se ha procedido con fecha04 de Mayo de 2010 a dictar la siguiente providencia con numero de documento28 04 602 10 030481810.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 04 de Mayo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día08 de JULIO de 2010, a las 10: 00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, al actual propietario del inmueble SILVIA CASTILLA WIEDEMAN (NIKSOMA, SL. L)- 5246490Y – Isla de Cuba, nº 1 -28224 de Pozuelo de Alarcón (Madrid) a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge,, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes,podrán liberarselos mismos pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.”.

Madrid, a 4 de Mayo de 2010. El Director Provincial.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN.

DEUDOR: NO COMMENT IN SPAIN, S.L.

LOTENUMERO: 01.

FINCA NUMERO: 01.

DATOSFINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA:100%PLENO DOMINIO EN C/ ISLA DE CUBA, Nº 1 . POZUELO ALARCON.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: ISLA DE CUBAN VÍA: 1.

BIS-Nº VÍA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 28224COD-MUNI: 28115.

DATOS RESGISTRO:

Nº REG: 1 Nº TOMO: 4Nº LIBRO: 967 Nº FOLIO: 54 Nº FINCA: 14459.

IMPORTE DE TASACION: 583.796,76.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES:

JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 2 POZUELO DE ALARCON CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 351.465,19.

TIPO DE SUBASTA……: 232.331,57.

DESCRIPCION AMPLIADA:

CHALET UNIFAMILIAR NUMERO CINO, TIPO A, EN EL CONJUNTO MODERNHOGAR SAN JOSE, HOY CALLE ISLA DE CUBA Nº 1 EN POZUELO DE ALARCON. OCUPA UN TERRENO DE 128,44 M2 Y CONSTA DE 4 PLANTAS: SOTANO, DE 49,68 M2 Y 21,94 DE PORCHE; PLANTA BAJA DE 55,85 M2 Y OTROS 17,59 M2 DESTINADOS A TERRAZA Y PORCHE; PLANTA PRIMERA DE 59,85 M2; Y PLANTA ABUHARDILLADA DE 29,61 M2 Y UNA TERRAZA DE 8,40 M2. INSCRITA EN REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 1 DE POZUELO DE ALARCON. SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO, ADQUIRIDO POR COMPRA, A NOMBRE DE LA EMPRESA.

Madrid, a 4 de mayo de 2010. El Director Provincial, Rodrigo Maares Ramírez.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00171134.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor MANDES-PAUL con NIF: X6670612Z y con Tipo identificador07 281214913014del régimen de autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Pico Cejo, 24 – bj – 1 de Madrid, se procedió con fecha15-04-2010 al embargo de bienes inmuebles nº de documento 28 04 501 10025285034 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número X6670612Z, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 048810913. – 04/2008. – 0521.

28 08 057391672. – 05/2008. – 0521.

28 08 061103742. – 06/2008. – 0521.

28 08 068632659. – 07/2008. – 0521.

28 08 074648982. – 08/2008. – 0521.

28 08 082459809. – 09/2008. – 0521.

28 08 094949668. – 10/2008. – 0521.

28 09 014307079. – 11/2008. – 0521.

28 09 026892528. – 12/2008. – 0521.

28 09 035972233. – 01/2009. – 0521.

28 09 040217294. – 02/2009. – 0521.

28 09 048255968. – 03/2009. – 0521.

28 09 060755228. – 04/2009. – 0521.

28 09 065624628. – 05/2009. – 0521.

28 09 072484245. – 06/2009. – 0521.

28 09 080971442. – 07/2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 3.859,94.

Recargo: 772,02.

Intereses: 296,63.

Costas devengadas: 0,00.

Costas e intereses presupuestados: 250,00.

TOTAL: 5.178,59.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004de 11 de junio (B.O.E. del día 25),DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa..

Madrid, a 15 de abril de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: MANDES-PAUL.

FINCA NUMERO: 03.

DATOS FINCAURBANA.

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE LA FINCA CON CARÁCTER PRIVATIVO.

TIPO VIA: CLNOMBRE VIA: PICO CEJO Nº VIA: 24 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: BJPUERTA: 1 COD-POST: 28038 COD-MUBNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 39Nº TOMO: 1712 Nº LIBRO: 246Nº FOLIO: 121Nº FINCA: 17352.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA EN CALLE PICO CEJO Nº 24, PISO BAJO 2, DE MADRID. OCUPA UNA SUPERFICIE DE 24,17 M2. SE DECLARA EMBARGADO EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A PAUL MANDES CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Madrid, a 15 de abril de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00288443.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor ANDRES CUERVO FERNANDO LUIS con NIF: 00132570K y con Tipo identificador10 28169727459 del régimen general y 07 280265677940,del régimen de Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Colonia Iglesia, 34 (Presbi Blanco 6) de Navacerrada (Madrid), se procedió con fecha 22-04-2010 al embargo de bienes inmuebles nº de documento 28 04 501 10 026425691 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 00132570K, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DEAPREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 082396454. – 09/2008. – 0521.

28 08 094884596. – 10/2008. – 0521.

28 09 014243728. – 11/2008. – 0521.

28 09 026820887. – 12/2008. – 0521.

28 09 035907464. – 01/2009. – 0521.

28 09 040153842. – 02/2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 1.304,03.

Recargo: 260,82.

Intereses: 97,05.

Costas devengadas: 0,00.

Costas e intereses presupuestados: 100,00.

TOTAL: 1.761,90.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004de 11 de junio (B.O.E. del día 25),DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge Dña. CONCEPCION PERNUDA DE MIGUEL – 02835511W,a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa..

Madrid, a 22 de abril de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: ANDRES CUERVO FERNANDO LUIS.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS FINCAURBANA.

DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO, CON CARÁCTERGANANCIAL-NAVACERRADA.

TIPO VIA: CLNOMBRE VIA: SITIO LINAR DE LA IGLESIA Nº VIA:34 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 28491COD-MUBNI: 28093.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 1. Nº TOMO: 653. Nº LIBRO: 46Nº FOLIO: 117. Nº FINCA: 555.

DESCRIPCION AMPLIADA:

URBANA: PARCELA NUMERO TREINTA Y CUATRO EN TERMINO DE NAVACERRADA, EN EL SITIO SITO DEL LINAR DE LA IGLESIA O DE LA FRAGUA, DE 341,39 M2. SOBRE ESTA PARCELA EXISTE CONSTRUIDA UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MORALZARZAL. SE DECLARA EMBARGADO EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARÁCTER GANANCIAL.

Madrid, a 22 de ABRIL de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00371093.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor CRISENTI ANTON EDUARDO con NIF: 02621005V y con Tipo identificador 07 280408800329,del régimen de Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Augusto Figueroa, 21 – 1º - D de Madrid, se procedió con fecha29-01-2010 al embargo de bienes inmuebles nº de documento 28 04 501 10 006666084 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

El Recaudador Ejecutivo. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 002621005V, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DEAPREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 048757359. – 04/2008. – 0521.

28 08 074598462. – 08/2008. – 0521.

28 08 082410093. – 09/2008. – 0521.

28 08 094898946. – 10/2008. – 0521.

28 09 014256862. – 11/2008. – 0521.

28 09 026837762. – 12/2008. – 0521.

28 09 035920194. – 01/2009. – 0521.

28 09 040166370. – 02/2009. – 0521.

28 09 048205650. – 03/2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 2.036,14.

Recargo: 407,24.

Intereses: 129,63.

Costas devengadas: 10,46.

Costas e intereses presupuestados: 100,00.

TOTAL: 2.683,47.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004de 11 de junio (B.O.E. del día 25),DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular Dña. SONIA GARCIA IGLESIAS-05431607L-C/ FUNDADORES, 8 – 7- 2 -28028 MADRID, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa..

Madrid, a 29 de enero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: CRISENTI ANTON EDUARDO.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: 50% PLENO DOMINIO C/ INFANTE, 3 – 4º DCH – MADRID.

TIPO VIA: CLNOMBRE VIA: INFANTE Nº VIA:3 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO:4 PUERTA: DCHCOD-POST: 28014COD-MUBNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 2Nº TOMO: 1826Nº LIBRO: 1741Nº FOLIO: 151Nº FINCA: 30066.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA SITUADA EN C/ INFANTE Nº 3 PTA 4 PTA DCHA. DE MADRID, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 62 M2, FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE MADRID. SE DECLARA EMBARGADO EL 50% EN PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRA VENTA CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Madrid, a29de ENERO de 2010.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00162168.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor PRESTEM CONSULTING, SL con CIF: B83953406 y con Tipo identificador10 28150959171, del régimen general, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Espíritu Santo, 35 de Madrid, se procedió con fecha01-03-2010 al embargo de bienes inmuebles nº de documento 28 04 501 10 013940276 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

El Recaudador Ejecutivo, Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número B83953406, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DEAPREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 032326468. – 10/2007. – 0111.

28 08 086310608. – 11/2007. – 0111.

28 08 089194336. – 12/2007. – 0111.

28 08 090851319. – 01/2008. – 0111.

28 08 091671472. – 02/2008. – 0111.

28 08 092501632. – 03/2008. – 0111.

28 08 094051915. – 04/2008. – 0111.

28 09 012460140. – 05/2008. – 0111.

28 09 017841923. – 06/2008. – 0111.

28 09 018570534. – 07/2008. – 0111.

28 09 019306522. – 08/2008. – 0111.

28 09 044745881. – 01/2009. – 0111.

28 09 024597567. – 11/2008. – 0111.

28 09 058395401. – 04/2009. – 0111.

28 09 034551686. – 10/2008. – 0111.

28 09 046523207. – 11/2008. – 0111.

28 09 056568363. – 12/2008. – 0111.

28 09 078553718. – 01/2009. – 0111.

28 09 079712462. – 02/2009. – 0111.

28 09 069942441. – 05/2009. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 2.707,71.

Recargo: 541,60.

Intereses: 166,35.

Costas devengadas: 10,46.

Costas e intereses presupuestados: 100,00.

TOTAL: 3.526,12.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004de 11 de junio (B.O.E. del día 25),DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa..

Madrid, a 1 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: PRESTEM CONSULTING, SL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCAURBANA.

DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO – UNIFAMILIAR PARC. A R3-16 BARGAS.

TIPO VIA: CLNOMBRE VIA: UNIFAMILIAR PARC. A R3-16Nº VIA: BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 45593COD-MUBNI: 45019.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 2Nº TOMO: 1467Nº LIBRO: Nº FOLIO: 37Nº FINCA: 11629.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA UNIFAMILIAR PAREADA PARCELA R3-16, MANZANA 3 EN BRAGAS, DEL PROYECTO DE URBANIZACION DE LA UA-12 DE LAS NNSS DE BARGAS (TOLEDO), CON UNA SUPERFICIE COSNTRUIDA DE 193,72 M2, SIENDO LA SUPERFICIE DEL TERRENO DE 175,40 M2. FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE TOLEDO, Nº DE FINCA 1/11629. SE DECLARA EMBARGADO EL 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A NOMBRE DEL DEUDOR.

Madrid, a 1de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00273316.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor RAMIREZ VELASCO FRANCISCO AS con NIF: 00830967T y con Tipo identificador07 280430154776,del régimen de Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Marqués de Santa Ana, 9de Madrid, se procedió con fecha27-04-2010 al embargo de bienes inmuebles nº de documento 28 04 501 10027195631 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número000830967T, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DEAPREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 026841907. – 12/2008. – 0521.

28 09 035924238. – 01/2009. – 0521.

28 09 040169909. – 02/2009. – 0521.

28 09 048208983. – 03/2009. – 0521.

28 09 060708344. – 04/2009. – 0521.

28 09 065579057. – 05/2009. – 0521.

28 09 072434331. – 06/2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 1.739,43.

Recargo: 347,91.

Intereses: 95,54.

Costas devengadas: 10,46.

Costas e intereses presupuestados: 100,00.

TOTAL: 2.293,34.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004de 11 de junio (B.O.E. del día 25),DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular Dña. AGRIPINA VELASCO PEREZ – 00220939R,a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa..

Madrid, a29de ENERO de 2010.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO. José Antonio Ramos Rico.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: RAMIREZ VELASCO FRANCISCO AS.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCAURBANA.

DESCRIPCION FINCA: 100% DE LA NUDA PROPIEDAD C/ MARQUES DE STA. ANA, 9 - MADRID.

TIPO VIA: CLNOMBRE VIA: MARQUES DE STA. ANANº VIA:9 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO:1 PUERTA: COD-POST: 28004COD-MUBNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 27Nº TOMO: 248Nº LIBRO: 248Nº FOLIO: 1Nº FINCA: 11407.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA, SITUADA EN C/ MARQUES DE SANTA ANA, 9 – PLT 1 EN MADRID, CON UNA SUPERFICIE COSNTRUIDA DE SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 27. SE DECLARA EMBARGADO EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Madrid, a 27 de abril de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

EDICTO DE AMPLIACION DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 0407 00046118.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz nº 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor DEL RIO FEHLBERG ALVARO JOAQUIN, con NIF05415748F y con domicilio en la plaza Ciudad de Viena, 6, de Madrid, con nºde documento 28 04 504 10 019933765,resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID Nº 26, garantizando la suma total de5.330,17 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO: 546. TOMO: 546. FOLIO: 1. FINCA NUM: 8922. ANOTACION LETRA: A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 08 057346105. – 05/2008. – 0521.

28 08 061059787. – 06/2008. – 0521.

28 08 068591334. – 07/2008. – 0521.

28 08 074604526. – 08/2008. – 0521.

28 08 082416258. – 09/2008. – 0521.

28 08 094905212. – 10/2008. – 0521.

28 09 014263431. – 11/2008. – 0521.

28 09 026844533. – 12/2008. – 0521.

28 09 035927571. – 01/2009. – 0521.

28 09 040172838. – 02/2009. – 0521.

28 09 048212219. – 03/2009. – 0521.

28 09 060710970. – 04/2009. – 0521.

28 09 065581986. – 05/2009. – 0521.

28 09 072436957. – 06/2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 3.449,88.

Recargo: 690,00.

Intereses: 249,24.

Costas Devengadas: 0,00.

Costas e intereses presupuestados: 100,00.

TOTAL: 4.489,12.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de4.489,12 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 9.819,29 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. Del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO).

DEUDOR: DEL RIO FEHLBERG ALVARO JOAQUIN.

FINCA NUMERO: 02.

DATOSFINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100%PLENO DOMINIO EN PZA. DE LA CDAD. DE VIENA, 6 - MADRID.

TIPO VÍA: PZ NOMBRE VÍA: DE LA CIUDAD DE VIENA Nº VÍA: 6 BIS-Nº VÍA: ESCALERA: PISO: 18PUERTA: 14 COD-POST: 28040COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

Nº REG: 26 Nº TOMO: 546 Nº LIBRO: 546Nº FOLIO: 1Nº FINCA: 8922.

LETRA: A.

Madrid, a 25 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

EDICTO DE AMPLIACION DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 0407 00235670.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz nº 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor DA ROSA RUIZ MAURICIO, con NIF02492888X y con domicilio en la calle Argensola nº 30 de Madrid, con nº de documento 28 04 504 10 016356384,resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID Nº 29, garantizando la suma total de2.392,10 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO: 200. TOMO: 1312. FOLIO: 142. FINCA NUM: 8305. ANOTACION LETRA: E.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 07 103926233. – 08/2007. – 0521.

28 07 111116054. – 09/2007. – 0521.

28 08 010267658. – 10/2007. – 0521.

28 08 015078656. – 11/2007. – 0521.

28 08 021796918. – 12/2007. – 0521.

28 08 035182312. – 01/2008. – 0521.

28 08 035182413. – 02/2008. – 0521.

28 08 043270795. – 03/2008. – 0521.

28 08 048745841. – 04/2008. – 0521.

28 08 057329634. – 05/2008. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 2.602,55.

Recargo: 520,50.

Intereses: 383,57.

Costas Devengadas: 10,46. Costas e intereses presupuestados: 150,00.

TOTAL: 3.667,08.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de3.667,08euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 6.059,18 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. Del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO).

DEUDOR: DA ROSA RUIZ MAURICIO.

FINCA NUMERO: 01.

DATOSFINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: VIVIENDA EN C/ COLOMBIA, Nº 31 PTA. 1º PTA. A - MADRID.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: COLOMBIA Nº VÍA: 31 BIS-Nº VÍA: ESCALERA: PISO: 1PUERTA: A COD-POST: 28016 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

Nº REG: 29 Nº TOMO: 1312 Nº LIBRO: 200Nº FOLIO: 142Nº FINCA: 8305.

LETRA: E.

Madrid, a 4 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE. A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R. D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado5, en relación con el artículo 260 apartado1, puntos 3, 4,5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimos aprobada por R. D. Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104 letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R. D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación ejecutiva, sita en la Calle de la Cruz nº 7, 28012 Madrid.

Número de Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI). – Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE). – Dirección del envió (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad de envío. – (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Número del expte. Administrativo de apremio (Nª EXPTE). – Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración (ENTIDAD MERCANTIL). – Importe de la deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÏODO).

DNI. – NOMBRE. – DIRECCIÓN ENVIO. – CP. – LOCALIDAD Y PROVINCIA. – Nº EXPTE. – ENTIDAD MERCANTIL. – IMPORTE. – PERÍODO.-.

50860626J. – DAVID BASILIO GOMEZ. – PLAZA DOCTOR LAGUNA, Nº 9 – 11 - G- 28009. – MADRID. – 28040800157895. – REICACID, SL. – 32.809,47 euros. – 07/2008 A 02/2010.

Madrid, a 9 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, José Antonio Ramos Rico.

URE 28/07.

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Antonio López López, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/07, con sede en la Calle Guzmán El Bueno nº 30, 28015 Madrid:

HACE SABER: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio número 28 07 07 00426790 por deudas a la Seguridad Social seguido contra ARRANCUDIAGA VELILLA, RAFAEL por el régimen de autónomos, con DNI 05351948D y NAF 280356330908, para responder de débitos de dicho deudor debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan a continuación, garantizando la suma total de 4.697,31 euros, que incluye el principal, recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento., siendo anotado en el Registro de la Propiedad de Majadahonda 1, anotación letra A al folio 183 del libro 7 del tomo 2665 finca número 341.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados a los ya anotados en el Registro, por lo que se acuerda AMPLIAR el embargo sobre la finca indicada en la suma de 6.092,97 euros, por lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 10.790,28 euros y expedir el mandamiento de ampliación de embargo en el Registro de la Propiedad.

DESCRIPCION DE LA FINCA. 1/15 indiviso en pleno dominio de vivienda en Majadahonda, calle Las Norias 66 1º A derecha, en residencial Aralar, con una superficie aproximada de 181,78 m2. Es anejo inseparable el trastero nº 10 y las plazas de garaje nº 22 y 23.

DATOS DEL REGISTRO: Majadahonda nº 1, finca 341 al folio 183 del libro 7 del tomo 2665 letra A.

Cotitulares: ARRANCUDIAGA VELILLA FCO BORJA, DNI 7224415T; ARRANCUDIAGA VELILLA INMACULADA, DNI 50701087W; VELILLA ZAVALA MERCEDES, DNI 14747797J; ARRANCUDIAGA VELILLA ALMUDENA DNI 52368596B; ARRANCUDIAGA VELILLA MERCEDES, DNI 50706273J; ARRANCUDIAGA VELILLA DOLORES, DNI 50706272N; ARRANCUDIAGA VELILLA PALOMA, DNI 50695042Y; ARRANCUDIAGA VELILLA TERESA, DNI 7224414E; SALAZAR ARRANCUDIAGA CATALINA, DNI 50639516W.

Madrid, 4 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Antonio López López.

URE 28/08.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE.

VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES.

EMBARGADOS.

D. Agustín Rama Manzano, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08, con sede en la calle Juan de Urbieta, número 44 - 28007 - Madrid.

HACE SABER: que los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esa Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesados se les notifica que los bienes embargados han sido tasados por esa Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviesen conformes con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos Pertinentes a los destinatarios, en su condición de deudores se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrán formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el.

interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE INMUEBLES EMBARGADOS.

(CON VALORACIÓNDE LOS MISMOS):

DEUDOR: RODRIGUEZ GONZALEZ GONZALO.

EXPEDIENTE: 28080800204109.

D. N. I.- CIF: 007473267S.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCOIÓN DE LA FINCA: 50%PLENO DOMINIO PRIVATIVO VIVIENDA EN TORREMOCHA DE JARAMA (MADRID).

TIPO DE VIA: AV. NOMBRE DE LA VIA: ARGENTINA Nº DE VIA:2ESC: PISO: PUERTA: COD. POST: 28189 COD MUNI: 28153.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 01. Nº TOMO: 1065. NºLIBRO: 37Nº FOLIO:13. Nº FINCA: 2323.

IMPORTEDE TASACION: 139.327,00 Euros.

Madrid a 2 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Don Agustín Rama Manzano, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08, con sede en la calle Juan de Urbieta, número 44 - 28007 - Madrid.

HACE SABER: que los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esa Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesados se les notifica que los bienes embargados han sido tasados por esa Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviesen conformes con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos Pertinentes a los destinatarios, en su condición de deudores se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrán formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE INMUEBLES EMBARGADOS.

(CON VALORACIÓNDE LOS MISMOS):

DEUDOR: ESTEBAN VEGA LUIS MIGUEL.

EXPEDIENTE: 28080800215122.

D. N. I.- CIF: 050838193M.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA NO URBANA.

DESCRIPCOIÓN DE LA FINCA: OLIVAR DE SECANO EN TERMINO DE CHINCHON (MADRID).

Nº FINCA: 160/ LOCALIDAD: CHINCHON/ TERMINO: FUENTINUEVA/ PROVINCIA: MADRID.

DATOS REGISTRO:

Nº REG: 01. Nº TOMO: 1946. NºLIBRO: 264 Nº FOLIO: 27. Nº FINCA: 18807.

IMPORTEDE TASACION: 4.498,19 Euros.

Madrid a 7 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO.

NOTIFICACIÓNDE DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08/ de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor: MIRALLES OREJON JOSE MANUEL, con documento nacional de identidad 051634704A, por débitos a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue C/ CAMELIA, Nº 46 –28529–RIVAS-VACIAMADRID (MADRID) se procedió con fecha 10– 05 - 2010al embargo de los bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente administrativo de apremio contra el deudor MIRALLES OREJON JOSE MANUEL con Nº de Expediente 28/08/09/00324071 por deudas a la Seguridad Social que corresponden al siguiente detalle:

Importe Principal: 5.772,98.

Recargo de Apremio: 1.402,88.

Costas Presupuestadas: 600,00.

Costas Devengadas: 41,84.

Intereses Demora: 387,24.

Total Débitos: 8.204,94.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertinentes al deudor que se describen a continuación:

Finca Número: 01.

Finca Registral: 28123.

Datos Registrales Nº 1.

Tomo: 1.473Libro: 234 Folio: 110.

Tipo definca: URBANA.

Descripción Finca:100%GANANCIAL DE LA VIVIENDAEN RIVAS VACIAMADRID (MADRID)..

