Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100612-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

99
Demanda 1.412 de 2009

Doña María José Molina de Juana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Manuel López García, contra don Jesús Moreno Escolar y “Gestión Mano de Obra y Construcción, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.412 de 2009, se ha acordado notificar a don Jesús Moreno Escolar y “Gestión Mano de Obra y Construcción, Sociedad Limitada”, a fin de que conozcan el fallo de la sentencia recaída en autos, siendo este:

Que estimando la demanda interpuesta por don Manuel López García, contra la empresa “Gestión Mano de Obra y Construcción, Sociedad Limitada”, y don Jesús Moreno Escobar, debo declarar y declaro la improcedencia del despido producido con fecha 28 de agosto de 2009, y de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, condenando a la empresa a que a su elección opte, dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido, o bien que abonen solidariamente una indemnización de 2.844,78 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 5 de mayo de 2008, hasta la fecha del despido, 28 de agosto de 2009, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, a razón de 47,41 euros brutos diarios.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Jesús Moreno Escolar, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 13 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.197/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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