Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100608-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

133
Ejecución 213 de 2009

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 213 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Pérez Céspedes, contra las empresas “Astunosa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, e “Inmobiliaria Pasillo Verde VP, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 21 de abril de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Parcela 68, polígono 39, en Derramador (Elche-Alicante), como propiedad de la ejecutada “Astunosa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”.

Para responder de la cantidad de 1.677,34 euros de principal, más 100,58 euros para intereses y 167,63 euros para costas provisionalmente calculadas para este procedimiento, seguido a instancias de doña Laura Pérez Céspedes, contra “Astunosa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, e “Inmobiliaria Pasillo Verde VP, Sociedad Limitada Unipersonal”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad número 3 de Elche para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Adviértase que quien no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social que para recurrir será precisa la consignación como depósito de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 2523 en “Banesto”, indicando el número de procedimiento y acompañando justificante bancario a tal fin.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Soledad Fernández del Mazo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Astunosa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 21 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.217/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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