Domicilio: TIPO VIA: CL. NOMBRE VIA: CAMELIA Nº VIA: 46 BIS-Nº VIAESC: PISO: PUERTA: COD-POST:28529COD-MUNI:28123.

TITULARES:

JOSE MANUEL MIRALLES OREJON D.N.I: 051634704A.

MERCEDES MARTINEZ BLANCO D.N.I: 002622798Q.

100% DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL POR TIULO DECOMPRAVENTA.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que a día de la fecha asciende a la cantidad antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso a su cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicando que los bienes serán tasado por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran las reglas siguientes:

Si la diferencia entre ambas no excede del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20% queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en e plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, está Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitiva aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva de embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los inmuebles embargados, en el termino de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por Ley 42/1994, de 30 de diciembre(“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 7 junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

URE 28/13.

EDICTO DE NOTIFICACION DE DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña MARIA LUISA MARTÍN CARBALLO, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 13 de las de Madrid, con domicilio en la c/ Dr. Pérez Domínguez n. 3 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificarla siguiente.

DILIGENCIA:

En cumplimiento de la Providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. Del día 25). DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad total señalada en la relación.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. En caso de discrepancia, si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. Solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y será la definitivamente aplicable.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del citado Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de 10 días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Se requier eal deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

ADVERTENCIA: Los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal con la publicación del presente EDICTO, así como los demás interesados en el expediente.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN QUE SE CITA.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – PERIODO DE LA DEUDA. – PRINCIPAL. – RECARGO. – INTERESES. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD. – Nº. FINCA. – TOMO. – LIBRO. – FOLIO. – DESCRIPCION. – NOTIFICACION EN FORMA

280435921529.-28130800076814. – MONTILLA MUÑOZ, FRANCISCO. – 050968716A. – LOS MONTES DE TOLEDO 4 1º D. – 28031. – MADRID. – 07/2007 A 08/2009. – 6355,66. – 1271,18. – 663,98. – 10,46. – 581,09. – 8882,37. – 281350110027742366. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 20 DE MADRID. – 2131. – 1124. – 132. – 13. – DESCRIPCION REGISTRAL: MUNICIPIO: MADRID.-FINCA Nº 2131 TRASLADADA DE 31172 SECCION 1.- IDENTIFICADOR UNICO: 28101000018739.- NATURALEZA: URBANA.- VIVIENDA.- PISO PRIMERO IZQUIERDA O LETRA "D" DE LA CASA EN MADRID, ANTES VALLECAS, EN LA HOY CALLE MONTES DE TOLEDO NUMERO CUATRO.- TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE CUARENTA METROS VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS.REFERENCIA CATASTRAL: 7401608VK4770A0008UJ.

TITULARES: MARIA DE LA TORRE DEL COSO ÑIGUEZ, NIF: 50986372H Y FRANCISCO JAVIER MONTILLA MUÑOZ, NIF: 50968716A. SE EMBARGA 35% (7/20) EN PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA, PERTENECIENTE AL DEUDOR: FRANCISCO JAVIER MONTILLA MUÑOZ. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A FRANCISCO MONTILLA MUÑOZ EN CL LOS MONTES DE TOLEDO Nº 1 4º D.-28031MADRID, EN SU CALIDAD DE COTITULAR A MARIA DE LA TORRE DEL COSO ÑIGUEZ EN CL LOS MONTES DE TOLEDO Nº 4 1º D.-28031.-MADRID Y AVDA OPORTO Nº 132.-28514 EUROVILLAS (MADRID) Y EN SU CALIDAD DE ACREEDOR A ROSARIO GONZALEZ CANSADO EN PONT DE MOLINS Nº 3.-28038.-MADRID.

28163988392. – 28130800142286. – MUÑOZ MARTIN PROYECTOS S.A. – 0A81543779. – VALLE DE TOBALINA 52-8. – 28021. – MADRID. – 01/2006 A 10/2008. – 57678,75. – 12152,39. – 5521,53. – 0,00. – 5274,69. – 80627,36. – 281350109050323280. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 2 DE ALGECIRAS. – 22173. – 1242. – 442. – 31. – DESCRIPCION REGISTRAL: MUNICIPIO Y FINCA DE TARIFA Nº 22173.- IDUFIR: 11014000323164.-NATURALEZA: URBANA: VIVIENDA PISO CON ANEJOS.- VIA PUBLICA: URBANIZACION ATLANTERRA, BLOQUE: EB, PORTAL: E7, PLANTA: 4.- SUPERFICIE: CONSTRUIDA: CIENTO VEINTISEIS METROS, SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS.- ANEJO: GARAJE E.7.19 DE 26,19 M2 Y TRASTERO T.7.7 DE 3,45 M2.- AZOTEAS DE 7O,75 M2.-TITULARES: MUÑOZ MARTIN PROYECTOS S.A., C.I.F: 0A81543779. SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO, ADQUIRIDA POR COMPRAVENTA. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE ACREEDOR A MERCANTIL INTERCONTINENTAL SA EN CL RAMON Y CAJAL Nº 22 (POIG. NTRA SRA).-28914.-LEGANES (MADRID).

28172709504. – 28130900432206. – FERNANDEZ FRAILE JOSE LUIS. – 052117851N. – ALCOCER 28. – 28041. – MADRID. – 01/2009 A 06/2009. – 8260,09. – 1652,02. – 382,83. – 0,00. – 720,65. – 11015,59. – 281350110028745914. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 47 DE MADRID. – 16180. – 2045. – 374. – 103.DESCRIPCION REGISTRAL: FINCA DE MADRID SECC. 2ª Nº: 16180.- IDUFIR: 28095000169358.- URBANA.-DIEZ.-VIVIENDA CUARTO IZQUIERDA, SITUADA EN LA PLANTA CUARTA, SIN CONTAR LA BAJA, DE LA CASA NUM. CINCO DE LA CALLE DE SANTA FELICIDAD, BLOQUE NUMERO VEINTIDOS GRUPO LA ELIPA PRIMERA FASE, TERMINO MUNICIPAL DE MADRID, VICALVARO. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE UNOS SETENTA Y OCHO METROS NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS. REFERENCIA CATASTRAL: 5053179VK4755C 0010 YL. TITULARES: FERNANDEZ FUENTES, FERNANDO, NIF: 50785255J; FERNANDEZ FUENTES MARIA CARMEN, NIF: 00268347Y; FERNANDEZ FUENTES, ANGEL, NIF: 51595044H; FERNANDEZ FRAILE, ROBERTO, NIF: 53436189J; FERNANDEZ FRAILE, DAVID, NIF: 53436190Z; FERNANDEZ FRAILE, JOSE LUIS, NIF: 52117851N.

SE EMBARGA LA PARTICIPACION PERTENECIENTE AL DEUDOR: FERNANDEZ FRAILE, JOSE LUIS, NIF: 52117851N, 1/12 EN NUDA PROPIEDAD PRIVATIVO ADQUIRIDO POR HERENCIA. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE COTITULARES A: ANGEL FERNANDEZ FUENTES EN GUZMAN EL BUENO68 1ºD.-28015.-MADRID Y A ROBERTO FERNANDEZ FRAILE Y DAVID FRNANDEZ FRAILE, A AMBOS EN CL UNANIMIDAD 55 1º 1.-28041.-MADRID.

28175309104. – 28131000060603. – PELAYO MORENO, JOSE MANUEL. – 070739387N. – CL DEPORTES 33. – 13630. – SOCUELLAMOS. – 02/2008 A 04/2009. – 34898,01. – 6979,60. – 3831,28. – 20,92. – 3201,09. – 48930,90. – 281350110030760985. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 19 DE MADRID. – 35560. – 369. – 369. – 193. – DESCRIPCION REGISTRAL: MUNICIPIO: MADRID.- FINCA Nº: 35560.-URBANA.-CATORCE.-PISO O VIVIENDA SEGUNDO "F", SITUADO EN LA PLANTA SEGUNDA SIN CONTAR LA BAJA NI EL SOTANO, DEL EDIFICIO EN MADRID -EN CONSTRUCCION, SIN QUE CONSTE EN REGISTRO LA FINALIZACION DE LA OBRA- Y SEÑALADO CON EL NUMERO 50 DE LA HOY CALLE SIERRA DE GADOR. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS. REFERENCIA CATASTRAL: 7103403VK4770C0014FG. TITULARES: ANTONIO MARTINEZ MORENO, CLARA ISABEL NUÑEZ LOPEZOSA Y JOSE MANUEL. PELAYO MORENO. SE EMBARGA EL 50%PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, PRTENECIENTE AL DEUDOR: JOSE MANUEL PELAYO MORENO, NIF: 070739387N. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A: PELAYO MORENO, JOSE MANUEL, EN CL DEPORTES 33.-13630.-SOCUELLAMOS Y CL SIERRA DE GADOR 50 2ºF.-28031.-MADRID.

28119501162. – 28130800320526. – INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S. L. – 0B81684813. – CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42. – 28021. – MADRID. – 03/2008 A 06/2009. – 46043,56. – 9208,73. – 2104,37. – 457,96. – 4047,02. – 61861,64. – 281350410025371223. – DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE INMUEBLES. – . – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 16 DE MADRID. – FINCA 116485. – (PL APARCAMIENTO 68). – 1848. – 1848. – 190. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. EN CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42.-28021.-MADRID.

28119501162. – 28130800320526. – INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. – 0B81684813. – CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42. – 28021. – MADRID. – 03/2008 A 06/2009. – 46043,56. – 9208,73. – 2104,37. – 457,96. – 4047,02. – 61861,64. – 281350410025330403. – DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 16 DE MADRID. – FINCA 116486. – (PL APARCAMIENTO 103). – 1848. – 1848. – 194. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. EN CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42.-28021.-MADRID. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. EN CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42.-28021.-MADRID.

28119501162. – 28130800320526. – INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. – 0B81684813. – CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42. – 28021. – MADRID. – 03/2008 A 06/2009. – 46043,56. – 9208,73. – 2104,37. – 457,96. – 4047,02. – 61861,64. – 281350410025435079. – DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE INMUEBLES. – REGISTRO DE LA PROPIEDAD 16 DE MADRID. – FINCA 116486. – (PL APARCAMIENTO 102). – 1848. – 1848. – 192. – NOTIFICACION EN FORMA EN SU CALIDAD DE TITULAR A INCOSER INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. EN CL SAN ERASMO (NAVE 13), 42.-28021.-MADRID.

NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña MARIA LUISA MARTÍN CARBALLO, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 13 de las de Madrid, con domicilio en la c/ Dr. Pérez Domínguez n. 3 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificarla VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. Solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugaren el procedimiento,con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – PRINCIPAL. – RECARGO. – INTERESES. – COSTAS. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO.

281247442265.-28130600298846.-CALDARAS -- MEZINCA CRENGUT.-0X6789958J.-AV BAIXADA DE - LESTACIO 18 4.-46800.-XATIVA Y CL ALCAZABA 6.-28041.-MADRID.- 1742,72.-348,52.-438,80.-363,21.-2893,25.-281350310020386433.-NOTIFICACION DE VALORACION.

DESCRIPCION REGISTRAL:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TARANCON.-FINCA Nº 1503.-TOMO 835.-LIBRO 27.-FOLIO 70.

SE EMBARGA EL 50% (1/2) DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, PERTENECIENTE A LA DEUDORA: MEZINCA CRENGUT CALDARAS.

IMPORTE DE TASACION: 60353,92.

Madrid, 3 de junio de 2010.

URE 28/15.

EDICTO.

NOTIFICACION DE LA PROVIDENCIA DE APREMIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/15, con sede en la Av. Monforte de Lemos, 155, 28029 de Madrid,.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio nº que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor, por deudas INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, que posteriormente se relacionan, a los que no fue posible notificar la providencia de apremio dictada por la Subdirectora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, por resultar en paradero desconocido en los domicilios que se citan. En consecuencia acuerdo practicar NOTIFICACION por medio de este edicto a los sujetos obligados al pago de la siguiente:

“PROVIDENCIA” De acuerdo con lo dispuesto en los art. 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE de 25-06-2004), dicto la presente providencia de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el EMBARGO DE LOS BIENES, en los términos establecidos en el articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social y a la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de 15 días naturales desde su notificación serán exigibles los INTERESES DE DEMORA (interés legal incrementado en un 25%) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha del pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo..

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, a tenor de lo dispuesto en los art. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social y artículos 85 y 86 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, podrá formularse RECURSO DE ALZADA en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente que se recibe notificación de la providencia de apremio, ante el superior jerárquico del que dicto el acto, que solo será admisible por los siguientes motivos debidamente justificados: pago, prescripción, error material o aritmético de la determinación de la deuda, condenación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento, falta de la notificación de la reclamación de la deuda. La interposición del recurso suspenderá el procedimiento de apremio hasta la resolución de la impugnación.

PROVIDENCIA DE APREMIO. – EXPEDIENTE. – RAZON SOCIAL/DEUDOR. – IDENTIFICADOR. – IMPORTE (EUROS). – DNI/CIF. – LOCALIDAD.

28 10 050937288. – 28 15 10 90000482. – ROMANO MARTÍNEZ, GABRIEL. – 07 281081047354. – 3341,02 euros. – 051452783N. – 28034 MADRID.

Madrid a 4 de junio de 2010. La Recaudadora Ejecutiva, Esperanza Alonso González.

EDICTO DE NOTIFICACION A DEUDORES NO LOCALIZADOS.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/15, con sede en la Av. Monforte de Lemos, 155, 28029-Madrid.

Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. Del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. Del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en la relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en Av. Monforte de Lemos nº 155 de Madrid (teléfono 913769080), en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Interesado. – Domicilio. – CP. – Localidad. – Expediente. – Procedimiento. – Nombre/Razón social. – C.C.C.

HERMOGENES AYLLON VELASCO. – C/ PANDO, 6. – 28029. – MADRID. – 28 15 09 00201693. – OFICIO COMUNICANDO ACUERDO INICIAR PROCEDIMIENTO DERIVACIÓN RESPONSABILIDAD AL ADMINISTRADOR D. HERMOGENES AYLLON VELASCO (DNI 0X5322026X) PARA INICIAR EXPEDIENTE DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD. – AYLLON VELASCO HERMOGENESS.L. – 28172011104 0111.

Madrid, a 7 de junio de 2010. La recaudadora ejecutiva, Esperanza Alonso González.

URE 28/16.

PROVIDENCIA Y ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/16 de Madrid, Dña. Begoña Ortiz Fernández, con domicilio en la calle Empecinado nº 21 en Alcalá de Henares.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio nº 28 16 07 00011461 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor ROCÍO ALONSO MENÉNDEZ con DN.I./CIF/NIF/NIE 045066677V por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado en fecha 04 de mayo de 2010 por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid la siguiente:

“PROVIDENCIA.- Una vez autorizada, con fecha 04 de mayo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 08 de julio de 2010 a las 10`00 horas, en la calle Agustín de Foxá nº 28-30 (Madrid) y, obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios (MIGUEL SÁNCHEZ MARTÍNEZ, cuyo último domicilio conocido es Avdª Ramón y Cajal nº 103, 5º F, 28043.-MADRID),y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta el 07 de julio de 2010. Simultáneamente a la presentación de la oferta del licitador deberá constituir depósito acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de subasta.

5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios, que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12. Mediante el presente Edicto, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

Advertencias:

1) De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/1960, de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal en la redacción dada por la Ley 8/1999, serán a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago.

2) El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado,y nominativo a favor de Tesorería General de la Seguridad Social.

3) Para cualquier información relativa a subastas, los interesados podrán consultar en la dirección de internet: “http://www.seg-social.es”.

Alcalá de Henares, a 11 de mayo de 2010.- La Recaudadora Ejecutiva.-.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN:

Deudor: ROCÍO ALONSO MENÉNDEZ.

Datos de la finca urbana.

Descripción de la finca:

Urbana. Vivienda unifamiliar en la localidad de Alcalá de Henares (Madrid), en calle Aviación Española nº 2, puerta 19.

Datos del registro: Nº finca 32465, inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 (28152) de los de Alcalá de Henares, al tomo 3826, libro 353, folio116.

Importe de la tasación: 512.196,02 euros.

Cargas que deberán quedar subsistentes:

Banco Santander ( hipoteca):0 euros.

Miguel Sánchez Martínez (hipoteca): 46.500,00 euros.

PRONAVISA, S.A. (hipoteca): 192.340,08 euros.

Tipo de subasta: 273355,94 euros.

Descripción ampliada:

URBANA: La finca descrita se forma por división material de la finca registral nº 13.681.

Tiene una superficie construida de doscientos cincuenta metros, cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Superficie útil: doscientos doce metros, cincuenta y siete decímetros cuadrados. Superficie del terreno: doscientos diecinueve, treinta y siete decímetros cuadrados.

Se compone de planta sótano, planta baja, primera y bajo cubierta.

(Embargo del 100% del pleno dominio, inscrito con carácter ganancial por título de compraventa).

Alcalá de Henares, 08 de junio de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dña BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado nº 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 07 00011461, que se instruye contra ROCÍO ALONSO MENÉNDEZ por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 04 de mayo de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI/CIF/NIF nº 045066677V y domicilio en calle Aviación Española nº 19, Bj. A6 de ALCALÁ DE HENARES (Madrid) CP 28805, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad número 5 de ALCALÁ DE HENARES (Madrid), garantizando la suma total de 2.857,40 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 353, Tomo 3826, Folio 116, Finca nº 32465 -, anotación letra “A”.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle:

Nº providencia. – Período. – Régimen

28 08 044194319. – 03 2008/03 2008. – 0521.

28 08 049847092. – 04 2008/04 2008. – 0521.

28 08 058361470 05 2008/05 2008. – 0521.

28 08 062076974. – 06 2008/06 2008. – 0521.

28 08 069595383. – 07 2008/07 2008. – 0521.

28 08 075688401. – 08 2008/08 2008. – 0521.

28 08 083491241. – 09 2008/09 2008. – 0521.

28 08 095962916. – 10 2008/10 2008. – 0521.

28 09 015355184. – 11 2008/11 2008. – 0521.

28 09 027975591. – 12 2008/12 2008. – 0521.

28 09 036863825. – 01 2009/01 2009. – 0521.

28 09 041121822. – 02 2009/02 2009. – 0521.

28 09 049146146. – 03 2009/03 2009. – 0521.

28 09 061610242. – 04 2009/04 2009. – 0521.

28 09 066491160. – 05 2009/05 2009. – 0521.

28 09 073400287. – 06 2009/06 2009. – 0521.

28 09 081866266. – 07 2009/07 2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 4.187,76 euros.

Recargo de apremio: 837,58 euros.

Intereses: 362,55.

Costas devengadas: 76,69 euros.

Costas e intereses presupuestados: 163,94 euros.

Total débitos: 5.628,52 euros.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 5.628,52 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 8.485,92 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor o deudores y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios (MIGUEL SÁNCHEZ MARTÍNEZ, cuyo último domicilio conocido es Avdª Ramón y Cajal nº 103, 5º F, 28043.-MADRID), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Alcalá de Henares, a 4 de mayo de 2010.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA:

Finca urbana: Vivienda en Alcalá de Henares, en la calle Aviación Española nº 2, puerta 19(100% pleno dominio ganancial por compraventa).

Finca número 32465, inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Alcalá de Henares (Madrid), al tomo 3826, libro 353, folio 116. Anotación de embargo letra “A”.

Alcalá de Henares, 8 de junio de 2010. La recaudadora ejecutiva.

URE 28/17.

Don Juan Luís Suárez Romero, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/17, con domicilio en el Pº de la Chopera, 92-94 de Alcobendas.

HAGO SABER: que con fecha de 05.05.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEAMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES..

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ANDREEV MARKOV SLAVCHO, C.I.F. 0x4877486Z, expediente 28/17/09/1311/35, último domicilio conocido en ALCOBENDAS, Av. Valdelaparra 114 (28100),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alcobendas nº 1, garantizando la suma total de 2.093,97 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca nº 41315 de Alcobendas, libro 679, tomo 777, folio 52, anotación letra A.

URBANA en el municipio de Alcobendas, vivienda de protección oficial de promoción privada, régimen especial, en Avd. Valdelaparra nº 114, piso 3º D. Superficie construida 89,37 m2. Tiene anejo inseparable la plaza de aparcamiento nº 18 en planta sótano con una superficie construida de 22,81 m2. Titulares: -Slavcho Andreev Markov y Uliana Stefanova Markova, 100% del pleno dominio con carácter ganancial por titulo de compraventa. Esta finca se encuentra sujeta a derecho de tanteo y retracto a favor de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 5.598,74 euros, comprensiva de 3.860,82 euros de principal, 971,40 euros de recargo, 205,82 euros de intereses, 60,70 euros de costas devengadas, y 500,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 5.598,74 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 7.692,71 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEAMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES..

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra PEREZ CAMPOS CARMEN, C.I.F. 030058132F, expediente 28/17/08/1471/71, último domicilio conocidoen ALCOBENDAS, Marques de la Valdavia 45 (28100),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alcobendas nº 2, garantizando la suma total de 1.098,90 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca nº 5408 de Alcobendas, libro 65, tomo 84, folio 61, anotación letra A.

URBANA vivienda en el municipio de Alcobendas, calle Marques de la Valdavia nº 45, planta 2, puerta K. Superficie construida 55,93 m2. Titulares: -Fernando Martínez Lera y Carmen Pérez Campos 100% del pleno dominio con carácter ganancial por título de compra.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 5.865,79 euros, comprensiva de 4.187,76 euros de principal, 837,58 euros de recargo, 340,45 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas, y 500,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 5.865,79 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 6.964,69 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 16.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEAMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra WISE DEREK ALAN, C.I.F. 0X0341649F, expediente 28/17/08/1805/17, último domicilio conocido en ALGETE, calle Soto Alto, casa 5 (28110),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Algete, garantizando la suma total de 3.986,54 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca nº 11377 de Algete, libro 232, tomo 3337, folio 211, anotación letra B.

URBANA vivienda unifamiliar en el municipio de Algete, Madrid, urbanización Sotoalto, camino Malatones 15. Superficie del terreno 155,74 m2, superficie construida 224,29 m2, compuesta de planta baja, porche, primera, terraza y bajocubierta. Titulares: Wise Derek Alan y María Dolores Espinosa Fernández 100% del pleno dominio por titulo de compraventa con carácter ganancial.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 4.158,44 euros, comprensiva de 2.621,33 euros de principal, 524,28 euros de recargo, 153,06 euros de intereses, 559,77 euros de costas devengadas, y 300,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 4.158,44 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 8.144,98 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALGETE.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 15.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEAMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES..

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CANEY PROYECTOS INMOBILIARIOS S.L., C.I.F. 0B84398072, expediente 28/17/08/1641/47, último domicilio conocido en FUENTE EL SAZ DE JARAMA, Talamanca 22 (28140),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de San Sebastian Reyes nº 2, garantizando la suma total de 7.011,90 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca nº 4470 de Talamanca de Jarama, libro 83, tomo 1435, folio 80, anotación letra A y B.

URBANA vivienda dúplex en el municipio de Talamanca de Jarama, Madrid, calle Huertas 26, portal 2, planta primera y bajo cubierta, puerta 8. Superficie construida 84,87 m2. Tiene anejo la plaza de aparcamiento nº 8 en planta sótano y el cuarto trastero nº 8 en planta sótano. Es titular del 100% del pleno dominio con carácter patrimonial.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 9.293,96 euros, comprensiva de 5.975,69 euros de principal, 1.752,75 euros de recargo, 439,10 euros de intereses, 326,42 euros de costas devengadas, y 800,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 9.293,96 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 16.305,86 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 07.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CAYADO LOPEZ MARIA DEL PILAR, C.I.F. 007504514M, expediente 28/17/08/2624/60, último domicilio conocido en Alcobendas, calle Capitán Fco Sánchez 36 (28100),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA en Alcobendas, calle Capitán Fco Sánchez 36, portal G, planta 3, puerta A. Superficie construida 54,65 m2. Titulares: Antonio García Escobar, 50% del pleno dominio por titulo de compraventa; y María Pilar Cayado López 50% del pleno dominio por titulo de compraventa, lo que es objeto de este embargo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas nº 2, tomo 1303, libro 1119, folio 154, finca 14641 de Alcobendas.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 5.591,19 euros, comprensiva de 3.978,73 euros de principal, 795,76 euros de recargo, 416,70 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 400,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 11/2007, 12/2007, 01/2008, 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS..

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 05.05.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MORENO TOLEDANO MANUEL, C.I.F. 002880725K, expediente 28/17/06/1786/41, último domicilio conocido en Alcobendas, avd. Doctor Severo Ochoa 9 (28100),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA en Alcobendas, avd. Doctor Severo Ochoa, 9, 4º, B. Superficie construida 98,43 m2. Titulares: -Manuel Moreno Toledo 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Maria Rosario Martin Caño 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas nº 1, tomo 831, libro 733, folio 202, finca 43383 de Alcobendas.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 30.004,21 euros, comprensiva de 21.318,12 euros de principal, 4.263,64 euros de recargo, 1.841,36 euros de intereses, 81,09 euros de costas devengadas y 2.500,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 01/2008, 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008.

RÉGIMEN GENERAL: 01/2008, 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009, 07/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 03.05.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra RECIO OLIVARES JOSE LUIS, C.I.F. 034848180Y, expediente 28/17/09/1563/93, último domicilio conocido en Alcobendas, calle Barcelona 16 (28100),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA tipo B en planta ático, con acceso por el portal 1 del conjunto en calle Antonio Pintor por donde tiene la entrada, término de Roquetas de Mar, Almería. Superficie útil 52,25 m2. Tiene una terraza privativa de 19,87 m2 Y además como anejo inseparable una terraza sobre su cubierta de 14,51 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por titulo de compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas nº 1, tomo 2835, libro 1133, folio 214, finca 70454 de Roquetas.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 4.221,51 euros, comprensiva de 3.041,91 euros de principal, 608,40 euros de recargo, 212,09 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 350,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS..

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 21.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra EL KALAAY EISSA ALEXANDER, C.I.F. 053492513X, expediente 28/17/08/2809/51, último domicilio conocido en El Molar, Rosaleda 33 (28710), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Local comercial en Alcobendas, letra J en planta semisótano o primera del nº 1 de la calle Pintor Ribera. Superficie construida 83,99 m2. Titulares: -Kalaay Eissa Ashraf n.i.f. 53492513X, y Ana Belen Puig Rubio, 50% del pleno dominio con carácter ganancial por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Alejandro Puig Sales y Maria Concepción Rubio Ramirez 50% del pleno dominio con carácter ganancial, por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas nº 1, tomo 840, libro 742, folio 189, finca 16450 de Alcobendas.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 4.633,67 euros, comprensiva de 3.329,91 euros de principal, 665,99 euros de recargo, 319,55 euros de intereses, 18,22 euros de costas devengadas y 300,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de EL MOLAR.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 03.05.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra LOPEZ JIMENEZ MANUEL, C.I.F. 027379976V, expediente 28/17/09/1606/39, último domicilio conocido en Fuente el Saz de Jarama, pasaje las Huertas 26 (28140),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA unifamiliar en Fuente el Saz de Jarama, pasaje Huertas 26, con una superficie del terreno de 387,94 m2, y una superficie construida de 189,95 m2 distribuidos en planta sótano, baja y primera. Titulares: Manuel López Jiménez, 50% del pleno dominio por título de compraventa con carácter privativo, lo que es objeto de este embargo; y María Araceli Moya Arrebola 50% del pleno dominio por compraventa con carácter privativo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3279, libro 118, folio 170, finca 07895 de Fuente el Saz de Jarama.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 4.115,46 euros, comprensiva de 2.970,84 euros de principal, 594,20 euros de recargo, 191,31 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 350,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 08/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009, 07/2009, 08/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 07.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra FERNANDEZ GOMEZ RUBEN, C.I.F. 053404178H, expediente 28/17/08/3547/13, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Av Extremadura 6 (28700),y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda unifamiliar en El Casar, Guadalajara, urbanización Los Enclaves del Coto 2113, calle Cuenca. Superficie construida 377,21 m2; del terreno 600 m2. Es titular del 100% del pleno dominio con carácter privativo por titulo de compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Guadalajara nº 3, tomo 1890, libro 137, folio 165, finca 9864 de El Casar.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 1.833,06 euros, comprensiva de 1.314,04 euros de principal, 262,82 euros de recargo, 106,20 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 150,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 08/2008, 09/2008, 11/2008, 10/2008, 12/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha 30.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra TERAN PANDO ANTONIO JOSE, C.I.F. 050281914G, expediente 28/17/07/3453/86, último domicilio conocido en VENTURADA, Urgabona 7 (28729) por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 17.09.2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados pertenecientes al mismo que a continuación se describen, han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda:

IMPORTE DE LA DEUDA: Principal: 5.578,01 euros, Recargo: 1.115,60 euros, Intereses: 793,82 euros, Costas: 887,44, Total: 8.374,87 euros.

Finca rústica en La Cabrera, Madrid, localización Roblehorno Mojadillos. Superficie terreno 3 hectáreas 90 áreas. Tierra que es la parcela 234 del polígono 4. Es titular del 100% del pleno dominio con carácter privativo.

Finca nº 3009 de La Cabrera, inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna, tomo 1098, libro 39, folio 33.

Importe de Tasación: 93.190,50 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existen discrepancias entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria y, de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado, todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio).

Notifíquese mediante edicto que se publicará en el tablón de anuncios de la Alcaldía de VENTURADA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado nº 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Alcobendas, a 31 de mayo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Luis Suárez Romero.

URE 28/19.

PROVIDENCIA DE SUBASTAS DE BIENES MUEBLES.

José Manuel Ruiz Gómez-Caro, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm 19 de Madrid, sita en C/ Moreras, 50, de ARANJUEZ(MADRID).

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor, EDISON ALIPIO FAJARDO PELAEZ, DNI. 053730277T, Expte. 28/19/08/00108339, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 11 de Mayo de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 6 DE JULIO DE 2010, a las 10:00 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30, MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se declara su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán librarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACION ADJUNTA DE BIENES MUEBLES QUE SE SUBASTAN:

NUM. DE LOTE: 1.

BIEN: VEHICULO MERCEDES CDI 2.0.

MATRICULA: 3090FRL.

Cargas que deben quedar subsistentes: No existen.

Valor de tasación: 21.800,00 euros.

Tipo de subasta: 21.800 euros.

Madrid, a 11 de Mayo de 2010.- El Director Provincial.- Rodrigo Mares Ramírez.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor, OLA Y MAR VALDEMORO, S.L., CIF. 0B84370642, Expte. 28/19/08/00151381, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 11 de Mayo de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 6 DE JULIO DE 2010, a las 10:00 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30, MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se declara su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán librarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACION ADJUNTA DE BIENES MUEBLES QUE SE SUBASTAN:

NUM. DE LOTE: 1.

BIEN: VEHICULO NISSAN PICK UP 2.5.

MATRICULA: 2603CRM.

Cargas que deben quedar subsistentes: No existen.

Valor de tasación: 6.570,00 euros.

Tipo de subasta: 6.570,00 euros.

Madrid, a 11 de Mayo de 2010.- El Director Provincial.- Rodrigo Mares Ramírez.

PROVIDENCIA DE SUBASTAS DE BIENES INMUEBLES.

José Manuel Ruiz Gómez-Caro, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm 19 de Madrid, sita en C/ Moreras, 50, de ARANJUEZ(MADRID).

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor, KERALT AND TSUNAMI, S.L.L. CIF. 0B83482703, Expte. 28/19/05/00224351, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 4 de Mayo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 8 DE JULIO DE 2010, a las 10:00 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30, MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se declara su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán librarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN:

REGISTRO DE PINTO. NUM. TOMO: 854 NUM. LIBRO: 295 NUM. FOLIO:140 NUM.FINCA:19572.

Urbana. Local Comercial en Planta Baja del edificio en Pinto, calle de Perales,4. Diáfano. Cuenta con sótano al que se accede a través de escalera interior. Superficie:195,92 M2, de los que 40 M2 corresponden al sótano.

Cargas que deben quedar subsistentes: Hipoteca a favor de Caja de Ahorros y M.P. de Zaragoza, Aragón y Rioja. Importe:109.943,86.

Valor de tasación: 405.580,88 euros.

Tipo de subasta: 295.637,02 euros.

Madrid, a 4 de Mayo de 2010.- El Director Provincial.- Rodrigo Mares Ramírez.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

José Manuel Ruiz Gómez-Caro, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/19, sita en la C/ Las Moreras, 50-52 de Aranjuez.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (BOE de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Del 27), según la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero (B.O.E. Del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN.

TRAMITE DE AUDIENCIA.

De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que los interesados que abajo se relacionan son figuran o han figurado como administradores o miembros del consejo de administración de la Sociedad que asimismo se indican y que mantienen una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total señalado.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/19 de las de Madrid, sita en la Calle Moreras, nº 50, 28300-Aranjuez, Teléfono 91 8920955. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.).

Expediente: 28190900435944.

Administrador /miembro del consejo de administración: MARTIN MENDEZ LOPEZ.

Domicilio: CL. ARQUITECTURA, 22 28223 POZUELO DE ALARCON.

Sociedad deudora con la Seguridad Social: AIRE Y VENTILACION, S.L.

Importe de la deuda: 383.760,08 Euros.

Periodo de la deuda: 12/2008 a 07/2009.

Expediente: 28190900435944.

Administrador /miembro del consejo de administración: JUAN CARLOS MENDEZ LOPEZ.

Domicilio: CL. ARQUITECTURA, 2428223 POZUELO DE ALARCON.

Sociedad deudora con la Seguridad Social. AIRE Y VENTILACION, S.L.

Importe de la deuda: 383.760,08 Euros.

Periodo de la deuda: 12/2008 a 07/2009.

URE 28/20.

EDICTO DE NOTIFICACION DE ACTOS DE GESTION DE RECAUDACION EJECUTIVA.

Doña Rosa Gismero Minguez, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/20, sita en la calle Mosquilona, 57 de Colmenar Viejo.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Y DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA 501 Y 504).

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia por deudas con la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe se indica a continuación.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios Profesionales o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Expediente: 28200500212716 Tipo Identificador: 07 280448590133.

Nombre o razón social: Oña Aguirre Claudia.

Domicilio: Urb. Guadalcampo, 77.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Documento: 282050109031547922.

Principal: 6.149,28 euros Recargo: 1.229,89 euros.

Intereses: 832,91 euros Costas devengadas: 0,00 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 8.312,08 euros.

Fecha de la diligencia: 10/06/2009.

Cotitular: Alfonso Basanta Ortega.

Domicilio: Urb. Guadalcampo, 77.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Relación de bienes embargados.

Urbana.50 por 100 pleno dominio. Parcela de terreno señalada con el numero setenta y siete de la urbanización Guadalcampo en termino de Guadalix de la sierra. Ocupa una superficie de 525m2.Sobre la misma se ha construido una vivienda unifamiliar en la parcela nº77, calle b, urbanización "el balcón de Guadalix". Inscrita en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo nº2. T.638, L.63, F.15, F.4652.

Expediente: 28200700056560 Tipo Identificador: 07 281029512264.

Nombre o razón social: García Aparicio, Jesús.

Domicilio: C/ Carretas, 23.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Documento: 282050408010050016.

Principal: 1.193,95 euros. Recargo: 238,80 euros.

Intereses: 67,08 euros. Costas devengadas: 0,00 euros.

Costas e intereses presupuestados: 0,00 euros.

TOTAL: 1.499,83 euros.

Fecha de la diligencia: 25/02/2008.

Cotitular: Antonio García Aparicio.

Domicilio: C/ Carretas, 29.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Cotitular: José Luis García Aparicio.

Domicilio: C/ Carretas, 23.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Relación de bienes embargados.

Rustica: 33,3333333% pleno dominio. Tierra en Guadalix de la Sierra, conocida con el nombre de Arroyo de Garguera, al sitio de la Cañada de las Merinas. Tiene una superficie de veintiocho áreas y cuarenta centiáreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo nº2.T.682,L.69,F.13,F.4941.

Expediente: 28200800127925 Tipo Identificador: 10 28115412715.

Nombre o razón social: Reformas y Decoraciones A.C., S.L.

Domicilio: Av. De San Diego, 3.

Localidad: 28053 Madrid.

Documento: 282050410025601191.

Principal: 11.359,23 euros Recargo: 2.271,82 euros.

Intereses: 937,29 euros Costas devengadas: 57,32 euros.

Costas e intereses presupuestados: 0,00 euros.

TOTAL: 14.625,66 euros.

Fecha de la diligencia: 16/04/2010.

Relación de bienes embargados.

Urbana. 100% pleno dominio. Local comercial de planta baja, de la casa en Madrid, avenida de San Diego numero tres. Ocupa una superficie util aproximada de sesenta y tres metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid nº19.T.314, L.314, F.206, F.30900.

Expediente: 28200000072632 Tipo Identificador: 07.

280354021496.

Nombre o razón social: Rodríguez Pariente Fernando.

Domicilio: C/ Almería, 3 - 6ª.

Localidad: 28770 Colmenar Viejo.

Documento: 282050110031035619.

Principal: 9.836,14 euros Recargo: 2.030,46 euros.

Intereses: 1.474,00 euros Costas devengadas: 20,92 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100,00 euros.

TOTAL: 13.461,52 euros.

Fecha de la diligencia: 06/05/2010.

Cotitular: Emilio Rodríguez Pariente.

Domicilio: C/ Vivarones, 38.

Localidad: 28729 Navalafuente.

Relación de bienes embargados.

Urbana: 50% pleno dominio. Parcela de terreno señalada con la letra a en urbanización peña hueca sita en la calle Vivarones señalada con el numero treinta y ocho-a, en Navalafuente. Ocupa una superficie de mil veinticinco metros y diecinueve decímetros cuadrados, sobre la que se esta construyendo una vivienda unifamiliar. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna. T.1368, L.36, F.34, F.2565.

Expediente: 28200900106936 Tipo Identificador: 07.

280365120320.

Nombre o razón social: Montes Díaz Francisco Manuel.

Domicilio: C/ Prado Luis, 15.

Localidad: 28440 Guadarrama.

Documento: 282050110018537571.

Principal: 1.897,30 euros. Recargo: 379,43 euros.

Intereses: 83,28 euros. Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100,00 euros.

TOTAL: 2.470,47 euros.

Fecha de la diligencia: 16/03/2010.

Relación de bienes embargados.

Urbana: pleno dominio. En término de Soberrón, concejo de Llanes, al sitio del corrillo, trozo de terreno de ciento sesenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Llanes. T.892, L.587, F.201, F.88910.

EDICTO DE NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES EMBARGADOS.

HACESABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor SANESTE INMUEBLES, S.L. con NIF 0B83654715, cuyo último domicilio conocido es C/Mayor, 2 en Miraflores de la Sierra (Madrid) por deudas a la Seguridad Social por importe principal: 38.232,17 euros, recargo: 7.646,42 euros, intereses: 3.929,18 euros, costas: 424,83 euros, y total: 50.232,60 euros, se ha producido con fecha18.06.2008 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta unidad de Recaudación Ejecutiva, según se detalla al pie de este edicto, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla:

Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de recaudación ejecutiva solicitará de los Colegios de Asociaciones Profesionales o Mercantiles oportunos, la designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 ("Boletín Oficial del Estado" del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición del deudor, se expide el presente edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado reglamento, lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, "Boletín Oficial del Estado" del día 27, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN EMBARGADO:

URBANA.-Numero cinco.-vivienda centro en la planta segunda, en término de Miraflores de la Sierra, calle Eusebio Guadalix, señalado con el numero cuarenta y ocho, actualmente sesenta y ocho. Ocupa una superficie de setenta y siete metros cuadrados. Inscrita en el Registro de Colmenar Viejo nº2, al Tomo 879, Libro 110, Folio 176, Finca 7342.

IMPORTE DE TASACION: 162.264,41 euros.

HACESABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor REFORMAS Y DECORACIONES A.C, S.L. con NIF 0B81122285, cuyo último domicilio conocido es Av. De San Diego, 3 en Madrid por deudas a la Seguridad Social por importe principal: 18.244,05 euros, recargo: 3.648,78 euros, intereses: 2.013,89 euros, costas: 492,32 euros, y total: 24.399,04 euros, se ha producido con fecha10.05.2010 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta unidad de Recaudación Ejecutiva, según se detalla al pie de este edicto, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla:

Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de recaudación ejecutiva solicitará de los Colegios de Asociaciones Profesionales o Mercantiles oportunos, la designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 ("Boletín Oficial del Estado" del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición del deudor, se expide el presente edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado reglamento, lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, "Boletín Oficial del Estado" del día 27, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN EMBARGADO:

URBANA.-Uno. Local comercial de planta baja, de la casa en Madrid, avenida de San Diego numero tres. Ocupa una superficie útil aproximada de sesenta y tres metros cuadrados. Inscrita en el Registro de Madrid, nº19, al Tomo 314, Libro 314, Folio 206, Finca 30900.

IMPORTE DE TASACION: 187.912,33 euros.

NOTIFICACION DE PROVIDENCIAS DEL INEM.

Doña Rosa Gismero Mínguez, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social de la Unidad nº 28/20, con domicilio en C/ Mosquilona, 57 de Colmenar Viejo.

HAGO SABER: Que en estas oficinas se sigue expediente administrativo contra los sujetos obligados al pago, por deudas a la Seguridad Social, que posteriormente se relacionan, a los que no fue posible notificar la providencia de apremio dictada por el Sr. Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, por resultar en paradero desconocido o haber sido posible la notificación en los domicilios que se citan. En consecuencia y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 109 del R.D. 1637/95 de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, acuerdo practicar notificación por medio de este Edicto a los sujetos pasivos obligados al pago, de la siguiente:

PROVIDENCIA. En uso de la facultad que me confiere el art. 108 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, una vez expedida certificación de descubierto, ordeno la ejecución forzosa sobre bienes y derechos del deudor con arreglo a los preceptos del citado Reglamento fijándose el recargo de apremio en la cuantía del 20 por 100 del principal.

Igualmente acuerdo hacer saber a los interesados:

1. Que deberán hacer el pago de la deuda en el plazo de 15 días y que de no hacerlo así, se procederá sin más al embargo de sus bienes.

2. Que deben comparecer por sí o por medio de representante autorizado, en el expediente, en el plazo de 8 días, quedando enterado de que transcurrido dicho plazo serán declarados en rebeldía, mediante providencia dictada en el mencionado expediente y, desde ese momento, las notificaciones se efectuaran en las propias dependencias del órgano ejecutor.

3. Que los únicos motivos de oposición a la providencia de apremio, son los detallados en el art. 103 del citado texto legal.

4. Que contra el acto podrá interponerse, de conformidad con lo establecido en el art. 183 del RD 1637/1995, recurso ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en los términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el art. 184 del Reglamento General de Recaudación ya mencionado.

5. Que la interposición del recurso NO SUSPENDE el procedimiento salvo que se proceda conforme a lo dispuesto en el art. 184 del R.D. Ya citado.

6. Si el deudor residiese fuera de la localidad donde se tramita el expediente, podrá designar en la sede de esta URE, persona que le represente y reciba las notificaciones que hayan de hacérsele.

Sujetos obligados al pago que se relacionan:

C.C.C. – Nombre/Razon Social. – Domicilio. – Código Postal. – Localidad. – Nº Certif. – Periodo. – Importe.

07281051463768. – GARRIDO CATURLA ALEJANDRO. – SECTOR PINTORES, 13-1ºA. – 28760. – TRES CANTOS. – 2808050800524. – 01/02/2003-30/03/2003. – 1.503,71.

07281019667067. – MILLA LARENAS MARCELA. – C/VIRGEN DE ARANZAZU, D-BJ. – 28770. – COLMENAR VIEJO. – 2809050894570. – 21/02/2007-20/08/2007. – 2.690,41.

07280371814027. – FRANCISCO HERNAN BLASCO. – C/ BOTEROS, 6 - 1ºC. – 28770. – COLMENAR VIEJO. – 2810050934258. – 13/07/2005-11/09/2005. – 705, 64.

07281212395155. – TUESTA AREVALO BETTY. – AV.LABRADORES, 3 - 3ºC. – 28760. – TRES CANTOS. – 2810050945574. – 12/10/2005-30/12/2005. – 2.018,64.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E.del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (B.O.E.del 25), y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29).Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Mosquilona nº 57 de Colmenar Viejo.

Nº del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI). – Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal(CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Número del expte. administrativo de apremio (NºEXPTE). – Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de dministración (ENTIDAD MERCANTIL). – Importe de la Deuda que antiene con la Seguridad Social (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

005234885Q. – D. JUAN ANTONIO MARINA GONZALEZ. – CL MALACUERA, 3. – 28180. – TORRELAGUNA (MADRID). – 28200984809. – EURO-HOSTELERIA MEDITERRANEA, SL. – 69.319,22 EUROS. – DE 06/2008 A 12/2009.

005386757L. – D. JOSE LUIS MARINA GONZALEZ. – CL MALACUERA, 3. – 28180. – TORRELAGUNA (MADRID). – 28200984809. – EURO-HOSTELERIA MEDITERRANEA, SL. – 69.319,22 EUROS. – DE 06/2008 A 12/2009.

0X4330671R. – D. JERONIMO GUILLERMO DOMINGUEZ FAREZ. – CL LONGAR, 10 – 1º A. – 28180. – TORRELAGUNA (MADRID). – 282006122918. – CONST. PROM. Y SERVICIOS V. JERONIMO DOMINGUEZ E HIJOS, SL. – 132.275,17 EUROS. – DE 10/2005 A 12/2008.

006526092. – D. MARIANO GARCIA GARCIA. – CT NACIONAL 320, KM 334. – 28180. – TORRELAGUNA (MADRID). – 282006214258. – EQUILIBRIUM HIPICA Y RESTAURACION, SL. – 71438,73 EUROS. – DE 12/2005 A 12/2009.

0B85588614. – DOMINGUEZ &PEÑARANDA CONSTRUCCIONES, SL. – CL POLVORIN, 8 1º B. – 28722. – EL VELLON (MADRID). – CONST. PROMOC. Y SERV. JERONIMO E HIJOS, SL. – 132275,17 EUROS. – DE 10/2005 A 12/2008.

Colmenar Viejo, a 4 de junio de 2010. La Recaudadora Ejecutiva, Rosa Gismero Minguez.

URE 28/24.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE.

BIENES INMUEBLES.

D. FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra REYES MARTINEZ SIMON con código cuenta de cotización nº 07 030098083707por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL VALDIDUEÑAS 58 DE DAGANZO se procedió con fecha 15-04-2010al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor REYES MARTINEZ SIMON, con D.N.I/N.I.F. Número 74086730G, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

Importe principal: 1191,71 euros.

Recargo de apremio: 238,36 euros.

Intereses: 51,65 euros.

Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas presupuestas: 142 euros.

Total débitos: 1634,18 euros.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD XIXONA 1.

TOMO: 1115LIBRO:199 FOLIO: 28FINCA: 10822.

DESCRIPCION.100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN XIXONA, ALICANTE, CL VALL 4. SUPERFICIE 180 M2, CONSTRUIDOS 45 M2 POR PLANTA, EDIFICACION DE 4 PLANTAS. CUOTA 80%.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz,a 2 de junio de 2010.

EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra LUIS RODRIGUEZ GARCIA con código cuenta de cotización nº 07 280337456829por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL MARTE 1 3º B DE TORREJON DE ARDOZse procedió con fecha 30-03-2010al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor LUIS RODRIGUEZ GARCIA, con D.N.I/N.I.F. Número 43661183F, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

Importe principal: 946,10 euros.

Recargo de apremio: 189,22 euros.

Intereses: 37,43 euros.

Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas presupuestas: 112 euros.

Total débitos: 1.295,21 euros.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 1.

TOMO: 3766 LIBRO: 991 FOLIO: 118. FINCA: 60795.

DESCRIPCION.100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA TIPO DUPLEX, CL MARTE 1 3º B, SECTOR LOS FRESNOS, TORREJON DE ARDOZ. SUPERFICIE CONSTRUIDA 154,60 M2. ANEJOS INSEPARABLES PLAZA DE GARAJE 42 Y TRASTERO 4, AMBOS EN PLANTA SOTANO. CUOTA 3,74%.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, a 2 de junio de 2010. EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra HANAN BOUZAKOURA con código cuenta de cotización nnº 07 041019890466por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL VIRGEN DEL PILAR 12 2ª IZQ TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 30-04-2010al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor HANAN BOUZAKOURA, con D.N.I/N.I.F. Número X2884963G, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

Importe principal: 2.946,11 euros.

Recargo de apremio: 616,71 euros.

Intereses: 192,79 euros.

Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas presupuestas: 355 euros.

Total débitos: 4.121,07 euros.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 3.

TOMO: 3885LIBRO:1110 FOLIO: 169FINCA: 6112.

DESCRIPCION. 33,33 % DEL PLENO DOMINIO DEL LOCAL COMERCIAL 21, CL GUADALAJARA, TORREJON DE ARDOZ. SUPERFICIE 39,65 M2. CUOTA 0,40%.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 2 de junio de 2010

EL JEFEDE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE.

BIENES INMUEBLES.

Don FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra VICTOR PORUBIN con código cuenta de cotización nº CCC por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL VELAZQUEZ 12 DE EL POZO DE GUADALAJARA se procedió con fecha 28-4-10al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor VICTOR PORUBIN, con D.N.I/N.I.F. Número X4110287A, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

Importe principal: 2.108,15 euros.

Recargo de apremio: 421,44 euros.

Intereses: 84,36 euros.

Costas devengadas: ...

Costas presupuestas: 252 euros.

Total débitos: 2.864,95 euros.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD GUADALAJARA 2.

TOMO: 1725LIBRO: 13FOLIO: 6FINCA: 1144.

DESCRIPCION.100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN POZO DE GUADALAJARA, CL VELAZQUEZ 12. SUPERFICIE CONSTRUIDA 100,91 M2, TERRENO 262,50 M2, PARCELA 20.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz,7 de mayo de 2010.

EL JEFEDE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra MARIA ISABEL SEBASTIAN CAMARENA con código cuenta de cotización nº 07 280419207116por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en AV VIRGEN DE LORETO 25 2º A DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 15-04-2010al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor SEBASTIAN CAMARENA MARIA ISABEL, con D.N.I/N.I.F. Número 8965445E, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

Importe principal: 1.939,23 euros.

Recargo de apremio: 387,88 euros.

Intereses: 100,43 euros.

Costas devengadas: 10,46.

Costas presupuestas: 231 euros.

Total débitos: 2.669 euros.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREJON DE ARDOZ 3.

TOMO: 3333. LIBRO: 661. FOLIO: 103. FINCA: 47159.

DESCRIPCION.100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, AV VIRGEN DE LORETO 25 IZQ 2º A. SUPERFICIE CONSTRUIDA 105,09 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, a 9 de junio de 2010.

EL JEFEDE U.R.E.

URE 28/29.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO BIENES MUEBLES.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en la relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en la Avenida del General Mola n 7 de Pozuelo de Alarcón (teléfono: 91 351 21 29/35), en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer.

RELACION QUE SE CITA.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO. – N. DOCUMENTO

280457430671. – 28290500210544. – VILA CAZAÑA YOLANDA. – 005392274Q. – CL GOMEZ TEJEDOR 61 C 2 C. – 28224. – POZUELO DE ALARCON. – 4156,43. – DILIGENCIA DE EMBARGO VEHICULOS (JEEP GRAND CHEROKEE MATRICULA O 5783 BX; MAZDA 626 W MATRICULA 9731 BFT). – .

28104272465. – 28299500204485. – CARMEN SANCHEZ BELMONTE. – 051841818W. – FUENTECILLA 25. – 28670. – VILLAVICIOSA DE ODON. – . – EMBARGO SALARIO, SUELDOS, PENSIONES Y OTRAS PERCEPCIONES ECONOMICAS (EMBARGO DE SALARIOS EN LAS EMPRESAS CALDEMAR SL (0B80444540) Y AMAR LIMPIEZAS SA (0A28740447).-.

28141211580. – 28290700066718. – LOS NIÑOS GORI GORI SL. – 0B83260174. – PP RONDA N. 7. – 28690. – BRUNETE. – 12330,11. – NOBRAMIENTO DEPOSITARIO. – 282934110016841384. – SE NOMBRA DEPOSITARIA A Dª ANA MARIA MARTIN MONTERONIF: 050434987N CON DOMICILIO EN BRUNETE CALLE CARMEN N. 1.

EDICTO DE NOTIFICACION DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

Hace saber:: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en la Avenida del General Mola n 7 de Pozuelo de Alarcón (teléfono: 91 351 21 29/35) en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, transcurridos ocho días desde la publicación de este acto sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta concluir la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho a comparecer que le asiste.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO.

28146560223. – 28290700176549. – CONSTRUCCIONES GIP. – COMP, S.L. – 0B83863563. – NAVACERRADA N. 5. – 28690. – BRUNETE. – 20180,75. – NOTIFICACION VALORACION VEHICULO. – 282934410018673371. – VEHICULO PEUGEOT BOSER 270 CS MATRICULAM 3427WF. – IMPORTE DE TASACION 1750,00 euros.

NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificarla VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

Laz valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoracion inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. Solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. Del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – PRINCIPAL. – RECARGO. – INTERESES. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO

28149468708. – 28290500251667. – PRODES MULTIMEDIA SL. – 0B83816256. – VALLE DEL TORMES2. – 28660. – BOADILLA DEL MLNTE. – 40717,63. – . – NOTIFICACION VALORACION. – 282950310010324705.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA -PIEDRAHITA.-2455/A.-1918.-29.-36.-SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO. PARCELA 260, DEL POLIGONO 13, EN EL MUNICIPIO DE LA CARRERA, EN EL PARAJE DE LA JOYA. TIENE UNA SUPERFICIE DE TERRENO: HA: 0.- A: 10 CA: 99 IMPORTE DE LA TASACION: 1576,74.-AL INTERESADO.

28168618730.-28290800260341.-LUIS ISRAEL LOPEZ RODRIGUEZ.-052365274R.-VALLE DEL CERRATO 5 1BJ A.-28229.-VILLANUEVA DEL PARDILLO.-16245,58.-.-NOTIFICACION VALORACION.-282950310011886405.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA -MAJADAHONDA 1.-9513.-2786.-134.-75.-SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PROPIO.

VIVIENDA LETRA A, SITUADA EN LA PLANTA BAJA DEL PORTAL Nº 1 DEL EDIFICIO DE LA CALLE VALLE DEL CERRATO Nº5 DE VILLANUEVA DEL PARDILLO. OCUPA UNA SUPERFICIE UTIL DE 136,54 M2 INCLUYENDO TERRAZA Y TENDEDERO.- CONSTRUIDA 105,74 M2.- Y CONSTRUIDA TOTAL, CON INCLUSION DE ELEMENTOS COPMUNES DE 253,81 M2, DE LOS QUE CORRESPONDEN 125,02 M2 A LA VIVIENDA PROPIAMENTE DICHA. A ESTA VIVIENDA LE CORRESPONDE EL USO Y DISFRUTE, EXCLUSIVO Y EXCLUYENTE, DE UN JARDIN DE 93,65M2 LINDEROS: AL FRENTE, CONSIDERANDO COMO TAL SU PUERTA DE ENTRADA, MESETA Y RELLANO DE ESCALERA.- DERECHA ENTRANDO, VIVIENDA LETRA B DE SU MISMA PLANTA Y PORTAL.- IZQUIERDA, VIVIENDA LETRA D DE SU MISMA PLANTA Y PORTAL Y CAJA DE ESCALERA.- Y FONDO, PARCELA RC-2. A ESTA VIVIENDA LE CORRESPONDE COMO AEJO INSEPARABLE LA PLAZA 62, QUE OCUPA UNA SUPERFICIE UTIL DE 15,34 M2 Y QUE LINDA: AL FRENTE CON ZONA DE ACCESO Y MANIOBRA.- A LA DERECHA CON CUARTO DE INSTALACIONES.- IZQUIERDA, PLAZA Nº 61.- Y FONDO, SUBSUELO DEL EDIFICIO. IMPORTE DE TASACION: 342499,14.

28128783961.-28290800369970.-ARAGAS MADRID SL.-0B82390337.-CARRETERO 7.-28660.-BOADILLA DEL MONTE.-85273,85.-.-NOTIFICACION VALORACION.-282950310018793411.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA -POZUELO DE ALARCON N. 1.-.-.-.-.-REGISTRO DE ALCORCON N. 1 SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO DE: URBANA: PARCELA NUNERO 41 B, DE LA MANZABA F, DEL POLIGONO 1, PERTENECIENTE A LA UNIDAD DE ACTUACION NUMERO DIECISEIS DEL POLIGONO INDUSTRIAL VENTORRO DEL CANO EN ALCORCON. TIENE CONSTRUIDA UNA NAVE INDUSTRIAL ADOSADA SUPERFICIE: 272,89 METRSO CUADRADOS SUPERFICIE CONSTRUIDA: 272,9 METROS CUADRADOS LINDA: NORTE, EN LINEA DE CATORCE METROS SESENTA Y OCHO CENTIMETROS CON PARCELA 39-B.- SUR: EN LINEA DE 14 METROS 95 CENTIMETROS, CON CALLE VALDEMORILLO.- ESTE, EN LINEA DE 18 METROS CUARENTA CENTIMETROSA, CON PARCELA CUARENTA Y CUATRO Y OESE, EN LINEA DE DIECIOCHO METROS CUARENTA Y DOS CENTIMETROS, CON PARCELA CUARENTA Y UNO A. IMPORTE DE TASACION: 491255,24.

28154884338.-28290900007158.-CONSTRUCCIONES Y REFORMAS POLONIA GESTION INMOBILIARIA SL.-0B84345016.-REAL DE SAN SEBASTIAN 15.-28690.-BRUNETE.-3453,94.-.-NOTIFICACION VALORACION.-282950309075407177.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA -YESTE.-6820.-863.-58.-117.-EMBARGO DEL 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA EN MOLINICOS C/ DE LA VEGALLERAN. 130. TIENE UNA SUPERFICIE DE 43 M2 Y CONSTRUIDO 86 M2. LINDA: FRENTE, CALLE Y ANGEL SEGURA ROMERO DERECHA, CANDIDO SEGURA SEGURA.- IZQUIERDA, ANTONIO SEGURA RODRIGUEZ Y ANGEL SEGURA ROMERO.-FONDO, CANDIDO SEGURA SEGURA. IMPORTE DE TASACION: 2516,79 €.

EDICTO DE NOTIFICACION DE DILIGENCIA DEEMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De General Mola n. 7 de Pozuelo de Alarcón.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificarla siguiente.

DILIGENCIA:

En cumplimiento de la Providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. Del día 25). DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad total señalada en la relación.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. En caso de discrepancia, si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. Solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y será la definitivamente aplicable.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del citado Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de 10 días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

ADVERTENCIA: Los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal con la publicación del presente EDICTO, así como los demás interesados en el expediente.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN QUE SE CITA.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – PERIODO DE LA DEUDA. – PRINCIPAL. – RECARGO. – INTERESES. – COSTAS devengadas. – Costas presupuestadas. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO.

280120174708. – 28030900020930. – MANUEL BUJALANCE PARIAS. – 051565045B. – JOSE ABASCAL 44 1º IZQ. – 28003. – MADRID. – 05/2008 A 12/2008. – 2075,2. – 415,05. – 137,98. – 10,46. – 175,05. – 2813,74. – 282950109068176637. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

FUENLABRADA 1.-9873.-1111.-86.-154.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA Nº 1.- SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO PARCELA Nº 27. SOLAR EN TERMINO MUNICIPAL DE GRIÑON, A LOS SITIOS CAMINO DE CUBAS Y LINDE DEL ARROYO DE GRIÑON, URBANIZACION NUEVOSHORIZONTES. OCUPA UNA SUPERFICIE DE 246,51 M2. LINDA: AL NORTE, CALLE INTERIOR.-SUR, FINCA DE JOSE RAMON SIERRA REBOLLEDO.-AL ESTE, PARCELA Nº 26.-Y PESTE, CON CAMINO DE CUBAS.LE CORRESPONDE POR VINCULACION URBANISTICA Y CON CARACTER INSEPARABLE UNA PARTICIPACION INDIVISA DE 4 ENTEROS 11 CENTESIMAS POR CIENTO EN LA PROPIEDAD DE LA PARCELA Nº 29. SOBRE ESTA PARCELA SE ESTA CONSTRUYENDO UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR QUE OCUPA UNA SUPERFICIE DE 126,88 M2.REF. CATASTRAL: 7914827VK2571S0001BE.-AL INTERESADO Y A Dª M CARMEN LORETO ALPEDRIN PEDRAJAS COMO CONYUGE..-MADRID Y GRIÑON.

280279955936. – 28099900007701. – ANGEL VALLEJO RIVERA. – 001359420M. – CAÑADA DE LAS CARRERAS 64. – 28223. – POZUELO DE ALARCON. – 07/2003 A 02/2009. – 20677,23. – 5235,03. – 2906,75. – 31,38. – 1816,05. – 30666,44. – 282950110005896552. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ALMODOVAR DEL CAMPO.-4392.-2125.-66.-50.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMODOVAR DEL CAMPO SE EMBARGA EL PLENO DOMINIO DE 2 ENTEROS Y 72 CENTESIMAS DE OTRO POR CIENTO SOLAR EN MESTANZA, Y SU CALLE JUAN VALLEJO Nº 9. OCUPA UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 240 M2.LINDA TOMANDO COMO FRENTE SU ACCESO: FRENTE, CALLE DE SU SITUACION.-DERECHA ENTRANDO, FINCA SITA EN LA CALLE JUAN VALLEJO Nº 11.-IZQUIERDA, FINCA SITA EN LA CALLE JUAN VALLEJO Nº 7.-FONDO, SUELO URBANO SIN CATASTRAR. .-AL INTERESADO.-POZUELO DE ALARCON.

280369314861. – 28180700414482. – VICENTE PORTELA RODRIGUEZ. – 000396141N. – DON JOSE DE LA MORENA 9. – 28609. – VILLAMANTILLA. – 03/2007 A 10/2008. – 4644,93. – 928,97. – 728,47. – 28,11. – 394,65. – 6725,13. – 282950110017194729. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

NAVALCARNERO N. 1.-1155.-23.-145.-2.-REGISTRO DE NAVALCARNERO N. 1 SE EMBARGA EL 100% DE LA PARCELA N. 24 DEL POLIGONO 8 EN EL PARAJE CAMINO DE ALDEA DEL FRESNO DE VILLAMANTILLA.-EL INTERESADO.-VILLAMANTILLA.

281001600213. – 28180800280834. – ANTONIO DUARTE CONCEICAO. – 047582454P. – ALONDRA 2 BJ 4 A. – 28609. – SEVILLA LA NUEVA. – 05/2008 A 06/2009. – 18800,4. – 3760,1. – 1379,87. – 0. – 1601,69. – 25542,06. – 282950110026923930. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES. – FIGURA EN CATASTRO. – SE EMBARGA EL 33.33 % DE LA FINCA EN TRILLO REFERENCIA CATASTRAL 2212026WL4021S0001YP.

FINCA URBANA, SIN EDIFICAR. URBANIZACIÓN VALDENAYA AV ENIDA DE TRILLO N. 91. .-A Don JOSE ANTONIO LOPEZ TAMAYO LAZCANO COMO COTITULAR.-EL ESCORIAL.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

VILLAVICIOSA DE ODON.-7491.-612.-328.-141.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VILLAVICIOSA DE ODON SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL. VIVIENDA EN VILLAVICIOSA DE ODON. SITUACION: EL BOSQUE.-LOCALIZACION: CALLE PIDUERGA Nº 50. REF. CATASTRAL: 908514VK2700N0001LY.

SUPERFICIE CONSTRUIDA: 422.29 M2.-SUPERFICIE DE TERRENO: 1640 M2. LINDEROS: NORTE, PARCELA 32.-SUR, CALLE 6.-ESTE, CALLE 93.-OESTE, PARCELA 30.-AL INTERESADO Y A D. JUAN CARLOS GOMEZ SALINAS COMO CONYUGE.-VILLAVICIOSA DE ODON.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MIJAS N. 2.-24637.-1118.-340.-54.-REGISTRO DE MIJAS N 2 NATURALEZA DE LA FINCA: VIVIENDA N. 132, SEGUNDA PLANTA BLOQUE W-19 LOCALIZACION: URBANIZACION DOÑA LOLA. PLANTA SEMISOTANO SUPERFCICE CONSTRUIDA 114,37 M2.

LINDA.-NORTE, FINCA MATRIZ DE LA QUE PROCEDE LA URBANIZACION Y EN PARTE HUECO DE ESCALERA.-SUR, FINCA MATRIZ DE LA QUE PROCEDE LA URBANIZACION.-ESTE, CON VIVIENDA 231.-OESTE, CON VIVIENDA 131.-AL INTERESADO Y A Dª. M. DOLORES GONZALEZ SOSA COMO SU CONYUGE EN MADRID.-MADRID.

28153824816. – 28260800009304. – PROTUREZ SL. – 0B81452047. – ARAQUIL 3. – 28023. – MADRID. – 04/2007 a 09/2007. – 4436,08. – 887,21. – 276,18. – 0. – 300. – 5899,47. – 282608032671931. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID 40.-12479.-1152.-276.-81.-URBANA.- VIVIENDA UNIFAMILIAR EN CONSTRUCCION, UBICADA EN LA PARCELA B, EMPLAZADA EN LA CALLE EN FONDO DE SACO RECAYENTE A LA CALLE ANA TERESA DE ARAVACA, MADRID, SEÑALADA CON EL NUMERO VEINTIDOS DE DICHA CALLE. DICHA VIVIENDA CONSTA DE: - PLANTA SEMISOTANO DETINADA A SERVICIOS GENERALES -ELECTRICIDAD, ABASTECIMIENTO DE AGUAS, CALEFACCION, DISTRIBUCION, ETC.- Y UN GARAJE, INCLUYENDO DENTRO DE ESTA PLANTA LOS VESTUARIOS DE LA PISCINA Y EL DORMITORIO DEL PERSONAL DE SERVICIO. ESTA PLANTA CUENTA CON UN ACCESO DE VEHICULOS CON PUERTAS DE.

ACCIONAMIENTO AUTOMATICO PARA EL GARAJE Y UNA ESCALERA INTERIOR DE SERVICIO PERMITE LA COMUNICACION INTERIOR CON EL RESTO DE LA VIVIENDA. EXISTE TAMBIEN UNA ESCALERA EXTERIOR CON EL FIN DE PODER ACCEDER A LOS VESTUARIOS DE LA PISCINA DIRECTAMENTE DESDE EL JARDIN SIN NECESIDAD DE ENTRAR EN LA VIVIENDA. - PLANTA BAJA, CONSTA DE UN VESTIBULO DE ENTRADA QUE DA ACCESO AL DISTRIBUIDOR GENERAL DE LA VIVIENDA. DESDE EL PRIMER RECINTO DE ENTRADA SE DA ACCESO A UN DESPACHO DE CARACTER PERSONAL. EL RECINTO INTERIOR DE DISTRIBUCION PERMITE EL ACCESO A LA ZONA DE SERVICIO -COCINA, PLANCHA, DESPENSA, ETC.-.-TAMBIEN DISPONE DE ACCESO DESDE EL DISTRIBUIDOR, EL SALON-COMEDOR Y LA ESCALERA QUE COMUNICA LAS PLANTAS BAJA Y PRIMERA. EN LA PLANTA BAJA SE HA DISPUESTO UN ASEO PARA VISITAS. - PLANTA PRIMERA, DESTINADA FUNDAMENTALMENTE A ZONA DE DORMITORIOS.

EXISTE UN DORMITORIO PRINCIPAL CON BAÑO COMPLETO INCORPORADO AL MISMO, TAMBIEN DISPONE ESTE DORMITORIO DE TERRAZA. LOS CUATRO DORMITORIOS RESTANTES TIENEN LOS ASEOS DISPUESTOS DE LA SIGUIENTE FORMA: DOS DORMITORIOS TIENEN UN CUARTO DE BAÑO COMPLETO INCORPORADO AL DORMITORIO. SUPERFICIE CONSTRUIDA ENTRE TODAS LAS PLANTAS: CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS Y SESENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS -496,61 M. CUADRADOS. SUPERFICIE OCUPADA DE PARCELA: CIENTO SESENTA Y SEIS METROS Y TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS -166,37 M. CUADRADOS. LA TOTALIDAD DE LA PARCELA ADOPTA LA FORMA DE UN CUADRILATERO IRREGULAR, QUE COMPRENDE UNA SUPERFICIE PLANA HORIZONTAL DE MIL CUATRO METROS Y CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS -1.004,45 M. CUADRADOS. LINDA: NORTE, EN LINEA RECTA DE CUARENTA Y DOS METROS Y SESENTA CENTIMETROS, CON PARCELA RESULTANTE A DE ESTA PARCELACION.-ESTE, LINEA RECTA DE VEINTITRES METROS, CON PARCELA RESULTANTE E DE ESTA PARCELACION.-SUR, LINEA RECTA DE CUARENTA Y NUEVE METROS Y NOVENTA CENTIMETROS, CON PARCELAS RESULTANTES C Y D DE ESTA PARCELACION.-Y OESTE, LINEA RECTA DE VEINTIUN METROS Y SETENTA Y CINCO CENTIMETROS, CONSTITUYENDO ALINEACION EXTERIOR A LA CALLE EN FONDO DE SACO..-A Dª MARIA TERESA FERNANDEZ BARDISA COMO ACREEDORA .-MADRID.

28153824816. – 28260800009304. – PROTUREZ SL. – 0B81452047. – ARAQUIL 3. – 28023. – MADRID. – 04/2007 a 09/2007. – 4436,08. – 887,21. – 276,18. – 0. – 300. – 5899,47. – 282650409010634621. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID 40.-12479.-1152.-276.-81.-URBANA.- VIVIENDA UNIFAMILIAR EN CONSTRUCCION, UBICADA EN LA PARCELA B, EMPLAZADA EN LA CALLE EN FONDO DE SACO RECAYENTE A LA CALLE ANA TERESA DE ARAVACA, MADRID, SEÑALADA CON EL NUMERO VEINTIDOS DE DICHA CALLE. DICHA VIVIENDA CONSTA DE: - PLANTA SEMISOTANO DETINADA A SERVICIOS GENERALES -ELECTRICIDAD, ABASTECIMIENTO DE AGUAS, CALEFACCION, DISTRIBUCION, ETC.- Y UN GARAJE, INCLUYENDO DENTRO DE ESTA PLANTA LOS VESTUARIOS DE LA PISCINA Y EL DORMITORIO DEL PERSONAL DE SERVICIO. ESTA PLANTA CUENTA CON UN ACCESO DE VEHICULOS CON PUERTAS DE.

ACCIONAMIENTO AUTOMATICO PARA EL GARAJE Y UNA ESCALERA INTERIOR DE SERVICIO PERMITE LA COMUNICACION INTERIOR CON EL RESTO DE LA VIVIENDA. EXISTE TAMBIEN UNA ESCALERA EXTERIOR CON EL FIN DE PODER ACCEDER A LOS VESTUARIOS DE LA PISCINA DIRECTAMENTE DESDE EL JARDIN SIN NECESIDAD DE ENTRAR EN LA VIVIENDA. - PLANTA BAJA, CONSTA DE UN VESTIBULO DE ENTRADA QUE DA ACCESO AL DISTRIBUIDOR GENERAL DE LA VIVIENDA. DESDE EL PRIMER RECINTO DE ENTRADA SE DA ACCESO A UN DESPACHO DE CARACTER PERSONAL. EL RECINTO INTERIOR DE DISTRIBUCION PERMITE EL ACCESO A LA ZONA DE SERVICIO -COCINA, PLANCHA, DESPENSA, ETC.-.-TAMBIEN DISPONE DE ACCESO DESDE EL DISTRIBUIDOR, EL SALON-COMEDOR Y LA ESCALERA QUE COMUNICA LAS PLANTAS BAJA Y PRIMERA. EN LA PLANTA BAJA SE HA DISPUESTO UN ASEO PARA VISITAS. - PLANTA PRIMERA, DESTINADA FUNDAMENTALMENTE A ZONA DE DORMITORIOS.

EXISTE UN DORMITORIO PRINCIPAL CON BAÑO COMPLETO INCORPORADO AL MISMO, TAMBIEN DISPONE ESTE DORMITORIO DE TERRAZA. LOS CUATRO DORMITORIOS RESTANTES TIENEN LOS ASEOS DISPUESTOS DE LA SIGUIENTE FORMA: DOS DORMITORIOS TIENEN UN CUARTO DE BAÑO COMPLETO INCORPORADO AL DORMITORIO. SUPERFICIE CONSTRUIDA ENTRE TODAS LAS PLANTAS: CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS Y SESENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS -496,61 M. CUADRADOS. SUPERFICIE OCUPADA DE PARCELA: CIENTO SESENTA Y SEIS METROS Y TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS -166,37 M. CUADRADOS. LA TOTALIDAD DE LA PARCELA ADOPTA LA FORMA DE UN CUADRILATERO IRREGULAR, QUE COMPRENDE UNA SUPERFICIE PLANA HORIZONTAL DE MIL CUATRO METROS Y CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS -1.004,45 M. CUADRADOS. LINDA: NORTE, EN LINEA RECTA DE CUARENTA Y DOS METROS Y SESENTA CENTIMETROS, CON PARCELA RESULTANTE A DE ESTA PARCELACION.-ESTE, LINEA RECTA DE VEINTITRES METROS, CON PARCELA RESULTANTE E DE ESTA PARCELACION.-SUR, LINEA RECTA DE CUARENTA Y NUEVE METROS Y NOVENTA CENTIMETROS, CON PARCELAS RESULTANTES C Y D DE ESTA PARCELACION.-Y OESTE, LINEA RECTA DE VEINTIUN METROS Y SETENTA Y CINCO CENTIMETROS, CONSTITUYENDO ALINEACION EXTERIOR A LA CALLE EN FONDO DE SACO..-A Dª MARIA TERESA FERNANDEZ BARDISA COMO ACREEDORA .-MADRID.

280449194260. – 28260800135303. – CARLOS SANCHEZ IRLE. – 007220671M. – LOS ROSALES 10. – 28660. – BOADILLA DEL MONTE. – 11/2002 a 12/2008. – 733,05. – 146,61. – 58,98. – 180,55. – 78,34. – 1197,53. – 282950410027464096. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-BOADILLA DEL MONTE.-3531.-817.-409.-115.-NATURALEZA URBANA: VIVIENDA.

SITUACIÓN: MONTEPRINCIPE, LOCALIZACIÓN: CALLE ROSALES,NÚMERO 10, DENOMINACIÓN: P.117 REFERENCIA CATASTRAL.- 8038703VK2773N0001YH SUPERFICIES: TERRENO:TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOSEDIFICADA: TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, LINDEROS: NORTE: PARCELA 116 EN LÍNEA DE 63 M.-SUR: PARCELA 118 EN LÍNEA DE 64M.-ESTE: ZONA VERDE Nº 9 EN LÍNEA DE 58 M.-OESTE: CALLE DE LOS ROSALES EN LÍNEADE 52 M. OBRA NUEVA TERMINADA .-D. RAFAEL SANCHEZ IRLE Y Dª. CATALINA SANCHEZ IRLE COMO COTITULARES.-BOADILLA DEL MONTE Y POZUELO DE ALARCON.

201011801917. – 28260800178648. – IKER MONTFOR PINEDA. – 044128277V. – PZ INDEPENDENCIA 10 3º. – 28001. – MADRID. – 11/2007 a 09/2008. – 1164,98. – 233. – 144,81. – 10,46. – 100. – 1653,25. – 282950110017234640. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID N. 28.-12524.-2878.-270.-161.-REGISTRO N. 28 DE MADRID SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO C ON CARAC TER PRIVATIVO DE LA FINCA EN MADRID CALLE DE LAS INFANTAS N. 12 PLANTA CUARTA Y BUHARDILLA LETRA C . TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE OCHENTA Y NUEVE METROS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS. LINDA: EN LA PLANTA CUARTA, AL FONDO, CON LA PAREDMEDIANERA QUE LE SEPARA DE LA CASA N. 14 DE LA CALLE INFANTAS.-A LA DERECHA, CON PASILLO DE DISTRIBUCION YVIVIENDA ÑLETRA D DE LA MISMA PLANTA.-A LA IZQUIERDA, CON CALLE DE SU SITUACION.-Y AL FRENTE, CON PASILLO DE DISTRIBUCION, HUECO DE ASCENSOR Y VIVIENDA LETRA B, EN LA BUAHRDOLLA AL FONDO, CON PARED MEDIANERA QUE LE SEPARA DE LA CASA N. 14 DE LA CALLE INFANTAS.-A LA DERECHA, CON PATIO DE LA COMUNIDAD Y CON LA VIVIENDA LETRA D DE SU MISMA PLANTA.-A LA IZQUIERDA, CON LA CALLE DE SU SITUACION.-Y AL FRENTE, CON VIVIENDA LETRA B DE SU MISMA PLANTA..-AL INTERESADO EN MADRID.-MADRID.

28127263081.-28260900145636.-ASAZE INGENIEROS SL.-0B81555567.-SANTA ELVIRA 25.-28023.-MADRID.-09/2008 a 10/2008.-50655,13.-10131,03.-2223,3.-52,22.-600.-63661,68.-282609047712364.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-FERROL.-72399.-1066.-181.-1.-SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA: CASA DE BAJO Y PISO CON SUS AGREGADOS Y TERRENO UNIDO SEÑALADA CON EL Nº45 DELLUGAR DE 'LA CABREIRA', PARROQUIA DE LA CABANA, EN ESTE AYUNTAMIENTO.-.-PROYECTOS CONSTRUCCIONES Y FREFOEMASMARE NOSTRUM COMO ACREEDOR..-VALENCIA.

28127263081. – 28260900145636. – ASAZE INGENIEROS SL. – 0B81555567. – SANTA ELVIRA 25. – 28023. – MADRID. – 11/2008 A 06/2009. – 164075,6. – 31845,27. – 10417,94. – 156,64. – 14454,69. – 220950,14. – 282950410017443895. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-EL FERROL.-72399.-1066.-181.-1.-REGISTRO DE EL FERROL SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA:CASA DE BAJO Y PISO CON SUS AGREGADOS Y TERRENO UNIDO SEÑALADA CON EL Nº45 DELLUGAR DE 'LA CABREIRA', PARROQUIA DE LA CABANA, EN ESTE AYUNTAMIENTO.- .-AL INTERESADO Y A HIERROS DIEGO CAYUELA SL COMO ACREEDOR.-MADRID Y CAMPO REAL.

28164852201.-28260900208583.-FELIPE VAZQUEZ CLIMENT.-021489591R.-AV VALDEMARIN 148 2º A.-28023.-MADRID.-02/2006 A 06/2006.-7546,68.-1509,33.-2056,23.-31,38.-636,12.-11779,74.-282950110019343883.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID 40.-20932.-2142.-742.-10.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 40 SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO. VIVIENDA CON ANEJOS, SITA EN AVDA. VALDEMARIN Nº 148, PORTEL: 6, PLANTA: 2ª, PUERTA: A.-EN MADRID REF. CATASTRAL: 3202701VK3830A0064QO SUPERFICIES: CONSTRUIDA, 114 M2.-UTIL, 86,54 M2. LINDA DESDE EL RELLANO DE ACCESO: AL FRENTE, CON EL MISMO Y CON LA VIVIENDA LETRA D DE SU MISMA PLANTA.-POR LA DERECHA ENTRANDO Y POR EL FONDO, CON VUELO SOBRE LA PARCELA.-Y POR LA IZQUIERDA, CON LA LETRA B DE SU PLANTA. TIENE COMO ANEJO INSEPARABLE EL TRASTERO Nº 9 DE LA PLANTA SOTANO DE SU BLOQUE MIDE 5,64 M2..-AL INTERESADO.-MADRID.

280434752071. – 28290600009703. – MARIO BUSTOS MATA. – 011816041K. – ZURBARAN 21. – 28670. – VILLAVICIOSA DE ODON. – 01/2006 A 03/2009. – 2460,02. – 492,02. – 253,69. – 10,46. – 207,68. – 3423,87. – 282950110007602035. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-ROQUETAS DE MAR N. 1.-24520.-2770.-1072.-92.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ROQUETAS DE MAR Nº 1.

SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO. UNA CINCUENTA Y DOS AVAS PARTES INDIVISAS EN QUEIDEALMENTE SE CONSIDERA DIVIDIDA LA SIGUIENTE FINCA: APARTAMNETO, MARCADO CON EL NUMERO 824, TIPO B, EN PLANTA SEGUNDA ALTA, EN BLOQUE 8, Y SEÑALADO CON EL Nº 38 DE LOS ELEMENTOS INDIVIDUALES DEL CONJUNTO URBANISTICO SITO EN LA PARCELA 12-H, EN LA URBANIZACION PLAYAERENA, TERMINO DE ROQUETAS DE MAR (ALMERIA). SUPERFICIE UTIL: 39,98 M2.-SUPERFICIE CONSTRUIDA: 56,32 M2. LINDA: NORTE, APARTAMENTO 721 Y PASILLO DEL ACCESO.-SUR, APARTAMENTO 823.- ESTE, PASILLO DE ACCESO.-Y OESTE, VUELO DE LA PARCELA DEL APARTAMENTO INFERIOR A EXPRESADA PARTICIPACION INDIVISA LE CORRESPONDE EL USO EXCLUSIVO Y EXCLUYENTE DE LA SEMANA 44..-AL INTERESADO.-VILLAVICIOSA DE ODON.

280180311775. – 28290600196629. – HEREDEROIS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL. – 070024232L. – ALCOR 22º A. – 28806. – ALCALA DE HENARES. – 03/2006A 004/2009. – 9231,35. – 1846,29. – 1369,59. – 111,56. – 787,05. – 13345,84. – 282950109073050279. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-SIGÜENZA.-2732.-833.-22.-179.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SIGUENZA.

SE EMBARG EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD. RUSTICA: CERAL SECANO, NUMERO 668 DEL PLANO OFICIAL DE DE CONCENTRACION DE LA ZONA DE BUJALARO AL SITIO DE LOS GUIJARRALES,AYUNTAMIENTO DE BUJALARO Y JIRUEQUE. ESTA FINCA QUEDA ATRAVESADA POR LA RAYA DEL TERMINO MUNICIPAL DE JIRUEQUE EN LA QUE TIENE UNA EXTENSION DE CINCO AREAS..-A LOS HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL COMO COTITULARES.-ALCALA DE HENARES.

280180311775. – 28290600196629. – HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL. – 070024232L. – ALCOR 22º A. – 28806. – ALCALA DE HENARES. – 03/2006A 004/2009. – 9231,35. – 1846,29. – 1369,59. – 111,56. – 787,05. – 13345,84. – 282950109073050683. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-SIGÜENZA.-2237.-983.-23.-87.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SIGÜENZA SE EMBARAGA EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD RUSTICA SEÑALADA EN EL PLANO GENERAL DE CONCENTRACION PARCELARIA DE LA ZONA DE JIRUEQUE CON EL Nº 11 DEL POLIGONO 1, SECANO, AL SITIO CAÑAMARES.TIENE UNA EXTENSION DE 9 AREAS Y 60 CENTIAREAS..-A LOS HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL COMO COTITULARES.-ALCALA DE HENARES.

280180311775.-28290600196629.-HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL.-070024232L.-ALCOR 22º A.-28806.-ALCALA DE HENARES.-03/2006A 004/2009.-9231,35.-1846,29.-1369,59.-111,56.-787,05.-13345,84.-282950109073050986.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-SIGÜENZA.-2235.-983.-23.-85.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SIGÜENZA SE EMBARGA EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD CON CARAACTER PRIVATIVO. RUSTICA SEÑALADA EN EL PLAN GENERAL DE CONCENTRACION PARCELARIA DE LA ZONA DE JIRUEQUE CON EL Nº 39 DEL POLIGONO 2, SECANO, AL SITIO DE HAZA DEL SEÑOR. TIENE UN SUPERFICIE DE 48 AREAS Y 40 CENTIAREAS..-A LOS HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL COMO COTITULARES.-ALCALA DE HENARES.

280180311775.-28290600196629.-MANUEL BARAHONA CALVO.-070024232L.-ALCOR 22º A.-28806.-ALCALA DE HENARES.-03/2006A 004/2009.-9231,35.-1846,29.-1369,59.-111,56.-787,05.-13345,84.-282950109073051289.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-SIGÜENZA.-2094.-814.-22.-36.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SIGUENZA SE EMBARGA EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD CON CARACTER PRIVATIVO RUSTICA: CEREAL SECANO, NUMERO 668 DEL PLANO OFICIAL DE LA CONCENTRACION PARCELARIA DE LA ZONA DE BUJALARO AL SITIO DE LOS GUIJARRALES, AYUNTAMIENTO DE BUJALARO Y JIRUEQUE. EXTENSION: 33 AREAS Y 35 CENTIAREAS. ESTA FINCAA QUEDA ATRAVESADA POR LA RAYA DEL TERMINO MUNICIPAL DE JIRUEQUE EN EL QUE TIENE UNA EXTENSION DE 5 AREAS. .-A LOS HEREDEROS DE BARAHONA DOMINGO MANUEL COMO COTITULARES.-ALCALA DE HENARES.

280325030018.-28290600288171.-CARLOS FERNANDEZ CALVO.-002503562N.-PZA REPUBLICA DOMINICANA46º E.-28016.-MADRID.-09/2007 A 02/2008.-1338,06.-267,62.-85.-76,69.-123,71.-1891,08.-282950408057597291.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID N. 29.-9998.-1440.-246.-90.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 29.

SE EMBARGA 1/18 PARTE DEL PLENO DOMINIO Y 1/18 PARTE DE LA NUDA PROPIEDAD VIVIENDA SEÑALADA CON LA LETRA E EN LA PLANTA SEXTA DE LA PLAZA DE REPUBLICA DOMINICANA NUMERO 4 DE MADRID.TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE 58,75 M2.LINDA: NORTE, EN LINEA DE 3,25 M CON EL PATIO DE MANZANA Y OTRA DE 3,80 M CON LA CASA Nº 285 DE LA CALLE PRINCIPE DE VERGARA.-AL ESTE, EN LINEA DE 4,90 M, CON LA CAJA DE ESCALERA.-AL SURESTE, EN LINEA DE 7,18 M CON LA VIVIENDA D.-AL SUR, CON LINEA DE 6,20 M CON LA VIVIENDA D.-Y AL SUROESTE, EN LINEA DE 3,95 M CON LA VIVIENDA D.-Y AL NOROESTE, EN LINEA DE 10,10 M CON EL PATIO DE MANZANA..-A Dª JUANA FERNANDEZ CALVO COMO COTITULAR.-MADRID.

050016492012. – 28290700309723. – JIMENEZ ESPI JUAN CARLOS. – 000406211P. – OSLO 1. – 28224. – POZUELO DE ALARCON. – 03/2007 A 12/2008. – 4853,3. – 970,68. – 527,76. – 10,46. – 408,55. – 6770,75. – 282950109059574151. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-MADRID 36.-3558.-1472.-71.-76.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 36.

SE EMBARGA EL 3,5714286% DEL PLENO DOMINIO CON CARATRER PRIVATIVO VIVIENDA EN MADRID. LOCALIZACION: CALLE VIRGEN DEL LLUCH, 85, PLANTA 1ª PUERTA: CEN.REF. CATASTRAL: 5568002VK4756E0006MU.

SUPERFICIE UTIL: 55,35 M2 LINDEROS: FRENTE,RELLANO DE ESCALERA Y VIVIENDAS DERECHA E IZQUIERDA DE ESTA MISMA PLANTA.-DERECHA, VIVIENDA DERECHA DE ESTA MISMA PLANTA.- IZQUIERDA, CALLE MANDARINA.-FONDO, CALLE VIRGEN DEL LLUCH..-A Dª SONIA JIMENEZ ESPI COMO COTITULAR.-ALICANTE.

050016492012.-28290700309723.-JIMENEZ ESPI JUAN CARLOS.-000406211P.-OSLO 1.-28224.-POZUELO DE ALARCON.-03/2007 A 12/2008.-4853,3.-970,68.-527,76.-10,46.-408,55.-6770,75.-282950109059574151.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

MADRID 36.-3558.-1472.-71.-76.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 36.

SE EMBARGA EL 3,5714286% DEL PLENO DOMINIO CON CARATRER PRIVATIVO.

VIVIENDA EN MADRID. LOCALIZACION: CALLE VIRGEN DEL LLUCH, 85, PLANTA 1ª.

PUERTA: CEN. REF. CATASTRAL: 5568002VK4756E0006MU SUPERFICIE UTIL: 55,35 M2 LINDEROS: FRENTE,RELLANO DE ESCALERA Y VIVIENDAS DERECHA E IZQUIERDA DE ESTA MISMA PLANTA.-DERECHA, VIVIENDA DERECHA DE ESTA MISMA PLANTA.- IZQUIERDA, CALLE MANDARINA.-FONDO, CALLE VIRGEN DEL LLUCH. .-A Dª SONIA JIMENEZ ESPIY A D. NICASIO JIMENEZ ZAZO COMO COTITULAR .-ALICANTE.

281072198631.-28290700341449.-JOSE MIGUEL NAVARRETE CANO.-047488245F.-ISABEL LA CATÓLICA 44.-28670.-VILLAVICIOSA DE ODON.-03/2007 A 05/2009.-6234,53.-1548,75.-540,63.-10,46.-546,22.-8880,59.-282950110005368308.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ALCORCON N. 1.-6572.-10132.-396.-103.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCORCON Nº 1.

SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO VIVENDA LETRA D, SITUADA EN PLANTA 3ª DEL BLOQUE 3 PORTAL 7 DE LA CASA SITA EN LA URBANIZACION VILDA-CAMPODON Y AVENIDA DE LA CAZA Nº 19 DE ALCORCON. TIENE UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 95 M2. LINDA: FRENTE, TERRENOS DE LA PROPIA URBANIZACION.-DERECHA, ENTRANDO, PARTE PATIO COMUN A LOS PORTALES 7 Y 8, PARTE VIVIENDA LETRA A DEL PORTAL Nº 8.-IZQUIERDA ENTRANDO, HUECO DE ESCALERA Y VIVIENDA LETRA A.-Y ESPALDA, DESCANSILLO DE ESCALERA Y VIVIENDA LETRA C. REF. CATASTRAL: 6285515VK2668S0016WB.-INTERESADO.-VILLAVICIOSA DE ODON.

070063744508. – 28290800085640. – MANUEL ORTUÑO MORENTE. – 050705577F. – TOMILLO 6. – 28668. – BOADILLA DEL MONTE. – 09/2008 A 06/2009. – 2290,25. – 458,06. – 126,29. – 73,41. – 206,37. – 3154,38. – 282950109022407993. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ALCORCON 1.-52609.-924.-188.-42.-SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL PARCELA DE TERRENO DEL NUCLEO RESIDENCIAL DE MONTEPRINCIPE, EN TERMINO MUNICIPAL DE ALCORCON, EN LA CALLE TOMILLO Nº 6.-CON UNA SUPERFICIE DE 4034 M2 LINDA: AL NORTE, CON CALLE DEL TOMILLO EN LINEA DE 74 M..-AL SUR, CON ZONA VERDE 1, EN LINEA DE 96 M..-AL ESTE, CON LA PARCELA Nº 58, EN LINEA DE 33 M.- Y AL OESTE CON LA PARCELA Nº 60 EN LINEA DE 67 M.SOBRE LA MISMA SE ENCUENTRA CONSTRUIDA VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, DE UNA PLANTA, CON GARAJE. LA CONSTRUCCION TIENE UNA SUPERFICIE DE 580 M2. .-A D. JOSE FRANCISCO LLOPART QUIROS EN JULIAN ALVAREZ 11 PALMA DE MALLORCA.-PALMA DE MALLORCA.

070063744508. – 28290800085640. – MANUEL ORTUÑO MORENTE. – 050705577F. – TOMILLO 6. – 28668. – BOADILLA DEL MONTE. – 09/2008 A 06/2009. – 2290,25. – 458,06. – 126,29. – 73,41. – 206,37. – 3154,38. – 282950410012889747. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ALCORCON 1.-52609.-924.-188.-42.-SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL PARCELA DE TERRENO DEL NUCLEO RESIDENCIAL DE MONTEPRINCIPE, EN TERMINO MUNICIPAL DE ALCORCON, EN LA CALLE TOMILLO Nº 6.-CON UNA SUPERFICIE DE 4034 M2 LINDA: AL NORTE, CON CALLE DEL TOMILLO EN LINEA DE 74 M..-AL SUR, CON ZONA VERDE 1, EN LINEA DE 96 M..-AL ESTE, CON LA PARCELA Nº 58, EN LINEA DE 33 M.- Y AL OESTE CON LA PARCELA Nº 60 EN LINEA DE 67 M. SOBRE LA MISMA SE ENCUENTRA CONSTRUIDA VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, DE UNA PLANTA, CON GARAJE. LA CONSTRUCCION TIENE UNA SUPERFICIE DE 580 M2. .-A D. JOSE FRANCISCO LLOPART QUIROS EN JULIAN ALVAREZ 11 PALMA DE MALLORCA.-PALMA DE MALLORCA.

280440748691.-28290800139493.-RAQUEL FERNANDEZ CRISPIN.-002891802N.-ISAAC ALBENIZ N. 3 3º C.-28223.-POZUELO DE ALARCON.-12/2007 A 06/2008.-4414,86.-1311,72.-481,16.-62,76.-406,06.-6676,56.-282950109059613254.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

POZUELO DE ALARCON 1.-42799.-905.-898.-212.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POZUELO DE ALARCON Nº 1 SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL. GARAJE. LOCALIZACION: AV. ISAAC ALBENIZ, Nº 3.-PLANTA: SOTANO, SITUACION: PLAZA 101. EN POZUELO DE ALARCON. SUPERFICIE CONSTRUIDA: 30,27 M2 LINDEROS: FRENTE, CALLE DE CIRCULACION Y MANIOBRAS.-DERECHA, PLAZA Nº 100.-IZQUIERDA, CALLE CIRCULACION Y MANIOBRAS.-FONDO, PLAZA Nº 92. .-INTERESADO Y A SU CONYUGE D. JESUS PABLO GALLRDO PACHECO.-POZUELO DE ALARCON.

280382589414.-28290800200727.-HELIO SERGIO SALA GARCIA.-050697756Y.-AV PPE DE ASTURIAS 62º D.-28670.-VILLAVICIOSA DE ODON.-10/2008 a 03/2009.-1268,48.-253,7.-66,45.-76,7.-116,57.-1781,90.-282950409074504471.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION). DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS.-2741.-617.-25.-1131.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO. VIVIENDA AISLADA EN LAS ROZAS DE PUERTO REAL (MADRID), LOCALIZADA EN LA CALLE LOS TOREROS Nº 21. SUPERFICIES: CONSTRUIDA: 241,97 M2.-UTIL: 199,18 M2.-TERRENO: 233 M2. LINDA, FRENTE: CALLE DE SITUACION.-DERECHA: ENTRANDO, AVENIDA DE LOS TOREROS O AVENIDA DE LA CONSTITUCION.-IZQUIERDA: FINCA DE LA CALLE VENERO Nº 2, PROPIEDAD DE VICTORIANO PAZ MONTESINOS.-FONDO: FINCA DE LA AVENIDA DE LA CONSTITUCION Nº 69, PROPIEDAD DE ALFREDO SAUGAR FERNANDEZ. .-AL INTERESADO Y A LA COTITULAR Dª M CARMEN DIEZ CEBOLLA EN VILLAVICIOSADE ODON Y ENC/ TOREROS 21 DE LAS ROZAS DE PUERTO REAL.-VILLAVICIOSA Y ROZAS DE PUERTO REAL.

280382589414. – 28290800200727. – HELIO SERGIO SALA GARCIA. – 050697756Y. – AV PPE DE ASTURIAS 62º D. – 28670. – VILLAVICIOSA DE ODON. – . – 2747,63. – 549,53. – 280,57. – 419,59. – . – 3997,32. – 282950310010208002. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS.-2741.-617.-25.-1131.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO. VIVIENDA AISLADA EN LAS ROZAS DE PUERTO REAL (MADRID), LOCALIZADA EN LA CALLE LOS TOREROS Nº 21. SUPERFICIES: CONSTRUIDA: 241,97 M2.-UTIL: 199,18 M2.-TERRENO: 233 M2. LINDA, FRENTE: CALLE DE SITUACION.-DERECHA: ENTRANDO, AVENIDA DE LOS TOREROS O AVENIDA DE LA CONSTITUCION.-IZQUIERDA: FINCA DE LA CALLE VENERO Nº 2, PROPIEDAD DE VICTORIANO PAZ MONTESINOS.-FONDO: FINCA DE LA AVENIDA DE LA CONSTITUCION Nº 69, PROPIEDAD DE ALFREDO SAUGAR FERNANDEZ. IMPORTE DE TASACIÓN: 108593,72 € .-AL INTERESADO .-VILLAVICIOSA Y ROZAS DE PUERTO REAL.

280395242153.-28290800225783.-JESUS MARIA MERINO PEREZ.-001831659P.-AV ALBUFERA 177 2 IZ.-28038.-MADRID.-11/2007 A 04/2009.-13267,47.-2653,52.-1296,69.-50,38.-1119,53.-18387,59.-282950110007553232.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

MADRID 37.-17630.-1742.-322.-155.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID Nº 37 SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO. PISO BAJO LETRA B SITUADO EN LA CALLE CABEZA Nº 44 DE MADRID. SUPERFICIE CONSTRUIDA: 48,69 M2. SUPERFICIE UTIL: 36,10 M2. LINDA. FRENTE, CON LA CALLE DE SU SITUACION.-FONDO, CON EL BAJO LETRA C DE SU MISMA PLANTA Y EDIFICIO.-IZQUIERDA, CON EL PORTAL, HUECO DE ESCALERA, PATIO Y HUECO DE ASCENSOR.-Y DERECHA ENTRANDO, CON EDIFICIO DE LA CALLE CABEZ Nº 42..-INTERESADO.-MADRID.

28172560667.-28290900097185.-JUAN KAEFA SOKA.-0X1510471S.-PL DE CADIZ19ºC.-28941.-FUENLAB RADA.-08/2008 a 10/2008.-6409,77.-1281,96.-500,35.-480,66.-607,1.-9279,84.-2829504010631869.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

FUENLABRADA 2.-34192.-1431.-358.-14.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA Nº 2. SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANACIAL. VIVIENDA SITUADA EN LA PLAZA DE CADIZ NUMERO 1, PLANTA 9, PUERTA C, EN FUENLABRADA (MADRID). SUPERFICIE CONSTRUIDA: 81,61 M2 REF. CATASTRAL: 2206608VK3620N0039TR .-A Dª. PELAGIA OKI MAHOSAÑA COMO CONYUGE DEL DEUDOR.-FUENLABRADA.

280165228982.-28290900103653.-ANTONIO ANDRINO TIZON.-051841750A.-TRAMONTANA N. 8 1º B.-28223.-POZUELO DE ALARCON.-07/2008 A 03/2009.-4784,16.-956,82.-288,83.-10,46.-402,6.-6442,87.-282950109070588301.-DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

-DAROCA.-1614.-1428.-17.-13.-REGISTRO D LA PROPIEDAD DE DAROCA. SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO. CASA EN EL MUNICIPIO DE VILLANUEVA DE JILOCA (ZARAGOZA), SITA EN LA CALLE SOLDEVILLA Nº 28, DE UNA SUPERFICIE SOLAR DE 48 M2 Y UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 99 M2. LINDA: AL FRENTE, CALLE DE SU SITUACION.-DERECHA, CASA Nº 26 DE LA MISMA CALLE.-IZQUIERDA, CASA Nº 2 DE LA CALLE ROSARIO Y FONDO, CASA Nº 2 DE LA CALLE ROSARIO. REF. CATASTRAL: 0507314XL3400H0001GD .-INTERESADO.-POZUELO DE ALARCON Y BOADILLA DEL MONTE.

28148404132. – 28290900229652. – CASANCOR SL. – 0B84018316. – VELAZQUEZ (P-I- MARIOLA). – 45511. – HUECAS. – 08/2007 A 12/2007. – 8782,99. – 2958,51. – 876,2. – 31,38. – 824,1. – 13473,18. – 282950109067255137. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ESCALONA.-14572.-1237.-199.-112.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ESCALONA.

SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO TRASTERO SEÑALADO CON EL Nº 33 EN PLANTA SOTANO - 1 DEL PORTAL 4 DEL EDIFICIO EN MENTRIDA. OCUPA UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 74 M2 Y UTIL DE 36,62 M2. LINDA: AL FRENTE, ZONAS COMUNES Y TRASTERO Nº 34.-FONDO, CON CALLE PARTICULAR DE LA URBANIZACION.-DERECHA, CON ZONAS COMUNES.-IZQUIEERDA, CON CALLE PARTICULAR DE LA URBANIZACION..-AL INGTERESADO Y D. FRANCISCO JAVIER FERNANDEZ GALVED EN TORRIJOS.-HUECAS Y TORRIJOS (TOLEDO).

280401443079. – 28299600443881. – JUAN ANTONIO SANTAMARIA GARRIDO. – 000822766X. – AMATISTA 15. – 28223. – POZUELO DE ALARCON. – 12/1995 A 03/1998. – 8139,21. – 2848,72. – 0. – 10,46. – 769,89. – 11768,28. – 282950110016879881. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES.

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

POZUELO DE ALARCON N. 1.-15716.-248.-241.-86.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POZUELO DE ALARCON Nº 1. VIVIENDA URBANA EN POZUELO DE ALARCON, CALLE AMATISTA, 15. SUPERFICIE TERRENO 238 METROS CUADRADOS.VIVIENDA PROTEC. OFICIAL SUBVENCIONADA PARCELA EN LA QUE SE HALLACONSTRUIDA UNA VIVIENDA TIPO A-120, AL SITIO DE LOS HORCAJOS. DOS VEINTICUATROAVAS PARTES INDIVISAS EN PLENO DOMINIO, EN CUANTO A UNA VEINTICUATROAVA PARTE INDIVISA EN NUDA PROPIEDAD, CONCARACTER PRIVATIVO. LINDEROS: NORTE, PARCELA Nº 138.-OESTE, PASO DE PEATONES.-ESTE, PARCELA Nº 112 SUR, CALLE F. .-A D. MATIAS SANTAMARIA GARRIDO COMO COTITULAR.-POZUELO DE ALARCON.

28048336591. – 28299700207371. – PORTICEL SAL. – 0A80031164. – BATRES S/N. – 28925. – ALCORCON. – 06/2007 A 02/2009. – 154941,24. – 30988,25. – 19133,63. – 282,12. – 14374,41. – 219719,65. – 282950410020273063. – DILIGENCIA EMBARGO INMUEBLES (AMPLIACION).

DESCRIPCION REGISTRAL: REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- FINCA N.- TOMO.-LIBRO.- FOLIO.- DESCRIPCIÓN.- NOTIFICACION EN FORMA.

ALCORCON N. 1.-14256.-1011.-275.-200.-URBANA: PARCELA NUMERO VEINTIDOS.SEIS, DE LA MANZANA B, DEL POLIGONO CINCO, EN LA CALLE BATRES NUMERO SIETE, PERTENECIENTE A LA UNIDAD DE ACTUACION NUMERO DIECISEIS DEL POLIGONO INDUSTRIAL VENTORRO DEL CANO, EN ALCORCON. SUPERFICIE: QUINIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, CON SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS. LINDA: NORTE, EN LINEA DE DIEZ METROS NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CON LA CALLE BATRES.-SUR, EN LINEA DE TRECE METROS CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CON LA PARCELA 22-7, DE LA MANZANA B DEL POLIGONO 5.-ESTE, EN LINEA DE CUARENTA Y TRES METROS CUARENTA CENTIMETROS CON LAS PARCELAS VEINTIDOS-UNO, VEINTIDOS-DOS VEINTIDOS-TRES, VEINTIDOS-CUATRO Y VEINTIDOS-CINCO DE LA MANZANA B DEL POLIGONO CINCO.-Y OESTE, EN LINEA DE CUARENTA Y CINCO METROS, CON LAS PARCELAS SEIS Y OCHO DE LA MANZANA B, DEL POLIGONO CINCO. SOBRE DICHA PARCELA EXISTE CONSTRUIDA UNA NAVE INDUSTRIAL DENOMINADA D DIAFANA DE SUPERFICIE DE PLANTA BAJA QUINIENTOS SETENTA Y DOS METROS, SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS CON UNA ENTREPLANTA PARA OFICINAS Y SERVICIOS DE CIENTO SESENTA Y TRES METROS, SIETE DECIMETROS CUADRADOS, LINDA AL FRENTE DONDE TIENE SU ENTRADA CON LA CALLE BATRES A LA DERECHA LINDA CON EDIFICACIONES COLINDANTES FONDO CON LA NAVE B E IZQUIERDA CON LAS NAVES C-UNO, C-DOS, C-TRES, C-CUATRO Y C-CINCO. EL USO ES INDUSTRIAL. ORDENANZA NIDO, CLAVE 21 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE ALCORCON APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID CON FECHA 8 DE MAYO DE 1.987. ESTA FINCA ES RESULTANTE EN EL PROYECTO DE COMPENSACION DEL POLIGONO INDUSTRIAL VENTORRO DEL CANO, UNIDAD DE GESTION NUMERO 16 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE, EN COMPENSACION POR SU APORTACION DE LA FINCA REGISTRAL 14.162, INSCRITA AL FOLIO 19 DEL TOMO 1011, LIBRO 275..-AL INTERESADO.-ALCORCON.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (B.O.E. del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29).

Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

En Pozuelo de Alarcón, a 15 June 2010. LA RECAUDADORA EJECUTIVA. Rosa Domínguez Rodríguez.

EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DEUDA. – PERIODO DE LA DEUD. – ADMINISTRADOR. – DNI/NIF. – DOMICILIO ADMINISTRADOR. – LOCALIDAD ADMINISTRADOR.

28030700272971. – METALICAS BUAL, S.L. – 37302,47. – 04/2007 A 11/2009. – MANUEL BUJALANCE PARIAS. – 051565045B. – RINCON DEL ECO N. 2. – 28971 GRIÑON.

28260800006674. – ADESSO NOI MIIM SL. – 28478,27. – 11/2007 A 11/2009. – IRENE MAESTRE ACOSTA. – 005398417H. – CASTILLO DE ANTEQUERA 30. – 28691 VILLANUEVA DE LA CAÑADA.

28290700217470. – INST. MANTEN.ENERGIACLIMAT., S.A. – 41684,86. – 12/2006 A 01/2008. – CARLOS SOTO CUELLAR. – 050690214P. – ORQUIDEA 28. – 28670 VILLAVICIOSA DE ODON.

28290800205575. – CRIMAXANA SL. – 21037,95. – 04/2007 A01/2009. – RUFINA PRIETO PORRAS. – 050278799V. – LONDRES N. 6. – 28850 TORREJON DE ARDOZ.

28290900270775. – DESARROLLO DE FRANQU ICIAS HOSTELERAS, S. L. – 23114,99. – 11/2008 A 11/2009. – JESUS GONZALEZ MARTINEZ. – 007478714B. – ALONDRA 5. – 45280 OLIAS DE REY.

EDICTO DE NOTIFICACION DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

Doña ROSA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva n. 29 de las de Madrid, con domicilio en la Avd. De Europa n. 8 bis de Pozuelo de Alarcón.

Hace saber:: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en la Avenida del General Mola n 7 de Pozuelo de Alarcón (teléfono: 91 351 21 29/35) en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, transcurridos ocho días desde la publicación de este acto sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta concluir la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho a comparecer que le asiste.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer.

C.C.C. – EXPEDIENTE. – Nombre/Razón social. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – DEUDA. – DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO.

281035914668. – 28290990001435. – RAFAEL JESUS MARTIN VALENCIA. – 007487742T. – ROCINANTE 4 2IZQ. – 28034. – MADRID. – 11309,48. – DEUDA INEM PROVIDENCIA DE APREMIO. – 28 09 050915586.

281035914668. – 28290990001435. – RAFAEL JESUS MARTIN VALENCIA. – 007487742T. – ROCINANTE 4 2IZQ. – 28034. – MADRID. – 11309,48. – DEUDA INEM REQUERIMIENTO DE BIENES.

En Pozuelo de Alarcón, a 15 de June de 2010.La Recaudadora Ejecutiva, Rosa Domínguez Rodríguez.

RESOLUCIONES.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es titular D. Rodrigo Mares Ramirez, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), hace saber que a los trabajadores que a continuación se relacionan, se les ha dado de Alta, Baja ó Alta/Baja en el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, desde la fecha que asimismo se detalla.

Contra el presente acto podrán interponer recurso de alzada, ante la Jefa de la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, exponiendo las razones de hecho y fundamentos de derecho en que se base la pretensión, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27).

BAJAS DE OFICIO.-RÉG.ESP.TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

N.A.F. – Apellidos y Nombre. – Fecha real. – Fecha de efectos.

41113074689. – AGUILAR GARCIA, Daniel. – 31/03/2009. – 31/03/2009.

281277562179. – ALCUBIERRE MACIAS, Roberto. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

281113607628. – ALVES BECERRA, Antonio. – 31/08/2008. – 31/08/2008.

28126354720. – ANDREESCU, Cristian. – 31/12/2008. – 31/12/2008.

281107105695. – ARDALA, Dragan. – 31/10/2008. – 31/10/2008.

280394745332. – BONILLA PEREZ, Antonio. – 31/08/2009. – 31/08/2009.

281291677602. – BORLAN, Nicolae Dumitru. – 30/09/2009. – 30/09/2009.

280421083559. – CARDEÑA FERNANDEZ, Juan. – 28/02/2010. – 28/02/2010.

281304836559. – CASTELL, Hannah. – 30/04/2008. – 30/04/2008.

281173636682. – CIRLOMETE, Gheorge. – 31/10/2008. – 31/10/2008.

281231384321. – CRACIUN, Petrica Lucian. – 28/02/2010. – 28/02/2010.

281262039755. – CRETU, Ion. – 31/08/2009. – 31/08/2009.

281308221556. – CUCU, Aurel Vasile. – 30/09/2008. – 30/09/2008.

281167539426. – CHIMORAZO MASABANDA, Jonathan Marcel. – 31/01/2010. – 31/01/2010.

281133651060. – DIAZ DIAZ, Zucel Surima. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

281299943315. – DIMITRU, Iatan. – 31/07/2008. – 31/07/2008.

281225910992. – DRUC, Daniel. – 31/12/2008. – 31/12/2008.

281229781090. – DUMINICA, Gheorghe. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

281296895996. – FECHETE, Augustin. – 31/12/2008. – 31/12/2008.

281258833503. – FEENSTRA, Ramses. – 30/06/2007. – 30/06/2007.

281213921388. – FERNANDEZ ZAFRA, Elena. – 31/05/2009. – 31/05/2009.

281284642674. – FLORENTIN PRICHIU, Leonard. – 30/06/2009. – 30/06/2009.

281169019583. – GHERASE, Nicalie. – 31/10/2008. – 31/10/2008.

281272516563. – GHIBUSI, Madalin Mihai. – 30/09/2009. – 30/09/2009.

281290267462. – HADAREAN, Ovidiu Vasile. – 30/11/2008. – 30/11/2008.

281180729002. – KOVACHEV, Daniel Stefanov. – 30/11/2009. – 30/11/2009.

281299101233. – LUNGAN, Ion. – 30/06/2009. – 30/06/2009.

461063355163. – MAGADALENA AMUNDARAY, Eugenio. – 31/12/2008. – 31/12/2008.

281279354962. – MARIN, Constantin. – 31/07/2008. – 31/07/2008.

280298286613. – MARTIN SANCHEZ, Alejandra. – 30/04/2008. – 30/04/2008.

281294064105. – MIHAI STOIAN, Octavian. – 30/06/2009. – 30/06/2009.

281286597630. – MIHALOVICI, Mihai. – 31/10/2008. – 31/10/2008.

281265806385. – MITREA, Eugen Eduard. – 30/11/2009. – 30/11/2009.

501031296801. – MOGANU, Leonard. – 31/08/2009. – 31/08/2009.

281262831216. – MONTEIRO SARAIVA, Enrico. – 31/03/2010. – 31/03/2010.

281108386402. – MONTES SALAZAR, Hector Fabio. – 30/11/2008. – 30/11/2008.

281005388768. – MORENO PALACIOS, Francisco Javier. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

280250948185. – MORENO DE LA SANTA GARCIA, Fernando. – 31/08/2009. – 31/082009.

281219294481. – MUNTEAN, Nicoleta Simona. – 31/05/2009. – 31/05/2009.

281298599459. – NEAGU, Marius. – 31/10/2008. – 31/10/2008.

281120221311. – ORDOÑEZ QUEZADA, Zoila Victoria. – 28/02/2010. – 28/02/2010.

281137255218. – PAEZ VARGAS, Jummy Tarquino. – 28/02/2010. – 28/02/2010.

021010805642. – PEÑARANDA VALENCIA, Maria Alexandra. – 31/01/2010. – 31/01/2010.

281293509282. – PIRCALABU, Vladimir. – 31/03/2008. – 31/03/2008.

281232395343. – POR, Valentin. – 28/02/2009. – 28/02/2009.

281227217866. – POPESCU, Cristinel. – 30/06/2008. – 30/06/2008.

281263894576. – RACEALA, Gheorghe Cornel. – 30/09/2008. – 30/09/2008.

280367111345. – RAMOS FERNANDEZ, Maria José. – 31/03/2009. – 31/03/2009.

281265518217. – ROGUSZCZAK, Przemyslaw Stanislaw. – 31/08/2008. – 31/08/2008.

281009135695. – ROMAN BRASERO, Pedro Manuel. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

281189430104. – ROSENOV SIMEONOV, Stanislav. – 31/05/2008. – 31/05/2008.

281301766006. – SAROLU, Ainur. – 31/03/2008. – 31/03/2008.

280400895940. – SEVILLA EXPOSITO, Daniel. – 31/12/2009. – 31/12/2009.

280459756853. – SIMARRO ARBIZA, Jorge. – 280459756853. – 31/10/2007. – 31/10/2007.

281238311535. – STREMTAN, Ovidiu Virgil. – 31/10/2009. – 31/10/2009.

281298648868. – TANASE, Vergil, 31/10/2009. – 31/10/2009.

281182852490. – UMAHAEMU, Peter Ikenna. – 30/11/2008. – 30/11/2008.

280399531169. – VARAS LOPEZOSA, Javier. – 30/11/2009. – 30/11/2009.

281271324271. – VERA. Eduardo Alberto. – 30/06/2009. – 30/06/2009.

281188833047. – ZAMBRANA CHAVEZ, José Fernando. – 31/12/2008. – 31/12/2008.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 03 ALICANTE.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de Denia (Alicante)..

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra los deudores señalados en relación adjunta, y en las fechas que asimismo se indican se procedió al embargo de bienes,de conformidad con el R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), y habiéndose intentado la notificación a los interesados (o a sus representantes) sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se extiende el presente EDICTO, para que sirva de notificación en forma a los deudores referenciados, a sus respectivos cónyuges en su caso, y a los demás interesados, cuando no se haya podido notificar la misma, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en los tablones de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento donde residieran y en los de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos indicados obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de la Seguridad Social sita en Paseo del Saladar, 41 de Denia en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad, en el plazo de 10 días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del acto que se notifica y constancia del mismo. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su notificación, Denia, a 01 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro.

Conforme a lo dispuesto en el Art. 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D.1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándoles que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Denia, a 1 de junio de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro.

RELACIÓN ADJUNTA.

NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Nº EXPEDIENTE: 03070700344984. APREMIADO: ATLANTIC COAST VILLAS, S.L. CON CIF: B53999884.Nº DOC. EMBARGO DEINMUEBLE: 03 07 501 08 026417171. DE FECHA 9-12-2008. NÚMERO DE FINCAS REGISTRALES EMBARGADAS: 28377 Y 34461, AMBAS DE JÁVEA.

IMPORTE TOTAL DEL EMBARGO: 292,07 euros.

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN AL ACREEDOR ANGEL MORENO SOLANCE CON ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO EN MADRID.

NOTIFIACIÓN DE PROCEDIMIENTO EJECUTIVO-NUEVA ALTA:

Nº EXPEDIENTE: 03070800254277 APREMIADO: SERVICIOS TURISTICOS VACSTYLE S.L.U. CON CIF: B54248109. DEUDA TOTAL: 96.194,78 euros.

DOCUMENTO EMITIDO EN FECHA 03/05/2010.

CON ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO EN MADRID.

PROVINCIA 11 CADIZ.

Dirección Provincial de Cádiz.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN POR RESULTAR ILOCALIZABLE A Dª YOLANDA MARTÍN CLEMENTE (NIF: 7.467.877-F) POR RESOLUCIÓN DE DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y RECLAMACIÓN DE DEUDA.

Visto el procedimiento recaudatorio seguido por esta Dirección Provincial contra “EUROMICRO AL-ANDALUS, S.L." con el Código de Cuenta de Cotización 11111333024 por débitos al Sistema de la Seguridad Social, ha sido incoado el correspondiente expediente para declarar la responsabilidad solidaria de su administradora por las deudas de Seguridad Social generadas por la citada mercantil.

HECHOS.

PRIMERO.- En esta Dirección Provincial se sigue procedimiento administrativo de apremio nº 11/03/08/00426424 contra la empresa “EUROMICRO AL-ANDALUS, S.L." (B-11865474) por débitos al Sistema de la Seguridad Social.

SEGUNDO.-Mediante escritura otorgada con fecha 19 de diciembre de 2007 en Jerez de la Frontera ante el Notario D. Antonio Rosado Quirós con número 2751 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz el 29 de abril de 2008, Dª Yolanda Martín Clemente y D. José María de Diego Romero fundan y constituyen la Sociedad denominada “EUROMICRO AL-ANDALUS, S.L.”, siendo su objeto social: la venta, al por mayor y menor, de equipos informáticos, ordenadores, periféricos, accesorios y consumible, así como de mobiliario, máquinas y equipos de oficina. Instalación, reparación y mantenimiento de equipos y redes informáticas y ofimáticas, periféricos y accesorios y otros. El domicilio queda fijado en Jerez de la Frontera, calle Arcos, números 44-46. Su capital, enteramente suscrito y desembolsado por los socios fundadores es de 12.000,00 euros dividido en 120 participaciones sociales con un valor nominal cada una de ellas de 100,00 euros. La administración de la Sociedad se organiza, inicialmente, a través de dos Administradores Solidarios, nombrando para tales cargos a Dª YOLANDA MARTÍN CLEMENTE, con NIF: 7.467.877-F y D. José María de Diego Romero.

Posteriormente con fecha 8 de mayo de 2008 y mediante escritura otorgada en Jerez de la Frontera ante el Notario D. Antonio Rosado Quirón, con número 834 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz el 7 de julio de 2008, se nombra Administradora Única, por tiempo indefinido a Dª YOLANDA MARTÍN CLEMENTE, con NIF: 7.467.877-F.

Según consta en la documentación proporcionada por el Registro Mercantil, no se han depositado las cuentas anuales de ningún ejercicio, no habiéndose realizado más publicaciones y anuncios de convocatorias o acuerdos relativos a la sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. .

TERCERO.- Dicha empresa promovió su inscripción en la Seguridad Social en la provincia de Cádiz, asignándole el Código de Cuenta de Cotización Principal nº 11111333024 con fecha de alta 1 de enero de 2008, siendo baja en la Seguridad Social con fecha 31 de mayo de 2008.

CUARTO.- La Sociedad “EUROMICRO AL-ANDALUS, S.L.” ha generado deudas con la Seguridad Social en el período comprendido desde febrero de 2008 hasta junio de 2008, ambos inclusive, por un importe total al día de la fecha de 2.671,27 euros.

Según se ha indicado anteriormente la empresa no ha depositado las cuentas anuales de ningún ejercicio en el Registro Mercantil, no existiendo, asimismo, inscripciones posteriores de aumento del capital social, ni de liquidación o disolución de la empresa por las deudas generadas. (Art. 78 y 104 y ss. de la Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada. B.O.E. de 24-03-95).

QUINTO.-Mediante escrito con registro de salida nº 311 de 11 de febrero de 2010, que, tras varios intentos fue devuelto por el Servicio de Correos y, posteriormente, publicado en el BOC de Madrid de fecha 24 de marzo de 2010 y expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Batres del 17 de marzo al 6 de abril de 2010, esta Dirección Provincial cumplió con el trámite de audiencia previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE 27-11-92) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y el artículo 13.4 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de Junio (B.O.E. del día 25), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (en adelante RGRSS). Al mencionado trámite Dª Yolanda Martín Clemente no presentó escrito de alegaciones.

FUNDAMENTOS DEDERECHO.

I. Esta Dirección Provincial es competente para adoptar la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del vigente Reglamento General de Recaudación de la Seguridad social, aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio.

Este supuesto de responsabilidad solidaria previsto en la norma citada tiene su aplicación en la exigibilidad de las deudas por falta de cotización al sistema de la Seguridad Social en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto que indica que son responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar "...los que resulten responsables solidarios...por concurrir hechos, omisiones, negocios o actos jurídicos que determinen esas responsabilidades, en aplicación de cualquier norma con rango de Ley que se refiera o no excluya expresamente a las obligaciones de Seguridad Social....Dicha responsabilidad solidaria.... se declarará y exigirá mediante el procedimiento recaudatorio establecido en esta ley y su normativa de desarrollo". En el mismo sentido se expresa el artículo 12.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

II. Por otra parte, la presente reclamación de deuda se emite en base a lo establecido en el artículo 30.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en su redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social.

III. Del análisis del expediente, así como de los datos obrantes en el mismo y de acuerdo con los antecedentes de hecho descritos en la presente resolución se observa que, ha existido una reducción del patrimonio contable de la empresa a menos de la mitad del capital social (Art. 104.e de la Ley 2/95 de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo. (B.O.E. 24.03.95)), dado que el importe del capital social asciende a 12.000,00 euros y las deudas contraídas con esta Dirección Provincial de la Seguridad Social representan un importe de 2.671,27 euros.

La ausencia del depósito de cuentas en el Registro Mercantil impide que puedan conocerse los resultados de los ejercicios así como determinar la situación patrimonial de la sociedad..

La empresa no ha presentado las cuentas anuales correspondientes a ningún ejercicio (artº 218 L.S.A.). Este incumplimiento empresarial debe conllevar que sólo puedan tenerse en cuenta en el examen patrimonial el único dato existente: las deudas con la Seguridad Social.

Durante el año 2008 la empresa acumuló deudas con la Seguridad Social sin que se hubiesen efectuado actuaciones dirigidas a disolver la sociedad. Los administradores como órganos sociales que asumen las funciones de dirección y gestión de la empresa son y deben ser conocedores de la situación económica de la misma en todo momento, tanto por razones legales (artículo 61 de la LSRL.), dada la necesaria diligencia que un ordenado empresario debe desplegar en el ejercicio de su cargo, y porque dicho ejercicio determina, en gran medida, la referida situación económica de la empresa. Todo ello a fin de prevenir la insolvencia de la empresa, garantizar los derechos de los acreedores sociales y mantener la seguridad del tráfico económico y comercial. .

El administrador de la sociedad está obligado, según el art. 105.1 de la ley referida, a convocar en el plazo de dos meses la Junta General para que adopte el acuerdo de disolución de la empresa. Si el acuerdo social fuese contrario a la disolución o no pudiera ser logrado, el administrador está igualmente obligado a solicitar la disolución judicial (art.105.4). Esta solicitud deberá formularse en el plazo de dos meses a contar desde la fecha prevista para la celebración de la Junta, cuando ésta no se haya constituido, o desde el día de la Junta, cuando el acuerdo hubiera sido contrario a la disolución o no se hubiere adoptado. El incumplimiento de este mandato legal determina la responsabilidad solidaria por todas las deudas sociales, conforme lo dispuesto en el artículo 105, puntos 1 y 5, de la mencionada LSRL.

IV. El artículo 104.1 en su apartado c de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada antes citada dice que se disolverán “c. Por la conclusión de la empresa que constituya su objeto, la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social, o la paralización de los órganos sociales de modo que resulte imposible su funcionamiento”. A este respecto hay que indicar que la sociedad no ha presentado las cuentas anuales de ningún ejercicio, no consta inscrita la declaración de concurso, ni tampoco se ha inscrito la disolución o liquidación de la misma. La empresa quedó sin trabajadores con fecha 31 de mayo de 2008. Todos estos hechos son indicativos de un cese en la actividad social que trae como consecuencia una desaparición fáctica de la empresa y, por tanto, la imposibilidad de cumplimiento del objeto social. Ante la notoriedad de desaparición fáctica de la sociedad del tráfico mercantil, el administrador no ha procedido a cumplir las exigencias legales de disolución o liquidación. La falta de cumplimiento de esta exigencia comporta la responsabilidad solidaria de la deuda de la empresa de acuerdo con el artículo 105 de la LSRL.

V. De acuerdo con el artículo 13.3 del ya citado Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, la responsabilidad solidaria alcanzará tanto a la deuda como, en su caso, a los recargos e intereses y a las costas del procedimiento de apremio impagados.

VI.- A tenor de lo anteriormente expuesto, cuando en aplicación de normas específicas de Seguridad Social, laborales, civiles, administrativas o mercantiles, los órganos de recaudación aprecien la concurrencia de un responsable solidario, subsidiario o mortis causa respecto de quien hasta ese momento figurase como responsable, declararán dicha responsabilidad y exigirán el pago mediante el procedimiento recaudatorio establecido en este Reglamento. (Artículo 12.2 del RGRSS.). Cuando concurran hechos, negocios o actos jurídicos que determinen la responsabilidad solidaria de varias personas, físicas o jurídicas o entidades sin personalidad, respecto de deudas con la Seguridad Social, podrá dirigirse reclamación de deuda o acta de liquidación contra todos o contra cualquiera de ellos. El procedimiento recaudatorio seguido contra un responsable solidario no suspenderá ni impedirá que pueda seguirse contra otro, hasta la total extinción del crédito. (Artículo 13.1 del RGRSS.).

En consecuencia esta Dirección Provincial.

RESUELVE:

a) Declarar a doña YOLANDA MARTÍN CLEMENTE, responsable solidaria de las deudas contraídas y que contraiga con la Seguridad Social la empresa "EUROMICRO AL-ANDALUS, S.L.".

b) Reclamar a la declarada responsable por este mismo acto la cantidad de 2.671,27 Euros (de febrero de 2008 a junio de 2008, ambos inclusive) a que asciende la deuda recogida en los documentos cuyos números van del 11/10/0161468/30 al 11/10/0161471/33.

La presente reclamación de deuda deberá hacerse efectiva en período voluntario en los plazos siguientes: si es notificada entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior y la notificada entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior (de conformidad con lo establecido en el artº 30.3 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, por el que se aprueba el T.R. de la Ley General de La Seguridad Social, según redacción de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social, e ingresada en cualquier entidad financiera autorizada para actuar como oficina recaudadora de la Seguridad Social. Transcurrido dicho plazo sin que se haya justificado el cumplimiento de lo interesado en la presente reclamación, se iniciará automáticamente la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.2 del RGRSS.

El ingreso se efectuará en las Oficinas Recaudadoras de la Tesorería General de la Seguridad Social, utilizando el modelo de Boletín de Cotización de la serie TC-1 que corresponda, consignando como número de identificación en el TC-1 el número del documento al que se refiere el descubierto reclamado, y sin necesidad de obtener previa autorización por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Contra la presente resolución por la que se acuerda la declaración administrativa de responsabilidad, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. La interposición de recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, a menos que se garantice el pago de la deuda perseguida con aval suficiente, o proceda a la consignación del importe de la deuda exigible, incluidos los recargos, intereses y las costas del procedimiento a disposición de la Tesorería General en la forma prevista en el art. 46.2 del RGRSS.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo se entenderá desestimado, según dispone el art. 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Subdirector Provincial de Recaudación en Vía Ejecutiva, Diego Sánchez Calderón.

PROVINCIA 13 CIUDAD REAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

EN CIUDAD REAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), modificado por la Ley 4/1999, de 13 de Enero (B.O.E. del 14), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hace pública la notificación de la Resolución de la Subdirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se declara sin efecto el aplazamiento por incumplimiento, cuyo expediente obra en las dependencias de esta Dirección Provincial (Avda. Rey Santo, 2 de Ciudad Real), con la advertencia de que contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por R.D. 1415/2004 (B.O.E. De 25.06.04), en relación con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Ciudad Real a 09 de junio de 2010. EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL. VALENTÍN SÁNCHEZ-ORO MENA.

EXPTE: 1309123.

Localidad: Torrejón de Ardoz

Nombre o razón social: Monkamp, S.L.

CAUSA DE PUBLICACIÓN EN EL B.O.C.M: Resolución de la Subdirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social por la que se declara sin efecto el aplazamiento.

62 13 09 00071505 por incumplimiento.

PROVINCIA 14 CORDOBA.

SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

CORDOBA.

Intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en esta Dirección Provincial, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27/11/92), se publica el presente Edicto, a fin de que surta efectos como notificación a los responsables afectados.

Relación de Resoluciones recaídas en expedientes de derivación de responsabilidad, de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de 1992 (BOE de 27/11/92):

EXPTE: 287/2008.

NºRECLAMACIÓN: 14/07/014676845 a 14/08/018077076.

IDENTIFICADOR: 14111240203.

NOMBRE/RAZÓN SOCIAL: Berlamino Jons Fernández Samaniego.

DOMICILIO: c/ Julio Palacios 20 (28029 Madrid).

Se indica que los respectivos expedientes están a disposición de los destinatarios del presente Edicto en las dependencias de esta Dirección Provincial (Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva-Unidad de Procedimientos Especiales), pudiendo los mismos interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su notificación, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Córdoba..

Córdoba, a 09 de junio de 2010.

El subdirector provincial.

Jaime Fernández-Vivanco Romero.

PROVINCIA 19 GUADALAJARA.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador:10 19102587791 Régimen: 0111 Número expediente: 19 01 09 00268762 Deuda pendiente…: 16.353,72 Nombre/razón social: NIETO DIAZ RAMON Domicilio…: AV REPUBLICA ARGENTINA 18 Localidad……: 28500– ARGANDA con DNI/NIF/CIF número 001916681E Número documento: 19 01 501 09 001828218, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM. PROVIDENCIA. – PERIODO. – REGIMEN

19 08 012542695. – 04 2007/04 2007. – 0111.

19 08 012541281. – 02 2006/02 2006. – 0111.

19 08 012543305. – 11 2007/11 2007. – 0111.

19 08 012543204. – 10 2007/10 2007. – 0111.

19 08 012543103. – 09 2007/09 2007. – 0111.

19 08 012543002. – 08 2007/08 2007. – 0111.

19 08 012542901. – 07 2007/07 2007. – 0111.

19 08 012542800. – 06 2007/06 2007. – 0111.

19 08 012542796. – 05 2007/05 2007. – 0111.

19 08 012541180. – 11 2005/11 2002. – 0111.

19 08 012541786. – 08 2006/08 2006. – 0111.

19 08 012542493. – 02 2007/02 2007. – 0111.

19 08 012541382. – 04 2006/04 2006. – 0111.

19 08 012541483. – 05 2006/05 2006. – 0111.

19 08 012541584. – 06 2006/06 2006. – 0111.

19 08 012542594. – 03 2007/03 2007. – 0111.

19 08 012541685. – 07 2006/07 2006. – 0111.

19 08 012541988. – 09 2006/09 2006. – 0111.

19 08 012542089. – 10 2006/10 2006. – 0111.

19 08 012542190. – 11 2006/11 2006. – 0111.

19 08 012542291. – 12 2006/12 2006. – 0111.

19 08 012542392. – 01 2007/01 2007. – 0111;.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 11.822,04; 2.433,90; 2.076,86-20,92; 1.200,00; 17.553,72.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 7 de agosto de 2009.El Recaudador Ejecutivo,P.A, Mª Teresa Villanueva Ayestaran.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: NIETO DIAZ RAMON. FINCA NUMERO: 01 DESCRIPCION FINCA: 20% PLENO DOMINIO SOBRE V VDA. EN ARGANDA - F.40006- TIPO VIA: AV NOMBRE VIA: REPUBLICA ARGENTINA. Nº VIA: 18BIS-Nº VIA:ESCALERA: PISO: PUERTA: CPD-POST: 28500 COD-MUNI: 28014.

DATOS REGISTRO: N° REG: 28155Nº TOMO: 2316 Nº LIBRO: 585 N° FOLIO: 40 N° FINCA: 40006.

DESCRIPCION AMPLIADA: VIVIENDA UNIFAMILIAR EN LA AVENIDA REPUBLICA ARGENTINA Nº 18 – ELGUIJAR I – EN ARGANDA DEL REY, MADRID. REFERENCIA CATASTRAL: 1426601VK6612N0001MK SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 195,70 M2 SUPERFICIE DE TERRENO DE 234,13 M2. LINDA: NORTE, PARCELA 32; SUR, AVENIDA DE LA REPUBLICA ARGENTINA; ESTE, PARCELA 17 Y OESTE, AVENIDA DE LAS AMERICAS. DERECHO: 20% PLENO DOMINIO EN REGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES.

Guadalajara, a 7 de Agosto 2009. El Recaudador Ejecutivo, P.A., Mª Teresa Villanueva Ayesteran.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador: 10 19102481192 Régimen: 0111 Número expediente: 19 01 09 00519649 Deuda pendiente…: 29.670,87 Nombre/razón social: THECAM INGENIER S.L. Domicilio…: CL FRANCISCO MEDINA Y MENDOZA PL.1 36 Localidad……: 19171– CABANILLAS DEL CAMPO con DNI/NIF/CIF número 0B83723130 Número documento: 19 01 501 10 000755537, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NUM. PROVIDENCIA PERIODOREGIMEN 19 09 011714538, 03 2009 / 03 2009, 0111; 19 09 011823460, 04 2009 / 04 2009, 0111; 19 09 012227931, 05 2009 / 05 2009, 0111; 19 09 012511655, 06 2009 / 06 2009, 0111;.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 23.924,65; 4.784,93; 874,23; 87,06; 2.000,00; 31.670,87.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 22 de marzo de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: THECAM INGENIER S.L. FINCA NUMERO: 02 DESCRIPCION FINCA: 33,33% PLENO DOMINIO SOBRE EDIFICIO INDUSTRIAL. - F.20192- TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: PARAJE SECTOR 30-C. Nº VIA: BIS-Nº VIA:ESCALERA: PISO: PUERTA: CPD-POST: 28806 COD-MUNI: 28005.

DATOS REGISTRO: N° REG: 28068Nº TOMO: 3894 Nº LIBRO: 265 N° FOLIO: 49N° FINCA: 20192.

DESCRIPCION AMPLIADA: EDIFICIO INDUSTRIAL EN EL PARAJE SECTOR 30- C EN ALCALA DE HENARES OESTE-MADRID-. SUPERFICIE CONSTRUIDA: 1327,80 M2 OBSERVACIONES: NAVE C: SE LE ADJUDICA EL USO EXCLUSIVO DE LA PARTE DE LA PARCELA NO EDIFICADA DE 731,72 M2 QUE RODEA NAVE 2 MEDIANTE PARED MEDIANERA; Y NOROESTE, ESTA NAVE POR SUS LINDEROS SURESTE Y NOROESTE Y DESTINADA A ZONA DE ACCESO Y APARCAMIENTO. DERECHO: 33,33% PLENO DOMINIO.

Guadalajara,a 22 de marzo 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador: 10 19102452904Régimen: 0111 Número expediente: 19 01 08 00359772Deuda pendiente…: 24.861,36 Nombre/razón social: REDONDO MANZANO JOSE Domicilio…: CL OLMOS 18 Localidad……: 28529– RIVAS-VACIAMADRID con DNI/NIF/CIF número 051861114R Número documento: 19 01 501 08 002038912, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM. PROVIDENCIA. – PERIODO. – REGIMEN

19 08 010120022. – 07 2004/07 2004. – 0111.

19 08 010120123. – 08 2004/08 2004. – 0111.

19 08 010120224. – 09 2004/09 2004. – 0111.

19 08 010120325. – 10 2004/10 2004. – 0111.

19 08 010120426. – 11 2004/11 2004. – 0111.

19 08 010120527. – 12 2004/12 2004. – 0111.

19 08 010120628. – 01 2005/01 2005. – 0111.

19 08 010120729. – 02 2005/02 2005. – 0111.

19 08 010120830. – 03 2005/03 2005. – 0111.

19 08 010121032. – 05 2005/05 2005. – 0111.

19 08 010121133. – 06 2005/06 2005. – 0111.

19 08 010121234. – 07 2005/07 2005. – 0111.

19 08 010121335. – 08 2005/08 2005. – 0111.

19 08 010121436. – 09 2005/09 2005. – 0111.

19 08 010121537. – 10 2005/10 2005. – 0111.

19 08 010121638. – 11 2005/11 2005. – 0111.

19 08 010121739. – 12 2005/12 2005. – 0111.

19 08 010121840. – 01 2006/01 2006. – 0111.

19 08 010122042. – 03 2006/03 2006. – 0111.

19 08 010122244. – 05 2006/05 2006. – 0111.

19 08 010122345. – 06 2006/06 2006. – 0111.

19 08 010121941. – 02 2006/02 2006. – 0111.

19 08 010122143. – 04 2006/04 2006. – 0111.

19 08 010120931. – 04 2005/04 2005. – 0111.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 15.559,72; 5.445,88; 3.845,30; 10,46; 2.000,00; 26.861,36.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 4 de noviembre de 2008. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: REDONDO MANZANO JOSE. FINCA NUMERO: 01 DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO SOBRE VVDA. EN TORREVIEJA- F.57761- TIPO VIA: UR NOMBRE VIA: EL PARAISO BQ.3-MANZ 6 NºVIA: 12 BIS-Nº VIA: BESCALERA: PISO: PUERTA: CPD-POST: 03181 COD-MUNI: 03133.

DATOS REGISTRO: N° REG: 00001Nº TOMO: 2038Nº LIBRO: 911 N° FOLIO: 201 N° FINCA: 57761.

DESCRIPCION AMPLIADA: VIVIENDA SITUADA EN LA URBANIZACIÓN EL PARAISO, BLOQUE 3, MANZAN 6, 12 –B EN TORREVIEJA (ALICANTE) CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 58,32 M2 Y UNAS TERRAZAS DE UNOS 22,60 M2 LINDEROS: FRENTE, ZAGUAN DE ENTRADA DE ACCESO A LA VIVIENDA; DERECHA, VIVIENDA NUMERO 10 B; IZQUIERDA,ZONA COMUN Y FONDO, ZONA COMUN QUE SA SEPARA DEL BLOQUE 2. DERECHO: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL.

Guadalajara, a 4 de noviembre 2008. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador: 07 280204130632 Régimen: 0521 Número expediente: 19 01 08 00275304 Deuda pendiente…: 3.487,98 Nombre/razón social: MURILLO SANTANA CARMEN Domicilio…: CL LEON 30 Localidad……: 28014– MADRID con DNI/NIF/CIF número 013045694W Número documento: 19 01 501 10 000914676, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NUM. PROVIDENCIA. – PERIODO. – REGIMEN

19 08 010262993. – 11 2007/11 2007. – 0521.

19 08 011088911. – 02 2008/02 2008. – 0521.

19 08 011363036. – 03 2008/03 2008. – 0521.

19 08 011571483. – 04 2008/04 2008. – 0521.

19 08 011924525. – 05 2008/05 2008. – 0521.

19 08 012068813. – 06 2008/06 2008. – 0521.

19 08 012399219. – 07 2008/07 2008. – 0521.

19 08 012685670. – 08 2008/08 2008. – 0521.

19 08 012966263. – 09 2008/09 2008. – 0521.

19 08 013430651. – 10 2008/10 2008. – 0521.

19 09 010241350. – 11 2008/11 2008. – 0521.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 2.630,18; 526,04; 300,34; 31,42; 300,00; 3.787,98.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 6 de abril de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: MURILLO SANTANA CARMEN. FINCA NUMERO: 01 DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO SOBRE VVDA. EN ILLANA- F.7309- TIPO VIA: UR NOMBRE VIA: EL SOTO. PARCELA. Nº VIA: 393ESCALERA: PISO: PUERTA: CPD-POST: 19119 COD-MUNI: 19179.

DATOS REGISTRO: N° REG: 19007Nº TOMO: 862Nº LIBRO: 58 N° FOLIO: 25N° FINCA: 7309.

DESCRIPCION AMPLIADA: PARCELA EN LA URBANIZACIÓN EL SOTO, PARCELA 393, EN ILLANA- GUADALAJARA-, CON VIVIENDA UNIFAMILIAR DE DOS PLANTAS. SUPERFICIE DE 3982 M2 LINDEROS: NORTE, PARCELA 382; SUR, CALLE RIO SORBE Y PARCELA 369; ESTE, PARCELA 392; OESTE, CALLE JUNTA DE COMPENSACION. REFERENCIA CATASTRAL: 5976928VK9457N0001BU. DERECHO: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Guadalajara,a 6 de abril 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador: 07 280189146758Régimen: 0521 Número expediente: 19 01 08 00274593 Deuda pendiente…: 2.208,14 Nombre/razón social: RECUERO VICENTE PEDRO Domicilio…: CL LUIS GOMEZ 6 2 IZQ Localidad……: 28025– MADRID con DNI/NIF/CIF número 003062695S Número documento: 19 01 501 10 000528696, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM. PROVIDENCIA. – PERIODO. – REGIMEN

19 08 011923919. – 05 2008/05 2008. – 0521.

19 08 012068308. – 06 2008/06 2008. – 0521.

19 09 010240946. – 11 2008/11 2008. – 0521.

19 09 011229033. – 02 2009/02 2009. – 0521.

19 09 011517407. – 03 2009/03 2009. – 0521.

19 09 011941274. – 04 2009/04 2009. – 0521.

19 09 012099609. – 05 2009/05 2009. – 0521.

19 09 012346553. – 06 2009/06 2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 1.752,95; 350,61; 94,12; 10,46; 200,00; 2.408,14.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 26 de febrero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: RECUERO VICENTE PEDRO. FINCA NUMERO: 01 DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO SOBRE VVDA. EN MADRID- F.20692- TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: LUIS GOMEZ Nº VIA: 6 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: 1º PUERTAIZQ CPD-POST: 28025 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO: N° REG: 28177Nº TOMO: 2775 Nº LIBRO: 2775 N° FOLIO: 107 N° FINCA: 20692.

DESCRIPCION AMPLIADA: VIVIENDA EN LA CALLE LUIS GOMEZ Nº 6, PISO 1º, PUERTA IZQUIERDA EN MADRID. SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 84,18 M2. PROCEDE DE LA SEGREGACIÓN DE LA FINCA Nº 16826 A.C. REFERENCIA CATASTRAL: 8111308VK3781A0006LQ. DERECHO: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Guadalajara, a 26 de febrero 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 19/01-GUADALAJARA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA- 501) DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Tipo/Identificador: 07 280189146758Régimen: 0521 Número expediente: 19 01 08 00274593 Deuda pendiente…: 2.208,14 Nombre/razón social: RECUERO VICENTE PEDRO Domicilio…: CL LUIS GOMEZ 6 2 IZQ Localidad……: 28025– MADRID con DNI/NIF/CIF número 003062695S Número documento: 19 01 501 10 000528696, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NUM. PROVIDENCIA. – PERIODO. – REGIMEN

19 08 011923919. – 05 2008/05 2008. – 0521.

19 08 012068308. – 06 2008/06 2008. – 0521.

19 09 010240946. – 11 2008/11 2008. – 0521.

19 09 011229033. – 02 2009/02 2009. – 0521.

19 09 011517407. – 03 2009/03 2009. – 0521.

19 09 011941274. – 04 2009/04 2009. – 0521.

19 09 012099609. – 05 2009/05 2009. – 0521.

19 09 012346553. – 06 2009/06 2009. – 0521.

IMPORTE DEUDA: Principal, Recargo, Intereses, costas devengadas, costas e intereses presupuestados, TOTAL: 1.752,95; 350,61; 94,12; 10,46; 200,00; 2.408,14.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Guadalajara, a 26 de febrero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: RECUERO VICENTE PEDRO. FINCA NUMERO: 01 DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO SOBRE VVDA. EN MADRID- F.20692- TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: LUIS GOMEZ Nº VIA: 6 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: 1º PUERTAIZQ CPD-POST: 28025 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO: N° REG: 28177Nº TOMO: 2775 Nº LIBRO: 2775 N° FOLIO: 107 N° FINCA: 20692.

DESCRIPCION AMPLIADA: VIVIENDA EN LA CALLE LUIS GOMEZ Nº 6, PISO 1º, PUERTA IZQUIERDA EN MADRID. SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 84,18 M2. PROCEDE DE LA SEGREGACIÓN DE LA FINCA Nº 16826 A.C. REFERENCIA CATASTRAL: 8111308VK3781A0006LQ. DERECHO: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Guadalajara, a 26 de febrero 2010. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Martínez Rodríguez.

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIALEN GUADALAJARA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27.11), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hacen públicas las resoluciones de BAJA DE OFICIO en el REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS, comprobándose que están generando deuda en el RETA, de los trabajadores que a continuación se relacionan, con la advertencia que contra estas resoluciones que no agotan la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27).

N.A.F. – TRABAJADOR. – FECHA. – DOMICILIO.

190013988092. – MANUEL JOSE MARTINEZ PEREZ. – 31-03-2010. – c/Empecinado, nº 15 – 1º- 2 – ALCALA DE HENARES (Madrid).

280195596349. – FRANCISCO NIÑO DIAZ/. – 30-04-2010. – c/Huesca, nº 34 – ALCOBENDAS (Madrid).

Guadalajara a,1 de junio de 2010. La Directora de la Administracion en funciones, Maria Pilar Orozco Ablanque.

EDICTO DE NOTIFICACIONES.

Doña MARIA PILAR OROZCO ABLANQUE, Directora de la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, en funciones, de Guadalajara.

HAGO SABER, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), a D/Dña. CELESTINA PEREZ FORTUNA, con número de afiliación 28/1203072748 y domicilio en calle Nazario Calonge, nº 11, bloque 9 – entreplanta B de SAN FERNANDO DE HENARES (Madrid), que esta Dirección Provincial con fecha 13-04-2010, ha emitido la siguiente resolución:

“Esta Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le confiere el ordenamiento jurídico vigente y en base a los siguientes.

HECHOS.

En fecha 11-03-2010 tiene entrada en esta Administración de la seguridad social alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar de la trabajadora CELESTINA PEREZ FORTUNA, al servicio del cabeza de familia EUGENIO MORENO COBO, no aportando permiso de trabajo de la trabajadora.

Con la misma fecha, se solicita del cabeza de familia, aporte original y copia del permiso de trabajo en vigor de la trabajadora, sin que hasta el momento se tenga contestación al respecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

1. Real Decreto 2346/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el Régimen Especial de Empleados de Hogar (BOE 15-10-69).

2. Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (B.O.E. de 27-2-96).

Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso.

RESUELVE

Denegar el alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar presentada en fecha 11-03-2010 por la trabajadora CELESTINA PEREZ FORTUNA al servicio del cabeza de familia EUGENIO MORENO COBO, por desestimiento de la solicitud al no presentar la preceptiva documentación que acredite el reunir los requisitos para la inclusión en el Régimen Especial.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (BOE del día 27).

Lo que se da por notificado a los interesados, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal.

Guadalajara, a 1 de junio de 2010. Maria Pilar Orozco Ablanque.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS A LOS QUE NO SE HA PODIDO NOTIFICAR INDIVIDUALMENTE,PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de diposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (B.O.E. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (B.O.E. del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (B.O.E. del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

Habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, de la comunicación del trámite de audiencia previo, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente Edicto, que se encuentran pendientes de notificar el/los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación, y en su defecto se procede a practicar la notificación en virtud de lo previsto en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. del 14-1-99).

En cualquier caso, el interesado o su representante, debidamente acreditado, en un plazo de quince días, podrá comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial( CL Carmen, 2 de Guadalajara, Sección de Procedimientos Especiales, 2ª planta) en el plazo de 15 días, contados desde el día siguiente a la publicación del Edicto, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia del tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, o bien efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 29).

Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

NOMBRE Y APELLIDOS: MINAYA 2000,SL ;DIRECCION: AV BONN, 8 ;28028 MADRID ; Nº EXP: 130/09 EMPRESA: DESARROLLOS E INVERSIONES PREMIUM, SL.

NOMBRE Y APELLIDOS: FRANCISCO FERNANDEZ GARCIA; DIRECCION: C/ CUEVAS, 1; 28039 MADRID; Nº EXP:12/10 EMPRESA: INGENIERIA DE SISTEMAS SOSTENIBLES, S.L.

Para que sirva de notificación a los interesados y para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, firmo el presente en Guadalajara a 4 de junio de 2010.María Mercedes Antolín Magdaleno.

EDICTO DE NOTIFICACIÓNDE LA RESOLUCION DE DERIVACION DE RESPONSABILIDAD A LOS SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

La Jefe de la Sección de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. Nº 285 de 27 de noviembre), ante la imposibilidad de notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado, comunica a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos comprendidos en la relación que se acompaña, por medio de este edicto:

Resolución dictada por esta Dirección Provincial de declaración de la responsabilidad solidaria prevista en el articulo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE de 29/06/94), en la redacción dada por el articulo 12.2 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (BOE de 11/12/03), en relación con el articulo 12.2 del R.D. 1415/2004de 11 de junio (BOE de 25/06/04), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RGRSS), según el cual, responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en aplicación de normas mercantiles ( Artículo 104 y 105 de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada(B.O.E. del 24, incumplimiento por los administradores sociales de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial o el concurso de acreedores de la sociedad, como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio contable a menos de la mitad del capital social); así como las reclamaciones correspondientes por descubiertos de Seguridad Social, las cuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la LGSS, en la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003, podrán hacerse efectivas en los plazos indicados a continuación:

a) Notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso.

b) Notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso.

Transcurrido el plazo citado sin que se haya justificado el ingreso de la deuda que se reclama, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos e intereses previstos en los artículos 27 y 28 de la LGSS y 10 y 11 del RGRSS.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO DE ALZADA ante el Director Provincial de la TGSS, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del RGRSS, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992. Su interposición no producirá la suspensión del procedimiento, excepto en los términos previstos en el artículo 30.5 de la LGSS y en el artículo 46 del RGRSS. Transcurridos tres meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo previsto en los artículos 42.4 y 43.2 de la Ley 30/1992.

ENTIDAD: REVESTIMIENTOS YEPRONOR, S.L. NIF 0B19236306, Fecha de la Resolución: 27 de abril de 2010; DNI X09997686T; NOMBRE: SILAS ALVES; DIRECCION ENVIO: AV NUESTRA SEÑORA DE VALVANERA, 952º 1,28008 MADRID; EXPTE: 52/09; IMPORTE: 176.689,73 EUROS; PERIODO de la DEUDA: 05/2008 a 12/2009.

ENTIDAD MERCANTIL: PROMOCIONES CONSTRUCCIONES Y DERRIBOS NOVA, S.L., NIF 0B19243153, Fecha de la Resolución: 20 de abril de 2010; DNI 0X3975830G ; NOMBRE: JULIAN SIMON RIVERA QUINTANA; DIRECCION ENVIO: CL SERGIO CABALLERO, 15; 28812 PEZUELA DE LAS TORRES; EXPTE: 08/09; IMPORTE: 11.471,52 EUROS; PERIODO de la DEUDA:02/2007 a 07/2007.

Así mismo, se advierte a los interesados que la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

En Guadalajara 4 de junio de 2010 .La jefe de la sección de procedimientos especiales, Mª Mercedes Antolín Magdaleno.

PROVINCIA 24 LEON.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE LA TESORERÍAGENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LEÓN.

HACE SABER:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados, números de expediente y procedimientos se especifican a continuación.

Nº Identificación: 45/1010069544.

Razón Social: Javier Moriche Pérez.

Domicilio: C/ Bravo Murillo, nº 37-4º Izda.

Localidad: 28015 Madrid.

Expediente: Derivación de responsabilidad solidaria.

Expte. ADM. 2010/90.

Procedimiento: Trámite Audiencia.

En virtud de lo anterior dispongo que el sujeto pasivo, obligado con la Seguridad Social indicado, o su representante debidamente acreditado, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial (Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva,3ª Planta), en el plazo de 10 días, contados desde el día siguiente a la publicación en el tablón de edictos de ese Ayuntamiento, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

León, A 4 de junio de 2010. El Director Provincial (P.D. de firma: Resolución de 2-5-2006 del Director Provincial de la TGSS), el Subdirector Recaudacion Ejecutiva, José Ángel Garmilla Ruiz.

PROVINCIA 40 SEGOVIA.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 40/01.

EDICTO DEL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SOBRE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) que modifica la anterior ley y, la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y número de expediente se especifican en relación adjunta.

Procedimiento: Expediente de Apremio.

Órgano responsable de la tramitación:

Unidad de Recaudación Ejecutiva 40/01.

Plaza Reina Dña. Juana, 1, 4001- Segovia.

Teléfono: 921 41 44 26FAX: 921 41 44 41.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOP de esa provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

CIF:051337355K.

Nombre/Razón Social: MIGUEL MONTERO GONZALEZ.

Domicilio: AV. CARDENAL HERRERA ORIA, 14.

CP Localidad: 28034 MADRID.

Acto a notificar: RB. GAN 09 253061.

CIF: 0X5989638R.

Nombre/Razón Social: JOAO CARLOS DA ROSA LIMA.

Domicilio: CL. MARTIRES DE PORTUGAL, 18.

CP Localidad: 28660 BOADILLA DEL MONTE.

Acto a notificar: RB. GAN 06 3333 07.

Segovia, a 24 de mayo de 2010. El recaudador ejecutivo, Avelino Redondo Sanz.

PROVINCIA 41 SEVILLA.

Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva.

Edicto de notificación de las reclamaciones de deuda a deudores no localizados, por concepto Responsabilidad Solidaria.

El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/1992) y en el artículo105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, les hace saber a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidas en la relación que se acompaña que ante la imposibilidad (por ser desconocidos, ignorarse el lugar de la notificación, o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar) de comunicarles las reclamaciones por descubiertos a la Seguridad Social emitidos contra ellos, la notificación se produce mediante la publicación del presente edicto. Es por lo que podrán acreditar ante la correspondiente administración de la Seguridad Social que han ingresado las deudas objeto de las reclamaciones en los plazos establecidos en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social de 20 de Junio de 1994 o bien presentar el oportuno recurso de alzada, en el plazo que más abajo se indica. Se previene que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo y en el artículo 73 de dicho Reglamento General.

Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes, siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, podrá interponerse recurso de alzada, conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social de 20/06/1994, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del referido Reglamento General.

Sevilla, a 4 junio de 2010. La Subdirectora Provincial de Recaudación Ejecutiva, Isabel Herrera Martín.

10 025118471 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0107 0107 56,66.

10 025118572 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0207 0207 53,64.

10 025118673 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0307 0307 52,45.

10 025118774 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0407 0407 54,69.

10 025118875 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0507 0507 42,08.

10 025118976 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0607 0607 41,00.

10 025119077 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0707 07072.083,94.

10 025119178 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0707 0707 40,84.

10 025119279 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0707 08072.207,90.

10 025119380 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0807 0807 45,99.

10 025119481 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0907 0907153,49.

10 025119582 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0907 09072.352,89.

10 025119683 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0907 0907 16,16.

10 025119784 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1007 1007248,69.

10 025119885 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1007 10074.056,40.

10 025119986 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1007 1007 16,63.

10 025120087 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1007 1107313,62.

10 025120188 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1107 1107353,05.

10 025120289 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1107 11075.203,72.

10 025120390 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1107 1107 17,02.

10 025120491 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1107 1207441,23.

10 025120592 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1207 1207230,26.

10 025120693 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1207 12074.499,84.

10 025120794 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1207 1207 16,43.

10 025120895 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1207 0108 82,63.

10 025120996 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0108 0108102,65.

10 025121000 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0108 0108447,68.

10 025121101 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0108 01083.988,91.

10 025121202 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0108 0108 17,48.

10 025121303 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0208 0208344,62.

10 025121404 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0208 02084.919,41.

10 025121505 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0208 0208 17,74.

10 025121606 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0208 0308443,59.

10 025121707 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0308 0308 17,29.

10 025121808 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0308 0408571,72.

10 025121909 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0408 0408 17,29.

10 025122010 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0508 0508277,81.

10 025122111 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0508 05084.547,54.

10 025122212 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0508 0508 17,48.

10 025122313 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0608 0608425,14.

10 025122414 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0508 0608392,14.

10 025122515 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0608 06084.943,46.

10 025122616 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0608 060817,29.

10 025122717 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0608 0708543,61.

10 025122818 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0708 07086.312,53.

10 025122919 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0708 0708 17,67.

10 025123020 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0708 08081.185,90.

10 025123121 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0808 0808325,81.

10 025123222 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0808 0808691,21.

10 025123323 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0908 0908236,46.

10 025123424 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0908 09084.476,13.

10 025123525 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0908 1008318,26.

10 025123626 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1008 10084.806,70.

10 025123727 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1008 1108307,06.

10 025123828 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1108 11082.516,34.

10 025123929 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1108 1208 57,01.

10 025124030 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 1208 12082.076,22.

10 025124131 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0109 0109492,53.

10 025124232 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0109 0109816,10.

10 025124333 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0209 0209999,05.

10 025124434 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0309 0309999,05.

10 025124535 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0409 0409999,05.

10 025124636 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0509 0509999,05.

10 025124737 GOMEZ VALENZUELA HECTOR 41123933878 CL VILLANUEVA 20 28001 MADRID 0609 0609999,05.

10 024802516 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 0707 0707890,05.

10 024802617 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 0807 08071.083,46.

10 024802718 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 07 0907697,90.

10 024802819 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 1007 1007647,56.

10 024802920 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 1107 1107644,98.

10 024803021 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 1207 1207639,78.

10 024803223 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 0108 0108641,77.

10 024803324 RUIZ VISAR JUAN MANUEL 41123920845 CL. SENECA 18 28700 SAN SEBASTIAN 0208 0208654,72.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIAS DE EMBARGOS Y OTROS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

Don J. FÉlix Rioja Lobato, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 45/02 de la Tesorería General de la Seguridad Social, de Talavera de la Reina.

HACE SABER: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos responsables, obligados con la Seguridad Social indicados o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social número 45/02, en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el B.O.P o Comunidad Autónoma. y en el Ayuntamiento correspondiente para el conocimiento del contenido integro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en esta localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante el Órgano Superior Jerárquico del que dictó este Acto administrativo en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el art. 46.1 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de los establecido en el articulo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. Del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Talavera de la Reina, a 15 june 2010. El recaudador ejecutivo,.J. Felix Rioja Lobato..

EXPTE. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – DNI/CIF. – NUM. DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO. – DOMICILIO. – C.P. – LOCALIDAD. – RESULTADO.

45 02 06 00321319. – LOURDES DELGADO MORENO. – 050214731 (titular/cotitular). – 450250410002005434. – Diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles. – c/. Gabruel usera, 9 – 3ºizda. – 28026. – MADRID. – Ausente.

PROVINCIA 48 VIZCAYA.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/01.

Edicto del Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre notificaciones a deudores.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, nº de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer antes los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial” de la provincia, para el conocimiento íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, en la localidad de Bilbao, c/ Viuda de Epalza, 3, teléfono: 94 479 51 61 y fax 94 479 51 65.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

EXPEDIENTE. – DC. – L. – CCC. – NAF. – NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. – DOMICILIO. – CPOSTAL. – MUNICIPIO. – PROCEDIMIENTO.

4801091483. – 85. – I. – 28164034165 ABADAN INTERIORES. – CL JOSE FENTANES 41. – 28035. – MADRID. – EMB. DCHOS. ECONOMICOS.

Bilbao, a 15 a junio 2010. El Recaudador Ejecutivo, JUAN ANTONIO LOPEZ.

(01/2.600/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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